11/28/2017

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 072-2017-SUNEDU/CD Aprueban Plan de Adecuación presentado por

Aprueban Plan de Adecuación presentado por la Universidad Nacional Agraria de la Selva RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 072-2017-SUNEDU/CD Lima, 27 de noviembre de 2017 I. VISTOS: La presentación del Plan de Adecuación con registros de trámite documentario Nº 25978-2017-SUNEDU-TD y Nº 035143-2017-SUNEDU-TD, el 24 de julio de 2017 y el 3 de octubre de 2017, respectivamente, por la Universidad Nacional Agraria de la Selva (en adelante, la Universidad); y, el Informe Técnico de Evaluación del Plan de
Aprueban Plan de Adecuación presentado por la Universidad Nacional Agraria de la Selva
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 072-2017-SUNEDU/CD
Lima, 27 de noviembre de 2017
I. VISTOS:

La presentación del Plan de Adecuación con registros de trámite documentario Nº 25978-2017-SUNEDU-TD y Nº 035143-2017-SUNEDU-TD, el 24 de julio de 2017 y el 3 de octubre de 2017, respectivamente, por la Universidad Nacional Agraria de la Selva (en adelante, la Universidad); y, el Informe Técnico de Evaluación del Plan de Adecuación Nº 160-2017-SUNEDU/DILIC-EV de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y,
II. CONSIDERANDO:

II.1 Antecedentes Que, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC)
para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento;

Que, los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo la de aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades;

Que, mediante Resolución Nº 006-2015-SUNEDU/ CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano", que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del Proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional 1
;

Que, por Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD se aprobó el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional para universidades públicas o privadas, vigente al inicio del presente procedimiento administrativo 2
;

1
Publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 24 de noviembre de 2015.

2
Publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 3 de diciembre de 2015, el mismo que fue derogado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD del 14 de marzo de 2017, que aprobó el Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, vigente a la fecha.

Que, el 12 de agosto de 2016, la Universidad presentó su solicitud de licenciamiento institucional (en adelante,
SLI);

Que, mediante Informe Nº 159-2016-SUNEDU/DILIC-EV el 31 de octubre de 2016, el equipo a cargo de la revisión documentaria presentó las observaciones a la documentación presentada en la SLI. En ese sentido, el 7 de noviembre de 2016 se notificó a la Universidad el anexo que contenía las mismas mediante el Oficio Nº 410-2016-SUNEDU/02-12, ante lo cual el 6 de diciembre de 2016, la Universidad presentó el Oficio Nº 479-2016-R-UNASTM con el objetivo de levantar las observaciones del procedimiento de licenciamiento;

Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD del 8 de marzo de 2017, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó las "Medidas de simplificación administrativa para el licenciamiento institucional" y el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento), derogándose la Resolución del Consejo Directivo Nº 007-2015-SUNEDU/CD;

Que, el 31 de mayo del 2017, se emitió el Informe de Revisión Documentaria Nº 083-2017/SUNEDU-02-12 (en adelante, IRD) en el cual se determinó que la SLI de la Universidad no cumplía con todas las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC). El 6 de junio del 2017, mediante Oficio Nº 324-2017-SUNEDU/02-12, se informó a la Universidad el resultado de la evaluación y se requirió que, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, presente un Plan de Adecuación (en adelante,
PDA);

Que, el PDA es el instrumento que permite que las universidades establezcan y ejecuten un plan de actividades conducentes al cumplimiento de las CBC y no debe exceder el plazo máximo del periodo de adecuación establecido 3
. De conformidad con lo establecido por el artículo 11 del Reglamento, el contenido mínimo 4 de un PDA es el siguiente: (i) descripción detallada de las actividades para el cumplimiento de los indicadores observados; (ii) cronograma de trabajo para la subsanación de las observaciones, que contenga justificación del plazo propuesto, el cual no debe superar el plazo de adecuación previsto en el reglamento; (iii)
presupuesto proyectado que debe contener: costos estimados, área(s) responsable(s) de su ejecución; y, (iv) plan de financiamiento. El PDA debe cumplir con los criterios de evaluación y es aprobado por el Consejo Directivo de la Sunedu;

