4/10/2017

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 011-2017-EF/13 Incorporan actividad en el Plan Operativo

Incorporan actividad en el Plan Operativo Institucional del Ministerio para el año 2017, correspondiente al Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 011-2017-EF/13 Lima, 7 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y su modificatoria, establece, entre otros, que es competencia de la Oficina General de Planificación y Presupuesto la formulación
Incorporan actividad en el Plan Operativo Institucional del Ministerio para el año 2017, correspondiente al Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 011-2017-EF/13
Lima, 7 de abril de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y su modificatoria, establece, entre otros, que es competencia de la Oficina General de Planificación y Presupuesto la formulación del Plan Operativo Institucional, la cual se realiza según lo establecido en la Directiva Nº 001-2011-EF/41.01 "Normas y Lineamientos para la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 798-2011-EF/41;

Que, por Resolución Ministerial Nº 426-2016-EF/41, de fecha 21 de diciembre de 2016, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2017;

Que, mediante Informe Nº 003-2017-EF/10.03, el Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas solicita la incorporación de la actividad "Diseño, seguimiento y coordinación interinstitucional de políticas relativas a la formalización de la economía y el empleo mediante la mejora regulatoria y la optimización de la protección social", en su programación de actividades del Plan Operativo Institucional (POI) del Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2017;

Que, mediante el Informe Nº 085-2017-EF/41.02 de fecha 28 de marzo de 2017, la Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través de la Oficina de Planificación y Modernización de la Gestión, manifiesta su opinión favorable a la incorporación de la actividad "Diseño, seguimiento y coordinación interinstitucional de políticas relativas a la formalización de la economía y el empleo mediante la mejora regulatoria y la optimización de la protección social", en el Formato Nº 004 (Finalidad:
0130941 Brindar asesoramiento a la Alta Dirección del MEF para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y para la coordinación con el Poder Legislativo), correspondiente al Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, Anexo Nº 2 "Programación de Actividades del POI 2017"; y, De conformidad con lo establecido en la Directiva Nº 001-2011-EF/41.01 "Normas y Lineamientos para la Formulación y Evaluación del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 798-2011-EF/41 y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado con Decreto Supremo Nº 117-2014-EF y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- INCORPORAR la actividad "Diseño, seguimiento y coordinación interinstitucional de políticas relativas a la formalización de la economía y el empleo mediante la mejora regulatoria y la optimización de la protección social", en el Formato Nº 004 (Finalidad:
0130941 Brindar asesoramiento a la Alta Dirección del MEF para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y para la coordinación con el Poder Legislativo), correspondiente al Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, Anexo Nº 2 "Programación de Actividades del POI 2017", del Plan Operativo Institucional (POI) 2017 del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado con Resolución Ministerial Nº 426-2016-EF/41, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- El Anexo que forma parte integrante de la presente resolución será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANGELA GROSSHEIM BARRIENTOS
Secretaria General

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