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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 032-2016-VIVIENDA Exceptúan a diversas entidades públicas de la

Exceptúan a diversas entidades públicas de la aplicación del Tarifario por el uso de espacios del Gran Centro de Convenciones de Lima, aprobado por R.M. Nº 015-2016-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2016-VIVIENDA Lima, 17 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe Nº 247-2016/VMVU/PNC del Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades, el Informe Técnico Legal Nº 006-016/PNC/P-CENTRO-DE-CONVENCIONES-cgranda; el Memorándum Nº 160-2016-VIVIENDA-OGA de la Oficina General de Administración, el Memorándum
Exceptúan a diversas entidades públicas de la aplicación del Tarifario por el uso de espacios del Gran Centro de Convenciones de Lima, aprobado por R.M. Nº 015-2016-VIVIENDA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 032-2016-VIVIENDA
Lima, 17 de febrero de 2016
VISTOS: El Informe Nº 247-2016/VMVU/PNC del Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades, el Informe Técnico Legal Nº 006-016/PNC/P-CENTRO-DE-CONVENCIONES-cgranda; el Memorándum Nº 160-2016-VIVIENDA-OGA de la Oficina General de Administración, el Memorándum Nº 387-2016/ VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto - OGPP, el Informe Nº 017-2016/ VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la OGPP; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 015-2016-VIVIENDA se aprueba el Tarifario por el uso de espacios del Gran Centro de Convenciones de Lima;

Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el Artículo I del Título Preliminar, determina cuales son las entidades de la administración pública en adelante "entidades públicas", para los fines de la aplicación de dicha ley;

Que, la citada Ley, en el Subcapítulo III de Colaboración entre entidades, del Capítulo II del Título II, en los artículos 76, numeral 76.2, subnumeral 76.2.3 y 79, numeral 79.2, subnumeral 79.2 A, señala que en atención al criterio de colaboración, las entidades se deben prestar en el ámbito propio la cooperación y asistencia activa que otras entidades puedan necesitar para el cumplimiento de sus propias funciones, salvo que les ocasione gastos elevados o pongan en peligro el cumplimiento de sus propias funciones; y que a petición de la autoridad solicitada, la autoridad solicitante tendrá que pagar a ésta los gastos efectivos realizados cuando las acciones se encuentren fuera del ámbito de actividad ordinaria de la entidad;

Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, viene recibiendo solicitudes para el uso de los espacios del Gran Centro de Convenciones de Lima, por entidades públicas para la realización de eventos nacionales e internacionales; cuya atención no forma parte de las actividades ordinarias del MVCS; y que bajo los alcances de las normas antes citadas es necesario exceptuar de la aplicación del Tarifario por el uso de espacios del Gran Centro de Convenciones de Lima aprobado por Resolución Ministerial Nº 015-2016-VIVIENDA;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Exceptúa a las entidades públicas de la aplicación de la Resolución Ministerial Nº 015-2016-VIVIENDA
Exceptuar a las entidades públicas señaladas en los numerales del 1 al 7 del Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de la aplicación del Tarifario por el uso de espacios del Gran Centro de Convenciones de Lima, aprobado por Resolución Ministerial Nº 015-2016-VIVIENDA.

Artículo 2.- Delega facultades en el (la) Director(a)
General de la Oficina General de Administración Delegar en el (la) Director(a) General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la facultad de suscribir los convenios que se deriven de la aplicación de la presente resolución, así como practicar la liquidación por los gastos operativos y de mantenimiento por el uso de los espacios del Gran Centro de Convenciones de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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