Que, mediante Oficio Nº 176/2017-DICA-UNAS del 24 de julio de 2017, la Universidad presentó su PDA;

Que, mediante Oficio Nº 391/2017-R-UNASTM del 3 de octubre de 2017, la Universidad remitió una segunda versión de PDA;

Que, el 14 de noviembre de 2017, la Dilic emitió el Informe Técnico de Evaluación del Plan de Adecuación Nº 160-2017/SUNEDU-02-12, con opinión favorable, elevándose al Consejo Directivo para discutir su aprobación;

II.2 Análisis del PDA presentado por la Universidad Que, la evaluación del PDA se realiza sobre la base de los criterios de consistencia, pertinencia, coherencia y sostenibilidad. La consistencia implica que el PDA
debe establecer resultados específicos y medibles, su realización debe ser factible con los recursos institucionales asignados, en el tiempo previsto por la propia Universidad y debe responder a las observaciones detectadas en la evaluación de CBC. Para ello, se tiene en cuenta la estrategia organizacional, la pertinencia de los objetivos propuestos y la coherencia y sostenibilidad de los cursos de acciones a desarrollar;

Que, la Universidad ha planteado cinco (5) objetivos a alcanzar, sobre la base de las observaciones del IRD y con miras a alcanzar los resultados esperados, conforme a los criterios de análisis propuestos para lo cual ha establecido un presupuesto que se encuentra comprometido;

Que, de acuerdo a la evaluación realizada por la Dilic, se ha verificado lo siguiente: (i) Pertinencia de los objetivos propuestos Que, conforme se ha señalado a la Universidad se le requirió la presentación de un PDA en la etapa de revisión documentaria, toda vez que, al finalizar esta etapa, la misma contaba con trece (13) indicadores favorables de los cuarenta (40) indicadores que le son exigibles para el cumplimiento de la matriz de CBC;

Que, la Universidad organiza su PDA con la finalidad de alcanzar cinco (5) objetivos obtenidos sobre la base de las observaciones del IRD: (i) política de calidad, (ii)
recursos para la enseñanza y la investigación, (iii) gestión académica; (iv) política de investigación; y, (v) temas vinculados a la gestión institucional (entre los cuales se consideran los servicios complementarios de bienestar e inserción laboral);

Que, la Universidad incurrió en algunos errores formales en la formulación de estos resultados; sin embargo, se observa que los objetivos y acciones programadas conllevan a subsanar las observaciones realizadas durante la revisión documentaria;

Respecto a la gestión institucional Que, en relación a la consistencia de la gestión institucional, la Universidad fue observada durante la revisión documentaria por presentar planes (de gestión de la calidad y de gestión ambiental) que no velaban por la mejora académica continua. Asimismo, la Universidad tampoco logró demostrar la existencia de sistemas de información ni la disponibilidad de información relevante y veraz vinculada a la gestión publicada en su portal institucional;

Que, en atención a ello, la Universidad se plantea como objetivos del eje "política de calidad" gestionar la calidad del servicio educativo y de las políticas ambientales, contar con sistemas de información en apoyo al cumplimiento de los objetivos estratégicos planteados y asegurar la transparencia en el acceso a información institucional.

En ese sentido, los objetivos planteados y los resultados conducen al cumplimiento de las CBC;

Respecto a los recursos para la enseñanza e investigación Que, con relación a la pertinencia de los recursos para la enseñanza e investigación, la Universidad fue observada por no demostrar la titularidad sobre el local en el que brinda el servicio educativo, así como por no acreditar la existencia de laboratorios para los programas de posgrado ni de Ingeniería Mecánica Eléctrica. Por otro lado, ninguno de los laboratorios declarados contaba con planes de seguridad ni planes para la gestión de sustancias infl amables y/o peligrosas generadas por los ambientes declarados; asimismo, no fue posible corroborar la existencia de ambientes con suficiente aforo y equipamiento para recibir a los docentes a tiempo completo;

Que, del mismo modo la Universidad no acreditó la existencia de bibliografía disponible para los alumnos del programa de Ingeniería Mecánica Eléctrica y se evidenció que su registro de recursos bibliográficos es incompleto.

