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RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 058-2017-SUNEDU/CD Aprueban Plan de Adecuación presentado por
11/08/2017
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 058-2017-SUNEDU/CD Aprueban Plan de Adecuación presentado por
Aprueban Plan de Adecuación presentado por la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 058-2017-SUNEDU/CD Lima, 6 de noviembre de 2017 I. VISTOS: La presentación del Plan de Adecuación con registros de tramite documentario RTD Nº 024014-2016-SUNEDU-TD y Nº 34848-2017-SUNEDU-TD, el 19 de septiembre de 2016 y el 29 de septiembre de 2017, respectivamente, por la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco (en adelante, la Universidad); y, el Informe Técnico
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 058-2017-SUNEDU/CD
Lima, 6 de noviembre de 2017
I. VISTOS:
La presentación del Plan de Adecuación con registros de tramite documentario RTD Nº 024014-2016-SUNEDU-TD y Nº 34848-2017-SUNEDU-TD, el 19 de septiembre de 2016 y el 29 de septiembre de 2017, respectivamente,
por la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco (en adelante, la Universidad); y, el Informe Técnico de Evaluación del Plan de Adecuación Nº 140-2017-SUNEDU/ DILIC-EV de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y,
II. CONSIDERANDO:
II.1 Antecedentes Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento;
Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo la de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades;
Que, mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/ CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano", que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del Proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional 1
;
Que, por Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para universidades públicas o privadas, vigente al inicio del presente procedimiento administrativo 2
;
Que, el 26 de febrero de 2016, la Universidad presentó su solicitud de licenciamiento institucional (en adelante,
SLI);
Que, mediante Informe Nº 052-2016-SUNEDU/ DILIC-EV, el 27 de abril de 2016, el equipo a cargo de la revisión documentaria presentó las observaciones a la documentación presentada en la SLI. En ese sentido, el 3 de mayo de 2016, se notificó a la Universidad mediante el Oficio Nº 137-2016-SUNEDU/02-12, el anexo que contenía las mismas. El 19 de mayo del 2016, la Universidad presentó el Oficio Nº 167-2016-R-UNSAAC
con el objetivo de levantar las observaciones del proceso de licenciamiento;
Que, mediante Oficio Nº 260-2016/SUNEDU-02-12 del 22 de julio de 2016, se remitió a la Universidad el Informe Nº 102-2016-SUNEDU/DILIC- EV del 18 de julio de 2016, a través del cual se puso de conocimiento el resultado desfavorable de la etapa de revisión documentaria.
Asimismo, se le requirió a la Universidad que en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, presente un Plan de Adecuación (en adelante, PDA);
Que, el PDA es el instrumento que permite que las universidades establezcan y ejecuten un plan de actividades conducentes al cumplimiento de las CBC y no debe exceder el plazo máximo del periodo de adecuación establecido 3
. De conformidad con lo establecido por el artículo 11 del Reglamento, el contenido mínimo 4 de un PDA es el siguiente: (i) descripción detallada de las actividades para el cumplimiento de los indicadores observados; (ii) cronograma de trabajo para la subsanación de las observaciones, que contenga justificación del plazo propuesto, el cual no debe superar el plazo de adecuación previsto en el reglamento; (iii) presupuesto proyectado que debe contener: costos estimados, área(s) responsable(s) de su ejecución; y, (iv) plan de financiamiento. El PDA debe cumplir con los criterios de evaluación y es aprobado por el Consejo Directivo de la Sunedu;
Que, mediante Oficio Nº 295-2016-R-UNSAAC del 19 de septiembre de 2016, la Universidad presentó su PDA, documento que fue complementado mediante Oficios Nº 326-2016-UNSAAC,
Nº 360-2016-UNSAAC, Nº 146-2017-UNSAAC,
Nº 147-2017-UNSAAC, Nº 155-2017-UNSAAC, Nº 163-2017-UNSAAC y Nº 164-2017-UNSAAC, presentados el 7 de noviembre y 5 de diciembre de 2016
y el 16 de marzo de 2017, respectivamente.
Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó las "Medidas de simplificación administrativa para el licenciamiento institucional" y el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), derogándose la Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD;
Que, mediante Oficio Nº 219-SR-2017-UNSAAC del 29 de septiembre de 2017, la Universidad remitió una segunda versión de PDA, la misma que fue complementada mediante Oficio Nº 235-SR-2017-UNSAAC;
Que, el 24 de octubre de 2017, la Dilic emitió el Informe Técnico de Evaluación del Plan de Adecuación Nº 140-2017/SUNEDU-02-12, con opinión favorable, elevándose al Consejo Directivo para discutir su aprobación;
II.2 Análisis del PDA presentado por la Universidad Que, la evaluación del PDA se realiza sobre la base de los criterios de consistencia, pertinencia, coherencia y sostenibilidad. La consistencia implica que el PDA
debe establecer resultados específicos y medibles, su realización debe ser factible con los recursos institucionales asignados, en el tiempo previsto por la propia Universidad y debe responder a las observaciones detectadas en la evaluación de CBC. Para ello, se tiene en cuenta la estrategia organizacional, la pertinencia de los objetivos propuestos y la coherencia y sostenibilidad de los cursos de acciones a desarrollar.
Que, la Universidad ha planteado seis (6) objetivos a alcanzar, sobre la base de las observaciones del IRD y con miras a alcanzar los resultados esperados, conforme a los criterios de análisis propuestos para lo cual ha establecido un presupuesto que se encuentra comprometido. Entre los que se encuentran: Contar con instrumentos para una gestión eficiente; alinear la normativa interna a Ley Universitaria; asegurar la seguridad y pertinencia de la infraestructura y equipamiento respecto a las actividades de enseñanza-aprendizaje e investigación en sus instalaciones; administrar la producción académica y científica lograda por la Universidad para evidenciarla en bases de datos estatales, contar con servicios complementarios y de acompañamiento para el tránsito laboral; entre otros;
1
Publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 24 de noviembre de 2015.
2
Publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 3 de diciembre de 2015, el mismo que fue derogado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD del 14 de marzo de 2017, que aprobó el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, vigente a la fecha.
3
El plazo de adecuación de las CBC para universidades con autorización provisional o definitiva fue ampliado hasta el 31 de julio de 2018, de acuerdo a la Resolución del Consejo Directivo Nº 017-2017-SUNEDU/CD, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de mayo de 2017.
4
Cabe precisar que en el artículo 15 del Reglamento de Licenciamiento se señalan los documentos que deben adjuntar las universidades en su Solicitud de Licenciamiento Institucional. Al respecto, es preciso mencionar que los requisitos consisten en la exigencia de presentar cierta documentación o suministrar información para dar inicio a un procedimiento determinado; mientras que, las condiciones son aquellas exigencias, requeridas una vez admitida a trámite la solicitud, que consisten en el cumplimiento de determinados factores y/o realización de actuaciones por parte de los administrados, a fin de otorgar el acto administrativo solicitado, como son las condiciones básicas de calidad establecidas en el Modelo de Licenciamiento.
De acuerdo a la evaluación realizada por la Dilic, se ha verificado lo siguiente: (i) Pertinencia y Consistencia de los objetivos propuestos - Pertinencia de los recursos para la enseñanza y la investigación Que, sobre la pertinencia de los recursos de enseñanza e investigación, la Universidad a la presentación de su SLI, no demostraba la posesión y la exclusividad sobre alguno de los locales en los que brinda el servicio educativo, encontrándose sus laboratorios aún pendientes de implementación con equipamiento para sus fines. Por su parte, la Universidad no demostraba contar con ambientes en todos los locales conducentes a grado académico en los cuales los docentes pudiesen preparar sus clases, elaborar guías didácticas, coordinar con otros docentes o almacenar la documentación diversa;
Que, la Universidad tampoco demostraba contar con condiciones para el trabajo seguro en sus instalaciones, ni contaba con planes de seguridad, comités de seguridad biológica, química y radiológica ni de protocolos de seguridad para laboratorios y talleres, documentos probatorios que demuestren la disponibilidad de un servicio de disposición de residuos sólidos y líquidos de laboratorios y talleres;
Que, además, en relación a la sostenibilidad en el uso de la infraestructura, la Universidad demuestra deficiencias, pues el presupuesto y plan de mantenimiento de infraestructura presentado, no especificaba con suficiente detalle los recursos y actividades de mantenimiento para todas las filiales con las que cuenta la Universidad;
Que, en ese sentido, la Universidad se ha planteado como objetivo la formalización de los locales sobre los que presta el servicio mediante la tramitación de veintinueve (29) documentos de títulos de propiedad de la Universidad entre locales conducentes a grado y otros relacionados con diversas funciones como: centros de investigación y laboratorios agrícolas, encargando dicha labor a la Unidad de Asesoría Legal y destinándose un presupuesto de seiscientos diez mil quinientos sesenta y dos soles (S/ 610 562);
Que, asimismo, la Universidad se encuentra formulando el Plan de Seguridad, así como los protocolos de almacenamiento y gestión de sustancias peligrosas.
