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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 030-2016-SERVIR-PE Disponen la publicación del proyecto de
2/16/2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 030-2016-SERVIR-PE Disponen la publicación del proyecto de
Disponen la publicación del proyecto de "Directiva que desarrolla la gestión de la capacitación en las entidades públicas" en el portal institucional de SERVIR RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 030-2016-SERVIR-PE Lima, 12 de febrero de 2016 Visto, el Informe Nº 006-2016-SERVIR/GDCRSC, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil - SERVIR; CONSIDERANDO: Que, con Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 030-2016-SERVIR-PE
Lima, 12 de febrero de 2016
Visto, el Informe Nº 006-2016-SERVIR/GDCRSC, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil - SERVIR;
CONSIDERANDO:
Que, con Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;
578171 NORMAS LEGALES
Martes 16 de febrero de 2016
El Peruano / Que, mediante la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó un nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad de que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;
Que, asimismo, la Ley Nº 30057 en su artículo 12
señala que corresponde a SERVIR planificar, priorizar, desarrollar, así como gestionar y evaluar la política de capacitación para el sector público;
Que, el literal e) del artículo 11 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece como una de las funciones de SERVIR en su calidad de ente rector, desarrollar los instrumentos técnicos normativos en el marco de su competencia para la implementación de la política de capacitación del sector público;
Que, es necesario desarrollar el marco normativo de la Gestión de la Capacitación, con la finalidad de establecer los procedimientos, reglas e instrumentos que permitan la mejora del desempeño de los servidores civiles;
Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS señala que: "Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas";
Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, propone el proyecto de Directiva que desarrolla la gestión de la capacitación en las entidades públicas;
por lo que resulta necesario disponer su publicación, así como el plazo para la recepción de comentarios que las personas interesadas formulen sobre el particular;
Con el visto de Gerencia General, Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; y, la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el literal o) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer, a partir de la fecha, la publicación en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR (www.servir.gob.pe) del proyecto de "Directiva que desarrolla la gestión de la capacitación en las entidades públicas"; y, su exposición de motivos, a fin que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta.
Artículo 2º.- Los comentarios que cualquier persona natural o jurídica considere pertinente alcanzar, deberán ser remitidos a la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, al siguiente correo electrónico: comentariosdirectivas@servir.gob.pe y serán recibidos durante los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de publicación a que alude el artículo 1º de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
Presidente Ejecutivo Autoridad Nacional del Servicio Civil
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