Tampoco se pudo corroborar la existencia de docentes especializados en dicha área que llevaran a cabo las tareas de enseñanza e investigación para este programa de estudios;

3
El plazo de adecuación de las CBC para universidades con autorización provisional o definitiva fue ampliado hasta el 31 de julio de 2018, de acuerdo a la Resolución del Consejo Directivo Nº 017-2017-SUNEDU/CD, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 20 de mayo de 2017.

4
Cabe precisar que en el artículo 15 del Reglamento de Licenciamiento se señalan los documentos que deben adjuntar las universidades en su SLI. Al respecto, es preciso mencionar que los requisitos consisten en la exigencia de presentar cierta documentación o suministrar información para dar inicio a un procedimiento determinado; mientras que, las condiciones son aquellas exigencias, requeridas una vez admitida a trámite la solicitud, que consisten en el cumplimiento de determinados factores y/o realización de actuaciones por parte de los administrados, a fin de otorgar el acto administrativo solicitado, como son las condiciones básicas de calidad establecidas en el Modelo de Licenciamiento.

Que, en este sentido, la Universidad se plantea como objetivos del eje "recursos para la enseñanza e investigación": (i) garantizar a los estudiantes laboratorios y talleres de enseñanza que cumplan con las CBC; (ii) asegurar la disponibilidad de infraestructura y equipamiento, los cuales se encuentren en condiciones que permitan ofrecer un adecuado servicio educativo; (iii) disponer de planes de seguridad de laboratorios y talleres de los programas de estudio de la Universidad; (iv) gestionar con las instancias correspondientes la disposición adecuada de los residuos sólidos y líquidos peligrosos de laboratorios y talleres; y, (v) ejecutar protocolos de seguridad en laboratorios y talleres de los programas de estudio para brindar un servicio de calidad;

Que, asimismo, la Universidad se propone garantizar la disponibilidad de docentes especializados para el programa de Ingeniería Mecánica Eléctrica, así como contar con material bibliográfico actualizado de consulta para los estudiantes de todos los programas de estudios de la Universidad;

Respecto a la gestión académica Que, en relación con la consistencia de la gestión académica, la Universidad fue observada por no contar con reglamentos de admisión y de grados y títulos alineados con la Ley Universitaria o que no respondían a las necesidades de su oferta. La información sobre los programas de estudios presentados se encontraba incompleta o era inconsistente con los formatos de licenciamiento y otros medios de verificación;

Que, por otro lado, la Universidad no precisaba cuáles eran los mecanismos y procedimientos para la selección, evaluación periódica del desempeño y ratificación de sus docentes; ni tampoco contaba con un documento que contenga mecanismos y planes de ejecución para su capacitación anual;

Que, en atención a ello, la Universidad se plantea como objetivos: (i) contar con planes de estudio actualizados para todos los programas de pregrado y posgrado, de acuerdo a la normatividad vigente; (ii) contar con procesos de admisión y obtención de grados académicos acordes a la normatividad vigente para todos los programas de estudio; (iii) disponer de procedimientos para la selección, evaluación periódica del desempeño y ratificación de los docentes ordinarios, extraordinarios y contratados;
y, (iv) disponer de mecanismos y/o procedimientos de capacitación anual de los docentes;

