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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 339-2016/MINSA Oficializan el Examen Nacional de Odontología - ENAO, a
5/19/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 339-2016/MINSA Oficializan el Examen Nacional de Odontología - ENAO, a
Oficializan el Examen Nacional de Odontología - ENAO, a ser implementado por la Asociación Peruana de Facultades de Odontología - ASPEFO RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2016/MINSA Lima, 17 de mayo del 2016 Vistos, los Expedientes Nº 16-014437-001 y 16-014437-002, que contienen los Informes Nºs. 21-2016-DC-DGRH/MINSA y 53-2016-DDRH-DGGDRH/ MINSA, emitidos por la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud; y, CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 001-ASPEFO-2016,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2016/MINSA
Lima, 17 de mayo del 2016
Vistos, los Expedientes Nº 16-014437-001 y 16-014437-002, que contienen los Informes Nºs.
21-2016-DC-DGRH/MINSA y 53-2016-DDRH-DGGDRH/ MINSA, emitidos por la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Oficio Nº 001-ASPEFO-2016, de fecha 11 de febrero de 2016, la Asociación Peruana de Facultades de Odontología - ASPEFO, manifiesta al Ministerio de Salud su disposición para organizar el Examen Nacional de Odontología - ENAO, del año 2016 y en adelante, precisando que el mismo servirá como un instrumento para medir la calidad educativa de los profesionales odontólogos y la distribución de plazas del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS, por orden de mérito;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 264-2016/ MINSA, de fecha 19 de abril de 2016, se modificó el inciso g) del artículo 23 del Reglamento de la Ley No 23330, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-SA, a efectos de precisar que es requisito para efectuar el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud, haber rendido el Examen Nacional correspondiente a cada profesión de las ciencias de la salud, cuando el mismo sea oficializado por el Ministerio de Salud;
Que, con los documentos de vistos, la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud, emitió opinión técnica favorable respecto a la propuesta formulada por la ASPEFO, y concluye que a efectos de promover y garantizar una debida formación profesional y un acceso justo a las plazas ofertadas por el SERUMS para los profesionales odontólogos, resulta pertinente oficializar el examen Nacional de Odontología - ENAO, desde el presente año 2016 y en adelante, el mismo que será implementado por la Asociación Peruana de Facultades de Odontología - ASPEFO;
Que, es de interés del Ministerio de Salud promover la formación del recurso humano en salud, en ese sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que autorice la oficialización del Examen Nacional de Odontología - ENAO, a realizarse el presente año 2016 y en adelante;
Con la visación del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Director General de la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud;
De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Examen Nacional de Odontología - ENAO, a ser implementado por la Asociación Peruana de Facultades de Odontología - ASPEFO, a partir del presente año 2016, con una periodicidad anual.
Artículo 2.- Instruir a las autoridades del Ministerio de Salud y a las instituciones prestadoras de servicios de salud, para que otorguen a los internos de Odontología las facilidades para la programación de actividades en servicio, a fin de permitir la participación de éstos en el referido Examen Nacional.
Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica (http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.aspfiop=115).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
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