5/27/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 165-2017-MIMP Aprueban el Reglamento Único de Condecoraciones y Premios

Aprueban el Reglamento Único de Condecoraciones y Premios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2017-MIMP Lima, 26 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobada por Decreto Legislativo № 1098, establece que el MIMP es rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y poblaciones vulnerables; y tiene como finalidad diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas
Aprueban el Reglamento Único de Condecoraciones y Premios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 165-2017-MIMP
Lima, 26 de mayo de 2017
CONSIDERANDO:

Que, la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobada por Decreto Legislativo № 1098, establece que el MIMP es rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y poblaciones vulnerables; y tiene como finalidad diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección:
niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos con visión intersectorial;

Que, al amparo de lo anteriormente señalado, con Resolución Ministerial № 130-2017-MIMP se creó el Premio SUMA, que unifica todos los procesos de premiación, condecoración y reconocimiento que otorga del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, con excepción de la condecoración "Orden al Mérito de la Mujer", creada mediante Decreto Supremo № 005-2003-MIMDES, con el objeto reconocer el aporte de instituciones y personas en la promoción y respeto de los derechos de las mujeres y de las personas vulnerables, así como motivar los esfuerzos colectivos en ese sentido, premio que se otorgará una vez al año en el mes de aniversario del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, en ceremonia pública con la participación de la Titular del Sector;

Que, el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley № 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que constituye función general de los Ministerios aprobar las disposiciones normativas que les correspondan;

Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 62.3 del artículo 62 de la Ley № 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias, toda entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos;

Que, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y modificatorias, señala que la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene, entre otras, las siguientes funciones: (i) orientar, coordinar y proponer directivas para la formulación de reglamentos, manuales, directivas y otros documentos de gestión institucional, (ii)
conducir el proceso de simplificación administrativa en el Ministerio, y (iii) asesorar y brindar apoyo técnico en el desarrollo y aplicación de métodos, procedimientos y modelos de organización;

Que, por ello, el artículo 5 de la Resolución Ministerial № 130-2017-MIMP encargó a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Modernización Institucional, la elaboración del proyecto del Reglamento Único de Condecoraciones y Premios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, en mérito de lo antes señalado, mediante Memorando № 293-2017-MIMP/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe № 033-2017-MIMP/OGPP/OMI de la Oficina de Modernización Institucional, mediante el cual se propone el Reglamento Único de Condecoraciones y Premios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, el cual establece los procedimientos, requisitos, plazos, bases, criterios de evaluación, conformación del comité evaluador, jurado, modalidades de votación o intervención, impedimentos, excepcionalidades y demás precisiones que permitan orientar los procesos de premiación para el otorgamiento y/o retiro de los premios, según categoría, a cargo del Sector;

Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto por el cual se apruebe el Reglamento Único de Condecoraciones y Premios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley № 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley № 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias;
el Decreto Legislativo Nº 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP;
y el Reglamento de Organización y Funciones del MIMP, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Único de Condecoraciones y Premios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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