Respecto a la política de investigación Que, con relación a la consistencia de la política de investigación, la Universidad fue observada debido a que los instrumentos normativos de investigación no precisaban cuales eran los procedimientos para el fomento y realización de la investigación, ni tampoco los criterios para la evaluación y el financiamiento de los proyectos de investigación. Por otro lado, si bien la Universidad había demostrado la existencia de líneas y proyectos de investigación vinculados a la mayoría de áreas de conocimiento en las que se encuentran sus programas de estudio, así como financiamiento propio para llevarlos a cabo, este no era el caso para el área de Ingeniería Mecánica Eléctrica, donde la Universidad no declaró contar con líneas de investigación definidas. Asimismo, el registro de proyectos de investigación presentado se encontraba incompleto;

Que, en atención a ello, la Universidad se propone como objetivos del eje de investigación (i) gestionar la adjudicación y monitoreo de fondos y trabajos de investigación, de manera que permitan una gestión adecuada a la misma; (ii) actualizar el registro de proyectos; y (iii) aportar al desarrollo local a través de la generación de conocimiento en líneas de investigación vinculadas al área de Ingeniería Mecánica Eléctrica;

Respecto a la política de bienestar estudiantil Que, con relación a la política de bienestar estudiantil, la Universidad fue observada debido a que no demostraba la disponibilidad de servicios pedagógicos en su sede. Asimismo, en lo referente a las políticas de seguimiento al estudiante y al egresado, no demostraba la existencia de un Plan de Seguimiento al Graduado con recursos asignados para su implementación ni de un registro actualizado de egresados para todos los programas académicos existentes. Tampoco contaba con una plataforma virtual de bolsa de trabajo que facilite la inserción laboral de los estudiantes;

Que, frente a ello, la Universidad se propone como objetivo fortalecer la gestión de los servicios de bienestar asegurando su disponibilidad y pertinencia para toda la comunidad universitaria; realizar el seguimiento a los egresados de todos los programas de estudio y apoyar a los estudiantes y egresados de la Universidad a insertarse en el mercado laboral;

Que, se observa que los objetivos planteados, y los resultados vinculados, conducen al levantamiento de las observaciones realizadas durante la revisión documentaria. En relación a su formulación, luego de efectuadas las correcciones, se corrobora que los objetivos y resultados son consistentes; (ii) Coherencia de las acciones a desarrollar Que, las actividades planteadas por la Universidad en su PDA tienen una duración de quince (15) meses, desde mayo del 2017 hasta julio del 2018. Si bien existen algunas actividades cuya ejecución se extiende por todo el 2018, estas corresponden a la ejecución de planes de mantenimiento o de implementación, que estarían formulados como tales en el mes de julio, los cuales contienen medios de verificación para subsanar las observaciones realizadas;

Que, respecto a la coherencia de los cursos de acción, en la matriz presentada por la Universidad se encontraron algunas incongruencias, en tanto no se diferencian las categorías como "acciones a desarrollar" con "actividades a ejecutar", existe duplicidad de las actividades vinculadas a un indicador en otro o poca claridad en la formulación de los objetivos, acciones o resultados observables.

Sin embargo, algunas de estas observaciones fueron resueltas por la Universidad, y las acciones matrices a desarrollar y las actividades propuestas llevarían al cumplimiento de los objetivos y a la consecución de los resultados;

Que, en términos de sostenibilidad de las actividades planteadas, se verifica que la Universidad ha asignado a cada una de las actividades, oficinas responsables con existencia orgánica al interior de la Universidad.

Asimismo, ha destinado a su desarrollo un monto total de veintidós millones trescientos diecisiete mil catorce (S/ 22
317 014) soles;

Que, resulta pertinente evaluar las actividades que la Universidad plantea para conseguir estos objetivos, por lo que se efectuará un análisis detallado de cada uno de los objetivos propuestos por la Universidad;

Respecto a la Política de Calidad Que, en relación con la elaboración de instrumentos de planificación, como lo son: el Plan de Gestión de la Calidad Institucional y el Plan de Protección del Medio Ambiente, la Universidad contratará los servicios de una consultora que será responsable de hacer el diagnóstico situacional de la Universidad en ambas materias y se encargará de formular los documentos de planificación;

