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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0281-2016-MINAGRI Disponen la prepublicación en el Portal Institucional
6/21/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0281-2016-MINAGRI Disponen la prepublicación en el Portal Institucional
Disponen la prepublicación en el Portal Institucional del Ministerio de la propuesta del "Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú 2016-2025", del proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y de su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0281-2016-MINAGRI Lima, 16 de junio de 2016 VISTO: El Acta de Sesión Ordinaria de la Comisión Sectorial creada para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú, de fecha 27 de abril de 2016; y, CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0281-2016-MINAGRI
Lima, 16 de junio de 2016
VISTO:
El Acta de Sesión Ordinaria de la Comisión Sectorial creada para la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú, de fecha 27 de abril de 2016; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria, que tiene como misión conducir el desarrollo agrario, promoviendo el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, con la finalidad de contribuir con el desarrollo rural y el mejoramiento de la calidad de vida de la población;
Que, la Política Nacional Agraria, aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI, tiene como objetivos: Incrementar la competitividad agraria y la inserción a los mercados, con énfasis en el pequeño productor agrario; y, gestionar los recursos naturales y la diversidad biológica de competencia del sector agrario en forma sostenible;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2000-AG, se declaró de interés nacional la instalación de plantaciones de palma aceitera, para promover el desarrollo sostenible y socioeconómico de la región amazónica y contribuir a la recuperación de suelos deforestados por la agricultura migratoria y por el desarrollo de actividades ilícitas, en áreas con capacidad de uso mayor para el establecimiento de plantaciones de esta especie;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0565- 2015-MINAGRI, se crea la Comisión Sectorial de carácter temporal, adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego, con el objeto de elaborar el Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú, presidida por el Viceministro de Políticas Agrarias de este Ministerio, con el fin de continuar con el desarrollo sostenible del cultivo de palma en un nuevo contexto en los aspectos económico, social y ambiental del país;
Que, la elaboración del acotado Plan Nacional se realizó bajo un proceso participativo que incluyó a diversas instituciones públicas y privadas vinculadas al cultivo, 590177 NORMAS LEGALES
Martes 21 de junio de 2016
El Peruano / constituyéndose Grupos de Trabajo especializados en temáticas sobre Asuntos Ambientales y Territorialidad, Asuntos Productivos y Mercado y, Asuntos Normativos y Política; asimismo, se llevaron a cabo talleres participativos para la elaboración y validación de la problemática y acciones del Plan, en la ciudad de Lima, y en los departamentos de San Martín y Ucayali, así como la realización de visitas técnicas a las zonas productoras de los departamentos de San Martín, Loreto y Ucayali, lo cual junto con los Grupos de Trabajo y reuniones con las principales entidades involucradas en la actividad, son insumos para la elaboración de la referida propuesta de Plan;
Que, la propuesta del "Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú 2016-2025", tiene como objetivo mejorar la competitividad de la cadena productiva de la palma aceitera, de manera económica, social y ambientalmente sostenible, para lo cual propone líneas de acción orientadas al incremento de la producción y la mejora de la productividad, así como la mejora de la calidad de la producción, incorporando prácticas amigables con el medio ambiente; la inserción exitosa en los mercados convencionales y no convencionales, a nivel nacional e internacional, y la articulación de los pequeños productores a la cadena; así como generar las condiciones económicas, políticas, ambientales y sociales favorables para el desarrollo competitivo y sostenible del cultivo de palma aceitera;
Con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Prepublicación Disponer la prepublicación de la propuesta del "Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú 2016-2025", del proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba, y de la Exposición de Motivos respectiva, que forman parte integrante de la presente Resolución.
Dicha prepublicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe), a fin de recepcionar las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la prepublicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Remisión de opiniones y sugerencias Las opiniones y/o sugerencias sobre la propuesta del Plan, el proyecto de Decreto Supremo que lo aprueba y la Exposición de Motivos respectiva, prepublicados de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la presente Resolución, deberán remitirse por escrito, de acuerdo al formato contenido en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial, a la Dirección General de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, ubicada en el Jirón Yauyos Nº 258, distrito de Lima, provincia y departamento de Lima, o mediante correo electrónico a la dirección electrónica: dipna@
minagri.gob.pe.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con los documentos mencionados en el artículo 1, precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
ANEXO
Formato para el ingreso de opiniones y sugerencias al Plan Nacional de Desarrollo Sostenible de la Palma Aceitera en el Perú 2016 - 2025
Número de identificación (asignado por el MINAGRI)
No llenar Nombres y apellidos completos
Documento Nacional de Identidad y Nº
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Fecha Correo electrónico Opiniones/Sugerencias Nº 1
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