3/14/2017

RESOLUCIÓN N° 0084-2017-JNE Declaran estese a lo resuelto en la Res. N° 1232-2016-JNE y archivan

Declaran estese a lo resuelto en la Res. Nº 1232-2016-JNE y archivan expediente RESOLUCIÓN Nº 0084-2017-JNE Expediente Nº J-2016-01362-A01 ÁNCASH Lima, dieciséis de febrero de dos mil diecisiete. VISTO el oficio Nº 204-2017-GRA-CR-CD, recibido el 27 de octubre de 2016, mediante el cual el consejero delegado del Gobierno Regional de Ancash remite el recurso de apelación presentado por Waldo Enrique Ríos Salcedo, contra el Acuerdo de Consejo Regional Nº 230-2016-GRA/CR; y teniendo a la vista
Declaran estese a lo resuelto en la Res. Nº 1232-2016-JNE y archivan expediente
RESOLUCIÓN Nº 0084-2017-JNE
Expediente Nº J-2016-01362-A01
ÁNCASH
Lima, dieciséis de febrero de dos mil diecisiete.

VISTO el oficio Nº 204-2017-GRA-CR-CD, recibido el 27 de octubre de 2016, mediante el cual el consejero delegado del Gobierno Regional de Ancash remite el recurso de apelación presentado por Waldo Enrique Ríos Salcedo, contra el Acuerdo de Consejo Regional Nº 230-2016-GRA/CR; y teniendo a la vista el Expediente Nº
J-2016-01361-C01.

CONSIDERANDOS
1. Mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 230-2016-GRA/CR, de fecha 6 de octubre de 2016 (fojas 35 a 39), el Consejo Regional de Áncash, por mayoría, decidió encargar transitoriamente las funciones de Gobernador Regional de Áncash al vicegobernador Enrique Máximo Vargas Barrenechea, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo, en mérito al artículo 23 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (en adelante LOGR), en razón de la condena efectiva, con mandato firme de detención, impuesta a Waldo Enrique Ríos Salcedo en el proceso penal sustanciado en el Expediente Nº 00378-2001-0-0201-JR-PE-01.

2. Asimismo, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 229-2016-GRA/CR, también del 6 de octubre de 2016 (fojas 40 a 43), el Consejo Regional de Áncash, por unanimidad, decidió admitir a trámite la solicitud de suspensión formulada por el ciudadano Nicolás Molina Sánchez contra Waldo Enrique Ríos Salcedo en el cargo de Gobernador Regional de Áncash, por haber incurrido en la causal prevista en el artículo 31, inciso 2 de la LOGR, y dispuso la notificación a las partes del referido acuerdo de consejo regional.

3. Posteriormente, a través del Oficio Nº 2970-2016-GRA-VGR-G/E, recibido el 21 de octubre de 2016, el vicegobernador regional encargado del Gobierno Regional de Áncash remitió el Acuerdo de Consejo Regional Nº 254-2016-GRA/CR, del 21 de octubre de 2016 (fojas 84 a 87 del Expediente Nº J-2016-01361-C01), mediante el cual el consejo regional, por unanimidad, suspendió a Waldo Enrique Ríos Salcedo en el cargo de Gobernador Regional de Áncash, lo cual motivó que la entidad regional solicite la expedición de las credenciales correspondientes.

4. Cabe precisar que el referido oficio, con la solicitud de emisión de credenciales, fue agregado al Expediente Nº J-2016-01361-C01, el cual se generó a raíz de la sentencia condenatoria de cinco años de pena privativa de libertad efectiva, por la comisión del delito de colusión desleal, impuesta a Waldo Enrique Ríos Salcedo, remitida a esta sede electoral por la Corte Superior de Justicia de Áncash, a través del Oficio Nº 4092-2016-P-CSJAN/PJ, del 13 de octubre de 2016.

5. En ese sentido, con base en la documentación que conforma el Expediente Nº J-2016-01361-C01, mediante Resolución Nº 1232-2916-JNE, de fecha 25 de octubre de 2016, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones decidió suspender a Waldo Enrique Ríos Salcedo en el cargo de Gobernador Regional de Áncash, en razón de encontrarse incurso en la causal prevista el artículo 31, inciso 2 de la LOGR, hasta que su situación jurídica se resuelva. Por tal razón, dejó sin efecto, provisionalmente, la credencial que le fue otorgada con motivo de las Elecciones Municipales del año 2014.

6. Asimismo, convocó a Enrique Máximo Vargas Barrenechea para que asuma, provisionalmente, el cargo de Gobernador Regional de Áncash, en tanto la situación jurídica de Waldo Enrique Ríos Salcedo se resuelva, otorgándole la respectiva credencial que lo faculta como tal.

7. En tal sentido, habiéndose emitido ya pronunciamiento sobre la suspensión de Waldo Enrique Ríos Salcedo que decidió el consejo regional y la solicitud de expedición de credenciales efectuada por el Gobierno Regional de Áncash, debe estarse a lo resuelto en la citada resolución y disponerse el archivo del expediente.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones.

RESUELVE
Artículo Único.- Declarar ESTESE A LO RESUELTO
en la Resolución Nº 1232-2016-JNE, de fecha 25 de octubre de 2016, y ARCHIVAR el presente expediente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Marallano Muro Secretaria General (e)

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