Que, posteriormente, estos documentos serán discutidos en talleres internos con otros miembros de la comunidad universitaria para luego ser aprobados por el Consejo Universitario y publicados en su portal institucional;

Que, el monto de contratación de la consultoría será de veinte mil (S/ 20 000) soles para la elaboración del Plan de Gestión de la Calidad Institucional (SGS) y de diez mil (S/ 10 000) soles para la elaboración del Plan de Protección del Medio Ambiente, el cual provendrá de recursos ordinarios y será ejecutado entre octubre y diciembre del 2017. No obstante, la Universidad no ha planificado ni dedicado recursos a la ejecución de ninguno de estos planes en su PDA, por lo que corresponde requerir a la Universidad informe a la Dirección de
Licenciamiento cuáles son las actividades y recursos a utilizar para dichos fines;

Que, respecto a los sistemas de gestión de la información, la Universidad se plantea implementar tres sistemas de información: académico, de docentes y de pagos virtuales. Al respecto, en la revisión documentaria se observó que los referidos sistemas no contaban con todas las funcionalidades. En ese sentido, la Universidad ha designado responsables a fin de que realicen las innovaciones correspondientes, encontrándose a cargo del Centro de Tecnología de Información y Comunicación, quienes usarán recursos que ascienden a diez mil quinientos sesenta (S/ 10
560) soles por cada uno de los sistemas, además de los otros costos administrativos menores que las referidas actividades involucren, la implementación de estos sistemas de información culminaría en mayo del 2018;

Que, en relación con los mecanismos de transparencia, la Universidad se ha propuesto actualizar en su portal institucional la información concerniente a la gestión institucional y académica, tarea que estará también a cargo del Centro de Tecnología de Información y Comunicación y será llevado a cabo hasta noviembre del 2017. Con la finalidad de mantener estas prácticas en el futuro, la Universidad se plantea la elaboración de procedimientos de publicación y validación de la información académica y administrativa;

Que, respecto a la estrategia operativa programada para los objetivos vinculados al eje "política de calidad" se observa que la Universidad ha planificado actividades que son coherentes a los objetivos planteados, así como una asignación de recursos y responsabilidades que responde a su realidad financiera y organización institucional;

Respecto a los Recursos para la Enseñanza y la Investigación Recursos de Infraestructura Que, para demostrar la exclusividad del uso de su sede, la Universidad se propone regularizar la dirección del local ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) y a sus partidas registrales, con la finalidad de realizar dicha actividad ha asignado un monto aproximado de dos mil (S/ 2 000) soles a ser ejecutados en noviembre del 2017;

Que, en relación con el objetivo de garantizar a los estudiantes de todos los programas académicos el acceso a laboratorios y talleres apropiados para su especialidad, la Universidad se ha propuesto, en primer lugar, hacer un diagnóstico de la situación del equipamiento de laboratorios y talleres, para luego implementar medidas de mejoramiento que involucran la reposición del equipamiento en mal estado, la elaboración de un proyecto de implementación de laboratorios para la especialidad de Ingeniería de Mecánica Eléctrica;

Que, de acuerdo a la documentación presentada, la reposición de equipamiento se llevará a cabo principalmente en los laboratorios de las facultades de agronomía, zootecnia y de recursos naturales renovables, en las que muchos de los equipos se encontraban en mal estado. El monto total asignado a esta actividad es de dos millones trescientos sesenta y cinco mil novecientos cuatro (S/ 2 365 904) soles y provendrá de la transferencia hecha por el Ministerio de Educación en el año 2017 correspondiente a los primeros dos tramos de los compromisos de gestión. Esta tarea estará bajo la supervisión de la Dirección General de Administración y las escuelas profesionales involucradas, hasta diciembre del 2017;

Que, para la implementación de nuevos laboratorios para el programa de Ingeniería de Mecánica Eléctrica, la Universidad elaboró un proyecto multianual de inversión en infraestructura y equipamiento que ascendería a un monto total de nueve millones (S/ 9 000 000) de soles, que incluiría la construcción e implementación de veinte (20)
nuevos laboratorios y cuya ejecución está programada para abril de 2018;