Además, en cuanto al mantenimiento de la infraestructura, la Universidad ha formulado un Plan de Mantenimiento, cuyo proceso de aprobación se está llevando a cabo;
- Consistencia de la política de investigación Que, respecto a la consistencia y sostenibilidad de la política de investigación, la información presentada por la Universidad en su SLI permitía inferir la fortaleza de sus políticas de fomento de la investigación, verificándose la existencia de un Vicerrectorado de Investigación presidido por un responsable con cargo de doctor, así como con líneas de investigación identificadas vinculadas a sus programas de estudio. Asimismo, se acreditó la existencia de recursos humanos y financieros provenientes del canon, encaminados específicamente a su desarrollo;
Que, además hacia el año 2016, existían en la Universidad cincuenta y seis (56) proyectos en curso financiados con recursos de canon por un total de doscientos cincuenta millones de soles (S/ 250 000 000); así como ciento dos (102) proyectos en curso financiados con recursos del Fondo Especial de Desarrollo Universitario (FEDU), en todas las líneas de investigación priorizadas. Para la distribución de estos recursos la Universidad cuenta con concursos anuales de investigación para docentes y estudiantes, administrados por CienciaActiva, así como con planes estratégicos donde se plantean actividades de mejora;
Que, sin embargo, a partir de datos recabados en DINA, se verifica que, aunque la mayoría de docentes tienen perfiles de DINA habilitados, más de la mitad de los mismos no ha registrado en el respectivo portal las investigaciones que ha llevado a cabo en el pasado ni los proyectos de investigación que tiene hoy en curso.
Asimismo, tampoco se logra corroborar la existencia de un repositorio institucional donde se puedan encontrar los resultados de las investigaciones realizadas con fondos de la Universidad en años pasados, sin poderse encontrar los productos de investigación disponibles que sirvan para sustentar las grandes inversiones realizadas;
Que, en este sentido, la Universidad se plantea como objetivo visibilizar la producción académica de sus docentes, a través de la actualización de sus perfiles DINA y actualizar el registro de las investigaciones desarrolladas en el repositorio ALICIA-CONCYTEC;
Que, se recomienda a la Universidad presentar ante la Dilic, una vez terminada la actualización de sus docentes investigadores en DINA, realicen las gestiones necesarias para inscribir a dichos docentes en el Registro de Investigadores en Ciencia y Tecnología - REGINA del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.;
- Consistencia de la política de Bienestar Estudiantil Que, la Universidad demostró deficiencias respecto a la política de bienestar y las acciones de seguimiento al graduado, puesto que no lograba demostrar a nivel documentario la existencia de ninguno de los servicios exigibles en las CBC y tampoco se pudo verificar la existencia en todos los locales de tópico por local, ni la existencia de servicios psicopedagógicos, sociales, culturales o deportivos;
Que, además, en términos de mecanismos que fomenten y planifiquen la inserción laboral de sus egresados, si bien la Universidad cuenta con un área de seguimiento al graduado, no mantenía un registro de egresados por semestre para todos sus programas académicos ni tampoco un plan para hacerles seguimiento; (ii) Coherencia y sostenibilidad de los cursos de acción a desarrollar Que, las actividades planteadas por la Universidad en su PDA tienen una duración de nueve (9) meses, plazo computado desde agosto hasta mayo de 2018. Cabe precisar, que las observaciones planteadas en el IRD
fueron puestas de conocimiento de la Universidad el 27 de julio de 2016, por lo que la Universidad viene desarrollando acciones orientadas a levantar las observaciones señaladas por la Dilic desde la mencionada fecha;
Que, respecto a la coherencia de los cursos de acción, se encuentra que las acciones propuestas conducen a las actividades, las mismas que responden a las observaciones planteadas y proponen áreas responsables para obtener los resultados esperados;
Que, para la sostenibilidad de las actividades, se verifica que la Universidad asigna un presupuesto total de ocho millones doscientos tres mil doscientos treinta y nueve y 87/100 soles (S/ 8 203 239,87) proveniente de recursos directamente recaudados, recursos ordinarios y recursos determinados;
Que, en relación con la coherencia y sostenibilidad de las actividades planteadas para cada uno de los objetivos previstos en el PDA, la Dilic consideró lo siguiente:
1. Adecuación de los instrumentos de gestión a la Ley Universitaria Que, la Universidad no ha adecuado su normativa interna a la Ley Universitaria y tampoco cuenta con procedimientos de gestión de la información que permita tener estadísticas actualizadas;
Que, la Universidad propone realizar actividades orientadas al alineamiento normativo de sus reglamentos de posgrado, para lo cual ha conformado una comisión revisora del reglamento de la facultad de posgrado, liderada por la Dirección de la Escuela de Posgrado, la misma que emitió la propuesta de nuevo reglamento al Consejo Universitario para su aprobación;
Que, la propuesta del plan considera la adecuación de los reglamentos y mecanismos de selección y ratificación del docente, lo que implica la revisión y evaluación de la normativa interna, la elaboración de una nueva propuesta y la aprobación de la misma por el Consejo Universitario.
