12/05/2015

RESOLUCION JEFATURAL N° 241-2015/SIS Aprueban la Directiva Administrativa N° 002-2015-SIS/GREP-V.02

Aprueban la Directiva Administrativa Nº 002-2015-SIS/GREP-V.02 "Directiva Administrativa que Regula el Proceso de Evaluación Automática de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud" RESOLUCION JEFATURAL Nº 241-2015/SIS Lima, 4 de diciembre de 2015 VISTOS: El Informe Nº 038-2015-SIS-GREP/AFT con Proveído Nº 537-2015-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, el Informe Nº 037-2015-SIS/OGPPDO/PMN con Proveído Nº 089-2015-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento,
Aprueban la Directiva Administrativa Nº 002-2015-SIS/GREP-V.02 "Directiva Administrativa que Regula el Proceso de Evaluación Automática de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 241-2015/SIS
Lima, 4 de diciembre de 2015
VISTOS: El Informe Nº 038-2015-SIS-GREP/AFT
con Proveído Nº 537-2015-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, el Informe Nº 037-2015-SIS/OGPPDO/PMN con Proveído Nº 089-2015-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 053-2015-SIS/OGAJ/MCCH con Proveído Nº 907-2015-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), en virtud a los dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, cuya misión es administrar fondos y gestionar riesgos de salud, a través de una gestión eficiente, financiando siniestros, fomentando la cultura de aseguramiento y de prevención en salud para la satisfacción de la población objetivo;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 020-2014-SA que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, establece los principios del Aseguramiento Universal y en su artículo 7 señala que las IAFAS son aquellas que gestionan los fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, el artículo 22 del Decreto Supremo Nº 030-2014-SA que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, señala que éste controla el cumplimiento de las condiciones pactadas con las instituciones prestadoras de servicios de salud - IPRESS
y otras instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud - IAFAS a las cuales se haya realizado pagos y/o transferencias, por las prestaciones brindadas y conforme a la normatividad de la materia, para lo cual puede desarrollar actividades de supervisión, monitoreo y evaluación prestacional y financiera;

Que, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, señala que la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones es el órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, controlar los procesos sobre estudios de riesgos de salud de la población, así como la calidad, oportunidad y accesibilidad de las prestaciones de salud ofrecidas por el SIS, de acuerdo a los convenios aprobados con las IPRESS, en base al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud que apruebe el MINSA, así como para proponer los Planes Complementarios de aseguramiento en salud y otros a cargo del SIS;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 056-2011/SIS, se aprueba la Directiva Nº 002-2011-SIS/GO, "Directiva que regula los Procesos de Validación Prestacional del Seguro Integral de Salud" y sus Anexos, la misma que debe ser actualizada con la finalidad de fortalecer el control prestacional de las atenciones brindadas a los asegurados del Seguro Integral de Salud;

Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones propone la aprobación de la Directiva Administrativa Directiva que Regula el Proceso de Evaluación Automática de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud y sus Anexos, con la finalidad contribuir con el adecuado control de las prestaciones brindadas a los asegurados del Seguro Integral de Salud de acuerdo a estándares normativos establecidos para el Sector Salud;

Con el visto bueno del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y con la opinión favorable del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 002-2015-SIS/GREP-V.02 "Directiva Administrativa que Regula el Proceso de Evaluación Automática de las Prestaciones del Seguro Integral de Salud" y sus Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2.- Dejar sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Resolución Jefatural.

567971 NORMAS LEGALES
Sábado 5 de diciembre de 2015
El Peruano / Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, la coordinación de las acciones necesarias para la implementación y ejecución de la Directiva aprobada en el Artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Encargar a las Unidades Orgánicas del SIS, efectuar las coordinaciones para la implementación de los artículos precedentes.

Artículo 5.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial " El Peruano" y, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud conjuntamente con la Directiva Administrativa y sus Anexos.

Regístrese, Comuníquese y Publíquese;

JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO
Jefe del Seguro Integral de Salud

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.