Que, para el caso de aquellos programas de posgrado y de finanzas que no habían sido asignados con laboratorios en la presentación de la SLI, la Universidad confirma que dichos laboratorios existen;

Que, respecto al objetivo de mantener infraestructura en buenas condiciones, la Universidad se plantea la elaboración de un plan de mantenimiento anual para el 2018 a cargo de la Dirección de Mantenimiento, cuya ejecución comprometerá un monto de casi seis millones (S/ 6 000 000) de soles proveniente de los recursos ordinarios;

Que, en relación al objetivo de disponer de planes de seguridad en todos los laboratorios y talleres, la Universidad se plantea contratar una consultoría para elaborar dichos planes de seguridad, para lo cual presupuesta un monto total de treinta mil (S/ 30 000) soles, los cuales provendrán de los recursos ordinarios y serán ejecutados durante el 2017. Además de la aprobación y publicación de estos documentos, la Universidad se plantea llevar a cabo acciones para que esos planes se pongan en práctica a través de la adquisición de equipos de protección personal (EPP) y la organización de capacitaciones al equipo docente y técnico, por un monto total de setenta mil (S/ 70 000) soles, resultando importante que se desagregue dicho monto en cada una de estas actividades y se indique la genérica de gasto que le corresponde;

Que, con el objetivo de gestionar la disposición de residuos sólidos y líquidos peligrosos, la Universidad plantea, en primer lugar, la contratación de una consultoría encargada de establecer un plan para la gestión de estos residuos, como parte de un plan más amplio de manejo ambiental. Según las cotizaciones enviadas por la institución como parte de su PDA, dicha consultoría comprometería un monto de treinta mil doscientos (S/ 30 200) soles, monto mayor al proyectado en la matriz de planificación del PDA, en ese sentido se recomienda a la Universidad hacer la precisión de este monto en su PDA;

Que, teniendo como base esta consultoría, la Universidad estaría en la capacidad de poder elegir a la empresa a contratar para la disposición de residuos sólidos y líquidos peligrosos. No obstante, ambas actividades no podrían llevarse a cabo en las mismas fechas, por lo que resulta pertinente requerir a la Universidad cumpla con precisar la fecha en la cual efectuará la contratación de la empresa que gestionará la disposición de residuos sólidos y líquidos peligrosos;

Que, para contar con protocolos de seguridad para todos sus laboratorios y talleres, la Universidad contratará los servicios de una consultoría por un monto total de treinta y cinco mil (S/ 35 000) soles provenientes de los recursos ordinarios, para cuya ejecución se viene implementando un sistema de señalizaciones que estará concluido en diciembre del 2017, con un costo de quince mil (S/ 15 000) soles. Por otro lado, para el cálculo del aforo de todos estos ambientes, la Universidad contratará una consultoría por un monto total de cuarenta mil (S/ 40 000) soles y el cual espera culminar en noviembre de 2017;

Que, en relación a la implementación de espacios para docentes, la Universidad plantea acondicionar mejor los ambientes existentes, asignando un monto para esta tarea de un millón (S/ 1 000 000) de soles, a ser ejecutados hasta julio del 2018 y provenientes de sus recursos ordinarios; sin embargo, la Universidad no consigna cuál sería la partida específica de gasto de la cual esos recursos serían extraídos. En este sentido, se requiere a la Universidad cumpla con precisar en su matriz de planificación de PDA a que partida específica de gasto corresponde;

Recursos académicos Que, en relación a los recursos académicos, la Universidad fue observada por no acreditar la existencia de recursos bibliográficos para el programa de Ingeniería Mecánica Eléctrica, y porque el registro de sus recursos bibliográficos se encuentra incompleto;

