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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2017-VIVIENDA Modifican la R.M. N° 130-2017-VIVIENDA, que autorizó
4/13/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2017-VIVIENDA Modifican la R.M. N° 130-2017-VIVIENDA, que autorizó
Modifican la R.M. Nº 130-2017-VIVIENDA, que autorizó transferencias financieras a favor de EPS SEMAPACH S.A. y EMAPAVIGS S.A.C., para la ejecución de medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2017-VIVIENDA Lima, 12 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, de fecha 05 de abril de 2017, se autorizó a realizar, entre otros, Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2017-VIVIENDA
Lima, 12 de abril de 2017
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, de fecha 05 de abril de 2017, se autorizó a realizar, entre otros, Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO
MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100
SOLES (S/ 5 085 574,00) y UN MILLÓN QUINIENTOS
SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA
Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), a favor del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A). y la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Virgen de Guadalupe del Sur S.A.C. (EMAPAVIGS S.A.C.), respectivamente, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; destinadas al financiamiento de los compromisos derivados del contrato suscrito con la Consultoría de Inversiones, el cual se ejecuta en el marco de la implementación del Programa de Medidas de Rápido Impacto (PMRI II);
Que, en el Convenio Nº 351-2017-VIVIENDA/VMCS/ PNSU, de fecha 27 de marzo de 2017, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EPS SEMAPACH S.A., tiene por objeto establecer los lineamientos y compromisos de la partes para la transferencia financiera de recursos del citado ministerio a favor de la EPS SEMAPACH S.A., hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL
QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00), para la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW;
Que, en el Convenio Nº 352-2017-VIVIENDA/VMCS/ PNSU, de fecha 27 de marzo de 2017, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la EMAPAVIGS S.A.C, tiene por objeto establecer los lineamientos y compromisos de la partes para la transferencia financiera de recursos del ministerio a favor de la EMAPAVIGS S.A.C., hasta por la suma de
UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL
SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), para la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW;
Que, con Memorando Nº 611-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 130-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, e informa que las transferencias financieras que establecen los Convenios Nº 351 y 352-2017-VIVIENDA/VMCS/PNSU están destinadas a la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II; por lo que, propone un proyecto de Resolución Ministerial, que modifique los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº
130-2017-VIVIENDA, mediante los cuales se autorizó las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS SEMAPACH S.A. y la EMAPAVIGS S.A.C., hasta por los montos de CINCO MILLONES OCHENTA
Y CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO
Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00) y UN MILLÓN
QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00)
respectivamente, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; precisándose que las citadas transferencias están destinadas a la ejecución de las medidas de inversión del PMRI II, con cargo a la contrapartida nacional, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW;
Que, en ese sentido, corresponde modificar los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, conforme a lo señalado en el considerando precedente, a fin de efectivizar las Transferencias Financieras a favor de la EPS SEMAPACH S.A. y la EMAPAVIGS S.A.C., por los montos de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL
QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00) y UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA
Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y
00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), respectivamente, para los destinos antes indicados;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificación de los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA
Modificar los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial Nº 130-2017-VIVIENDA, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2.- Transferencias Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL
QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 085 574,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. (EPS
SEMAPACH S.A.), destinada al financiamiento de la ejecución de las medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II.
Artículo 3.- Transferencias Financiera a favor de la
EMAPAVIGS S.A.C.
Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS
SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y
CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 567 645,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Virgen de Guadalupe del Sur S.A.C. (EMAPAVIGS
S.A.C.), destinada al financiamiento de la ejecución de las medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
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