Esta acción se realizaría bajo la responsabilidad del Vicerrectorado Académico y tendría un costo aproximado de ocho mil setecientos soles (S/ 8 700) contabilizados
como el costo de horas/hombre que tomaría la actualización de la mencionada normativa, realizándose entre los meses de octubre y noviembre de 2017;
Que, como parte del proceso de adecuación a la Ley Universitaria, la Universidad está formulando una política de protección ambiental. La elaboración de la propuesta de política y sus planes de ejecución ha sido encargada a la Unidad de Responsabilidad Social;
Que, la Universidad se propone habilitar los sistemas de gestión de la información dirigidos a facilitar la prestación de servicios a los estudiantes, considerando la implementación de un sistema de aprendizaje virtual ("Aula Virtual"), el mismo que se encuentra en proceso de implementación y bajo la supervisión de la Unidad de Sistema de Información y el área de Soporte en Innovación Tecnológica; cuenta con presupuesto de ochenta y seis mil quinientos diez soles (S/ 86 510);
Que, un segundo sistema informático a implementar sería el de matrícula, el mismo que viene operando parcialmente; la Universidad se ha propuesto actualizarlo y elaborar manuales de usuario para su difusión y uso extensivo por parte de la comunidad universitaria, contando con un presupuesto de cuatro mil doscientos sesenta y un soles (S/ 4 261) y estando a cargo de la Dirección del Centro de Cómputo;
Que, el tercer sistema a implementar será el de pagos virtuales, el cual se realiza a través de un convenio entre la UNSAAC y una entidad bancaria, el cual entró en vigencia en septiembre de 2017;
Que, la Universidad inició la tarea de elaborar las estadísticas de los procesos de admisión desde el año 2014 en adelante. La finalidad es contar con reportes semestrales por ingreso a cada programa de estudio, esta actividad se encuentra a cargo de la dirección de la Escuela de Posgrado y según su cronograma de ejecución finalizó en el mes de septiembre;
Que, respecto a los procesos de mejora continua y calidad, la Universidad no recibió observaciones en el IRD, sin embargo, de oficio propusieron actualizar el plan de mejora vigente en donde se incluyan las actividades del plan de adecuación y se construya una línea de base sobre la cual medir los avances y logros a futuro; cabe precisar que ello se realizaría con apoyo de una consultora especializada en el rubro de gestión de la calidad. La unidad responsable de este proceso es la Dirección de Calidad y Acreditación, la que cuenta con un presupuesto de veintiocho mil doscientos cincuenta y ocho soles (S/ 28 258) para cumplir con las actividades;
Que, la Universidad ejecuta lo establecido en su política de transparencia y propone actualizar la información de cuarenta y cuatro (44) mallas curriculares que no se encontraban publicadas en el portal institucional electrónico, para lo cual encargará al Vicerrectorado Académico la recopilación de las mallas en sus respectivas facultades de origen, mientras que la Unidad de Red de Comunicaciones será responsable de estandarizar los formatos e incorporarlos en su portal institucional; cabe precisar que para ello cuenta con un presupuesto de siete mil cuatrocientos ochenta y cuatro soles (S/ 7 484);
Que, en dicha línea, la Universidad convocó a una comisión conformada por los decanos de las facultades; la cual viene revisando y actualizando las referidas cuarenta y cuatro (44) mallas curriculares observadas en el IRD.