Que, al respecto, la Universidad se plantea, en primer lugar, adquirir material bibliográfico para el programa de Ingeniería Mecánica Eléctrica, por un monto de once mil trescientos (S/ 11 300) soles, así como actualizar
el inventario de material bibliográfico por un monto de cincuenta y un mil (S/ 51 000) soles;

Que, en relación con los recursos docentes que llevan adelante las actividades académicas y de investigación, la Universidad fue observada por no contar con docentes especializados en Ingeniería Mecánica Eléctrica para dictar las materias vinculadas a este programa. Al respecto, la Universidad se propone contratar de manera progresiva hasta el año 2021 a veintiséis (26) docentes con grado de maestro especializados en esta área de estudios;

Que, el monto a invertir con la finalidad de efectuar la contratación de los docentes, la Universidad contará con el monto de ciento ochenta mil (S/ 180 000) soles, a ser ejecutado por la Dirección de Recursos Humanos en coordinación con la Dirección de Planificación y Presupuesto;

Que, en este sentido, respecto a la estrategia operativa programada para los objetivos vinculados al eje "Recursos para la enseñanza y la investigación" se observa que la Universidad ha planificado actividades que son coherentes a los objetivos planteados, así como una asignación de recursos y responsabilidades que responde a su realidad financiera y organización institucional;

Respecto a la Gestión Académica Que, respecto al objetivo de contar con planes de estudio adecuados a la Ley Universitaria para todos los programas de pregrado y posgrado, la Universidad ha iniciado actividades vinculadas a la actualización desde agosto de 2016, siendo supervisadas por las Escuelas profesionales correspondientes, cuya aprobación se encuentra a cargo del Consejo Universitario;

Que, la actualización de los documentos que norman el otorgamiento de grados y títulos de la Universidad a nivel de posgrado supone la adecuación del reglamento general y el estatuto, a cargo de la Asamblea Universitaria entre noviembre y diciembre del 2017. La Universidad también se propone actualizar los reglamentos para incluir los requisitos para la admisión de posgrado e incluir reglas para la admisión de personas con discapacidad, tal como es requerido por la Ley Universitaria;

Que, en relación a la formulación de mecanismos para la selección, evaluación y ratificación docente, la Universidad se propone formular un nuevo reglamento docente. Para ello, se llevará a cabo un proceso de consulta con la comunidad de docentes de la Universidad;
dicho reglamento será aprobado por el Consejo Universitario y publicado en su Portal Institucional en noviembre de 2017;

Que, para la formulación de un plan de capacitación docente, la Universidad se propone nombrar una comisión permanente de capacitación y desarrollo docente en dos niveles, a nivel de facultades quienes coordinarán con el comité a formarse a nivel del Consejo Universitario, quienes estarán a cargo de realizar talleres para la formulación del plan en ambos niveles, que será aprobado y publicado en diciembre de 2017; la Universidad cuenta con un presupuesto de doscientos sesenta y cinco mil doscientos cuarenta (S/ 265 240) soles en el 2017 para realizar estas actividades;

Que, respecto a la estrategia operativa programada para los objetivos vinculados al eje "Gestión académica", se observa que la Universidad ha planificado actividades acordes con los objetivos planteados, así como una asignación de recursos y responsabilidades que responde a su realidad financiera y organización institucional;

Respecto a la política de investigación Que, la Universidad efectuará una primera definición de los mecanismos de gestión, adjudicación y monitoreo de fondos de investigación, a fin de someterla a discusión con la comunidad universitaria a través de talleres.

