4/07/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 220-2017-IN Autorizan ampliación de permanencia de personal de la Policía

Autorizan ampliación de permanencia de personal de la Policía Nacional del Perú en Ecuador, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2017-IN Lima, 6 de abril de 2017 VISTOS; el Oficio Nº 232/AMERIPOL-SECRETARIA EJECUTIVA., de fecha 20 de febrero de 2017, de la Delegación de la Secretaria Ejecutiva de la Comunidad de Policías de América - AMERIPOL; y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 91-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 16 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú;
Autorizan ampliación de permanencia de personal de la Policía Nacional del Perú en Ecuador, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 220-2017-IN
Lima, 6 de abril de 2017
VISTOS; el Oficio Nº 232/AMERIPOL-SECRETARIA
EJECUTIVA., de fecha 20 de febrero de 2017, de la Delegación de la Secretaria Ejecutiva de la Comunidad de Policías de América - AMERIPOL; y, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 91-2017-DG PNP/DIRASINT-DB, de fecha 16 de marzo de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 064-2017-IN, de fecha 10 de febrero de 2017, se autoriza el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Suboficial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Karla Patricia Medina Guzmán y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Luis Florentino Zela Huamán, del 12 de febrero al 8 de abril de 2017, a la ciudad de San Francisco de Quito - República de Ecuador, a fin que participen en el "LXIII Curso Antidrogas", irrogando gastos al estado;

Que, mediante Oficio Nº 232/AMERIPOL-SECRETARIA EJECUTIVA., de fecha 20 de febrero de 2017, la Delegación de la Secretaria Ejecutiva de la Comunidad de Policías de América - AMERIPOL hace de conocimiento de las Jefaturas de las Unidades de la Comunidad de Policías de América - AMERIPOL, sobre la reprogramación de la fecha de inicio y término del curso indicado en el considerando precedente, esto es, que el citado curso se realizará del 20 de febrero al 14 de abril de 2017, ello debido a la realización de las Elecciones Presidenciales de la República de Ecuador 2017, la cual interrumpió el correcto desarrollo del indicado curso.

Asimismo, es pertinente señalar que para cubrir el cambio de la fecha de inicio del citado curso, los Suboficiales antes indicados, participaron en un Seminario de Lavados de Activos, evento coordinado con el Centro Interministerial de Formación Antidrogas (CIFAD) de Francia;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 91-2017-DG
PNP/DIRASINT-DB, de fecha 16 de marzo de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que amplíe la fecha del viaje al exterior, de la Suboficial Técnico de primera de la Policía Nacional del Perú Karla Patricia Medina Guzmán y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Luis Florentino Zela Huamán, propuestos por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, a la ciudad de San Francisco de Quito - República de Ecuador, del 8 al 15 de abril de 2017, cabe señalar que dicha participación es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que permite capacitar al personal que labora en el área de Antinarcóticos, en temáticas relacionadas con la lucha antinarcóticos, control de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y precursores químicos, mediante la aplicación de técnicas investigativas, a fin de fortalecer sus funciones operativas;

Que, es preciso indicar que los gastos que irroga dicha participación por concepto de alojamiento y traslados internos, son asumidos por la República de Ecuador, en concordancia al programa del curso, mientras que los gastos por concepto de compensación extraordinaria por misión de estudios, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 1597-2017-DIRADM-DIRECFIN-PNP/DIVPRE., de fecha 15 de marzo de 2017, de la Jefatura de la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú;

Que, el numeral 3) del artículo 13º del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente;

Que, asimismo, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios;

Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, asimismo el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano";

Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, de la Suboficial Técnico de Primera de la Policía Nacional del Perú Karla Patricia Medina Guzmán y del Suboficial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Luis Florentino Zela Huamán, del 8 al 15 de abril de 2017, a la ciudad de San Francisco de Quito - República de Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos por concepto de compensación extraordinaria por misión de estudios por los días de ampliación del curso indicado en la parte considerativa de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe Pers. Total
US$ US$
Compensación extraordinaria (40%) x 7 días 377.03 X 2 = 754.06
Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS
Ministro del Interior

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