2/28/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 109-2017-IN

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2017-IN Lima, 24 de febrero de 2017 VISTOS; la Carta de fecha 24 de junio de 2016 y el Oficio Programa "CECIPU" Nro. 163/, de fecha 9 de diciembre de 2016, del Secretario Ejecutivo del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU); la Hoja de Estudio y Opinión Nº 29-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 20 de enero de 2017 y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 69-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de febrero de 2017, de la Dirección

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2017-IN
Lima, 24 de febrero de 2017
VISTOS; la Carta de fecha 24 de junio de 2016 y el Oficio Programa "CECIPU" Nro. 163/, de fecha 9 de diciembre de 2016, del Secretario Ejecutivo del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU); la Hoja de Estudio y Opinión Nº 29-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 20 de enero de 2017 y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 69-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 24 de febrero de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta de fecha 24 de junio de 2016
y Oficio Programa "CECIPU" Nro. 163/, de fecha 9 de diciembre de 2016, el Secretario Ejecutivo del Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU), hace de conocimiento de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú la realización de cursos de formación, capacitación, perfeccionamiento y especialización que se impartirán en los planteles educacionales y reparticiones especializadas de Carabineros de Chile y comunica que se ha seleccionado a la Alférez de la Policía Nacional del Perú Maylin Chang Lucero, para que participe del curso "Investigación de Accidentes en el Transito", a desarrollarse del 1 de marzo al 23 de diciembre de 2017, en la ciudad de Santiago - República de Chile;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 29-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 20 de enero de 2017, modificada por la Hoja de Estudio y Opinión Nº 69-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 24 de febrero de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que prosiga el trámite de aprobación del expediente del viaje al exterior, en misión de estudios, del 28 de febrero al 24 de diciembre de 2017, a la ciudad de Santiago - República de Chile, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Maylin Chang Lucero, para que participe en el curso antes indicado, considerando que permitirá su capacitación en la investigación de accidentes de tránsito, mejorando así sus capacidades y desempeño profesional, lo que redundará positivamente en la imagen institucional, además que lo aprendido podrá ser replicado dentro de la institución;

Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento académico indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que el Programa de Cooperación Internacional del Gobierno de Chile para Policías Uniformadas Extranjeras (CECIPU), asume los gastos de estadía, alimentación, movilización, atención médica, seguro de vida, materiales de estudio y vestuario, conforme lo precisa la Carta de fecha 24 de junio de 2016; mientras que los gastos de pasajes aéreos (ida y retorno, en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme se indica en el Oficio Nº 1015-2017-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/DIVPRE, de fecha 24 de febrero de 2017, que remite la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 615 y deja sin efecto la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 190, conforme a la Disposición de Comando Nº 134-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 23 de febrero de 2017;

Que, el numeral 3) del artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente;

Que, asimismo el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad misión de estudios;

Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, asimismo el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con el visado de la Secretaría General del Ministerio del Interior, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;
el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, 25 NORMAS LEGALES
Martes 28 de febrero de 2017
El Peruano / el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Maylin Chang Lucero, del 28 de febrero al 24 de diciembre de 2017, a la ciudad de Santiago - República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe US$ Pers. Total US$
Pasajes aéreos 1,726.00 1 1,726.00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior

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