1/17/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2017-VIVIENDA Promueven la formación de profesionales jóvenes

Promueven la formación de profesionales jóvenes comprometidos en contribuir con el acceso al agua con calidad y suficiencia a las poblaciones en zonas rurales y urbanas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2017-VIVIENDA Lima, 13 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento en concordancia con los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del
Promueven la formación de profesionales jóvenes comprometidos en contribuir con el acceso al agua con calidad y suficiencia a las poblaciones en zonas rurales y urbanas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 015-2017-VIVIENDA
Lima, 13 de enero de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento en concordancia con los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que éste Ministerio es el ente rector en materia de saneamiento y como tal, le corresponde planificar, diseñar, normar y ejecutar las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional;

Que, de acuerdo a lo estipulado en el inciso 5 del artículo 9 de la Ley Nº 30156, dentro de las competencias exclusivas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se encuentra el aprobar la regulación reglamentaria sectorial y el plan nacional en materia de saneamiento, así como el asignar recursos y transferirlos a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento y eventualmente a los gobiernos regionales y locales, a fin que ejecuten proyectos de inversión en saneamiento, conforme a la normativa en la materia;

Que, con Resolución Ministerial Nº 008-2012-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial Nº 377-2016-VIVIENDA, se aprobó la implementación progresiva de los Centros de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto que mediante la Resolución de Secretaría General Nº 045-2016-VIVIENDA-SG se aprobó la Directiva General Nº 005-2016-VIVIENDA-SG "Lineamientos para el funcionamiento de los Centros de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento";

Que, se considera necesario contar con profesionales jóvenes que realicen sus prácticas profesionales en materia de agua y saneamiento, a fin de que presten apoyo al Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR) y al Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) en todo el territorio nacional así como en los Centros de Atención al Ciudadano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en actividades tales como la actualización de la línea de base nacional sobre la situación de los servicios de agua y saneamiento, la constitución de los Núcleos Ejecutores, la creación de las Áreas Técnicas Municipales, el fortalecimiento de capacidades en las fases de planeamiento, elaboración de estudios, ejecución de obras y sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento, promoción de la educación sanitaria y ambiental dirigida a las familias, así como otras actividades en materia de agua y saneamiento;

Que, la Dirección General de Programas y Proyectos de Construcción y Saneamiento, a través del Informe Nº 012-2017-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS, sustentado, a su vez, en el Informe Nº 02-2017-VIVIENDA-VMCS/ DGPPCS/DEPPCS, que recoge los Informes técnico-legal Nº 21-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y Nº 004-2017/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL, elaborados por el PNSU
y el PNSR, respectivamente, manifiesta la viabilidad de promover la formación de profesionales jóvenes comprometidos en contribuir con el acceso al agua con 19 NORMAS LEGALES
Martes 17 de enero de 2017
El Peruano / calidad y suficiencia a las poblaciones en zonas rurales y urbanas, a través de la modalidad formativa de Prácticas Profesionales "Servicio Rural y Urbano Marginal de Agua y Saneamiento (SERUMAS) - Jóvenes por el Agua";

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 061-2017-VIVIENDA-OGAJ opina que la citada modalidad formativa de Prácticas Profesionales, se encuentra acorde a la legislación vigente;

De conformidad con la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, y el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento promueve la formación de profesionales jóvenes comprometidos en contribuir con el acceso al agua con calidad y suficiencia a las poblaciones en zonas rurales y urbanas, a través de la modalidad formativa de Prácticas Profesionales "Servicio Rural y Urbano Marginal de Agua y Saneamiento (SERUMAS) - Jóvenes por el Agua", la misma que será implementada por el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) y el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR).

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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