12/07/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 529-2015-MEM/DM Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión N°

Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013, en lo referido a modificar el numeral 10.5 de la Cláusula Décima y el Anexo Nº 2, relativo a la concesión definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Potrero RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2015-MEM/DM Lima, 1 de diciembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 18319612, sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Potrero; y
Aprueban Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013, en lo referido a modificar el numeral 10.5 de la Cláusula Décima y el Anexo Nº 2, relativo a la concesión definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Potrero
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2015-MEM/DM
Lima, 1 de diciembre de 2015
VISTO: El Expediente Nº 18319612, sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Potrero; y la solicitud de la 568119 NORMAS LEGALES
Lunes 7 de diciembre de 2015
El Peruano / Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013, presentada por Empresa Eléctrica Agua Azul S.A.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2013-MEM/DM, publicada el 13 de agosto de 2013, se otorgó a favor de Empresa Eléctrica Agua Azul S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Potrero, con una potencia instalada de 19,9 MW, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 421-2013 (en adelante, el CONTRATO);

Que, mediante el documento ingresado con Registro Nº 2539165 de fecha 30 de setiembre de 2015, complementado con los documentos ingresados con Registros Nº 2542677 y Nº 2546897, de fechas 12 de octubre de 2015 y 27 de octubre de 2015, respectivamente, Empresa Eléctrica Agua Azul S.A. solicitó la Primera Modificación al CONTRATO, a fin de reducir la zona de concesión del proyecto, debido a que ésta abarcaría áreas sobre las cuales no será instalado ningún componente previsto para la Central Hidroeléctrica Potrero;

Que, asimismo, Empresa Eléctrica Agua Azul S.A.
actualizó la vigencia del estudio de aprovechamiento hídrico del río Crisnejas a nivel definitivo para el desarrollo de la Central Hidroeléctrica Potrero, en cumplimiento de lo establecido en el último párrafo del artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1221;

Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refiere el Informe Nº 590-2015-MEM/ DGE-DCE, corresponde aprobar la Primera Modificación al CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

De conformidad con el artículo 25 y 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas y con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013, en los aspectos referidos a modificar el numeral 10.5 de la Cláusula Décima y el Anexo Nº 2, relativo a la concesión definitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Potrero, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá insertarse en la Escritura Pública que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 421-2013.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y será notificada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas

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