La mencionada comisión contrataría los servicios de una consultoría que preste los servicios de adecuación de las mallas, las mismas que serán validadas por las escuelas profesionales y seguirá el procedimiento de aprobación que establece la Ley Universitaria, contando con un presupuesto de un millón setecientos noventa y seis mil ochocientos cincuenta y nueve y 87/100 soles (S/ 1 796
859,87);
2. Implementación de infraestructura adecuada en las instalaciones de la Universidad Que, la Universidad se encuentra formulando el plan de seguridad, así como los protocolos de almacenamiento y gestión de sustancias peligrosas, lo cual implica la contratación de un servicio para disposición de residuos y la conformación de un comité de seguridad biológica, química y radiológica;
Que, para la elaboración de los planes de seguridad y disposición de residuos la Universidad encargó el diseño de la propuesta a la Unidad de Ingeniería y Obras, la misma que solicitará a la Unidad de Logística la contratación de un consultor especializado en los mencionados planes;
se constituirá un comité evaluador para los procesos de selección, y tendrá un costo de ochocientos cinco mil cuatrocientos dieciséis soles (S/ 805 416);
Que, una vez finalizados los planes de seguridad y la consultoría de diagnóstico, se procederá a la implementación de las actividades propuestas, las mismas que están encargadas a la comisión ad hoc.
Las actividades se centrarán en la capacitación de los comités de seguridad y la contratación de la empresa para el tratamiento y disposición de residuos; cuenta con un presupuesto de veintiocho mil veinte soles (S/ 28 020);
Que, para formular los protocolos de seguridad de los ciento ochenta y seis (186) laboratorios con los que cuenta siguieron los mismos procedimientos que en los planes de seguridad de la Universidad. La Unidad de Ingeniería y Obras elaborará los términos de referencia para la contratación de una consultoría que elabore los protocolos y estándares de seguridad para cada uno de los laboratorios; cuenta con un presupuesto de ciento veinticuatro mil trescientos veintiún soles (S/ 124 321);
Que, luego de ello se conformará una comisión ad hoc compuesta por decanos para implementar y monitorear los protocolos. Esta comisión deberá emitir un informe que valide los protocolos, los mismos que deberán ser aprobados en Consejo Universitario;
contarán con un presupuesto de doscientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta (S/ 253 250) para realizar sus actividades;
Que, ciento ochenta y seis (186) laboratorios serán modernizados con obras de remodelación y equipamiento, cuyo presupuesto destinado es de dos millones quinientos dos mil soles (S/ 2 502 000).
Asimismo, los ambientes para docentes también serán modernizados, siendo las actividades dirigidas por la Unidad de Ingeniería y Obras y cuentan con un presupuesto de un millón cuatrocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta (S/ 1 444 660);
Que, respecto al Plan de Mantenimiento, la Universidad contó con un presupuesto de cinco millones de soles (S/ 5
000 000) durante el año 2016. Al respecto, la Universidad propone hacer mejoras al citado Plan y actualizarlo, cuya tarea ha sido encomendada a la Unidad de Ingeniería y Obras y la Unidad de Presupuesto;
Que, el Vicerrectorado Académico y la Unidad de Presupuesto implementó acciones administrativas para la contratación de una empresa prestadora de servicios de seguridad, contando con un presupuesto de ciento setenta y siete mil ochenta soles (S/ 177 080) para el año 2016. En el PDA presentado por la Universidad informó que viene realizando acciones para la celebración de un nuevo contrato con una empresa prestadora de servicios de seguridad;
3. Sostenibilidad de la Política de Investigación Que, la Universidad tiene observaciones formales en dos (2) indicadores de las CBC referidas a la investigación, en ambos casos se encargó al Vicerrectorado de Investigación el levantamiento de las observaciones, las mismas que versan sobre la actualización de los perfiles DINA de los docentes declarados como investigadores en los formatos de licenciamiento y actualizar el repositorio Alicia de Concytec, incorporando la producción científica de la Universidad en su base de datos digital;
4. Servicios complementarios de bienestar estudiantil Que, en lo referente a los servicios de tópico, la Universidad a través de la Unidad de Bienestar tiene previsto la implementación de ocho (8) ambientes destinados a ser tópicos de salud en los locales conducentes a grado académico, con una inversión total
de doscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta soles (S/ 264 440). Esto incluye la implementación del ambiente, los insumos, mobiliarios y personal capacitado por la Dirección Regional de Salud del Cusco;
Que, respecto a los servicios sociales, en el IRD
se efectuó la observación en cuanto al presupuesto asignado para el año 2016, toda vez que no especificaba la distribución entre la sede y las filiales para dicho gasto. En tal sentido, las actividades del PDA proponen que la Unidad de Presupuesto evalúe e identifique a las filiales que no cuentan con los servicios de bienestar operativos, para ello asignó un monto que incluye el diagnóstico y posterior mejora de servicios a través de capacitaciones y acondicionamiento de ambientes;
Que, para el desarrollo de las disciplinas deportivas, la Universidad contaba con un presupuesto aprobado de ciento noventa y nueve mil cincuenta soles (S/ 199
050) para el año 2016; sin embargo, no demostraba la promoción de al menos tres (3) disciplinas deportivas como indican las CBC. Con la finalidad de subsanar esta situación, la Dirección de Bienestar y Responsabilidad Social y la Unidad de Presupuesto proponen la firma de un convenio con el Instituto Peruano del Deporte (IPD), así como la actualización del reglamento deportivo en el marco de la Ley Universitaria;
Que, respecto al desarrollo de servicios culturales, la Universidad propone que la Dirección de Responsabilidad Social realice una evaluación en la sede y las filiales sobre las necesidades presupuestales que tendrían estas para el desarrollo de las actividades culturales.
Además, propone la celebración de convenios con los municipios provinciales y la puesta en marcha de centros culturales en cada filial; cabe precisar que como producto se presentará un informe acerca de las condiciones para desarrollar actividades culturales y contarán con un presupuesto de diez mil ochocientos cincuenta y siete soles (S/ 10 857);
Que, la Dirección de Registro y Servicios Académicos es la encargada de elaborar el Plan de Seguimiento al graduado, así como de construir las estadísticas de los graduados por programa de estudios y género; se asignó un presupuesto de dos mil seiscientos treinta soles (S/ 2
630);
II.3 Conclusiones de la evaluación del PDA
Que, el Plan de Adecuación presentado por la Universidad está orientado a levantar las observaciones desfavorables del IRD, por lo que se puede concluir lo siguiente:
Que, la estrategia del PDA de la Universidad se centra en la adecuación de su normativa, procedimientos e instrumentos de gestión a la Ley Universitaria, cumpliéndose el criterio de coherencia en la información;
Que, la Universidad buscará gestionar y ejecutar proyectos de inversión para potenciar y modernizar toda la infraestructura para ambientes de docentes, laboratorios y sistemas operativos que dan soporte a los servicios educativos de la universidad (que dan funcionamiento a los locales de la universidad) cumpliéndose el criterio de sostenibilidad;
Que, la Universidad propone una reformulación de la política de bienestar estudiantil, orientada a la mejora y expansión de los servicios complementarios en su sede y filiales;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, se advierte que la propuesta de PDA es consistente en su diseño a fin de cumplir con el levantamiento de las observaciones en el IRD;
Que, en virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13 numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Universitaria, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, el artículo 12 del Reglamento Licenciamiento, aprobado mediante la Resolución Nº 008-2017-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, a lo acordado en la sesión SCD Nº 042-2017 del Consejo Directivo; y contando con el visado de la Dirección de Licenciamiento;
SE RESUELVE:
Primero.- APROBAR el Plan de Adecuación presentado por la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco.
Segundo.- ESTABLECER que el 4 de mayo de 2018 la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, presente la documentación que acredite la ejecución y cumplimiento del Plan de Adecuación, de acuerdo al cronograma presentado y REQUERIR que la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco reporte a la Dirección de Licenciamiento la ejecución de los avances de su Plan de Adecuación cada cuarenta y cinco (45)
días calendario hasta la culminación del cronograma propuesto.
Tercero.- RECOMENDAR que la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco una vez terminada la actualización de sus docentes investigadores en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores - DINA, realicen las gestiones necesarias para inscribir a dichos docentes en el Registro de Investigadores en Ciencia y Tecnología - REGINA del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco.
Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LORENA DE GUADALUPE MASÍAS QUIROGA
Presidenta del Consejo Directivo de la Sunedu
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