De este modo, los reglamentos comprometerán un diseño participativo; y el seguimiento estará a cargo del Vicerrectorado de Investigación;

Que, la Universidad se propone elaborar un registro de proyectos de investigación de los últimos dos años, que precise los objetivos generales y específicos, recursos humanos, cronograma, presupuesto, entidad que financia y los productos finales que emergen de ellos. Esta actividad estará a cargo de la Dirección de Investigación y se completará en el mes de diciembre del 2017;

Que, en relación a las líneas de investigación, la Universidad propone actividades referidas a la definición de líneas para el programa de Ingeniería Mecánica Eléctrica y la de los objetivos para cada una de ellas a través de talleres participativos, organizados por los Consejos de Facultad;

Que, la Universidad se planteada actualizar los perfiles del Directorio Nacional de investigadores (DINA) de los docentes, con la finalidad de visibilizar su producción científica y académica. La Dirección de Recursos Humanos y el Vicerrectorado de Investigación coordinarán para cumplir con lo propuesto entre noviembre y diciembre del 2017;

Que, respecto a la estrategia operativa programada para los objetivos vinculados al eje "Política de investigación" se observa que la Universidad ha planificado actividades que son acordes a los objetivos planteados, así como una asignación de recursos y responsabilidades que responde a su realidad financiera y organización institucional;

Respecto a los temas de Gestión Institucional (Servicios Complementarios y de Inserción Laboral)
Que, en relación con el objetivo de implementar el área de psicopedagogía, la Universidad se plantea principalmente la creación oficial de dicha unidad en diciembre del 2017, lo que incluye la contratación de personal especializado para ocuparse de estas tareas;

Que, en cuanto al seguimiento a los egresados de todos los programas de estudio, la Universidad se propone a través de su Oficina de Calidad elaborar un plan de seguimiento de egresados para el 2018, el cual sería aprobado y publicado en noviembre de 2017 y comprometerá en su ejecución un total de ocho mil (S/ 8
000) soles;

Que, asimismo, la Universidad plantea mantener un registro actualizado de egresados para todos los programas de estudio, lo cual requiere la elaboración de un documento que regule este registro, así como la actualización del mismo, tarea que se completará en noviembre del 2017 bajo el liderazgo de la Escuela de Posgrado;

Que, la Universidad se propone implementar una plataforma virtual de bolsa de trabajo que facilite la vinculación entre estudiantes y egresados con los potenciales empleadores. El presupuesto destinado a estas actividades es de diez mil quinientos sesenta (S/ 10 560) soles, los cuales provendrán de recursos ordinarios, y tales actividades se finalizarán en mayo del 2018;

Que, respecto a la estrategia operativa programada para los objetivos vinculados al eje "Temas vinculados a la gestión institucional" se observa que la Universidad ha planificado actividades que son acordes a los objetivos planteados, así como una asignación de recursos y responsabilidades que responde a su realidad financiera y organización institucional; (iii) Sostenibilidad de las acciones programadas Que, la Universidad cuenta con recursos para ejecutar las tareas propuestas en su PDA. Lo señalado se puede evidenciar al contrastar los montos asignados en el presupuesto del PDA a cada una de las actividades ejecutadas en el 2017, y los montos disponibles para dichas partidas en ese mismo período. El costo de las actividades programadas está por debajo del saldo del Presupuesto Institucional Modificado (PIM) existente a la fecha;

Que, respecto al cumplimiento de los compromisos de gestión adquiridos con el Ministerio de Educación en el 2016 han sido renovados en el período 2017 a través de una transferencia de partidas para dicho año fiscal a favor de la Universidad. Estos compromisos
de gestión asumidos por la Universidad comprometen recursos en materias que son sensibles a la ejecución de las actividades del PDA, como son el mantenimiento, reposición y operación de equipos y el mejoramiento de los servicios de tecnologías de información;

Que, en el año 2018, la Universidad tiene planeado ejecutar actividades por un monto de diecinueve millones (S/ 19 000 000) de soles vinculados a la implementación de laboratorios de Ingeniería Mecánica Eléctrica, la contratación de docentes especializados y el mantenimiento de infraestructura. Para llevarlas a cabo, la Universidad se sostendrá con recursos provenientes de sus proyectos de inversión multianual, aprobados para el 2018, 2019, y 2020, los cuales se encuentran vinculados al mejoramiento de la infraestructura, laboratorios y servicios académicos;

Que, en ese sentido, se observa que la Universidad ha tomado en cuenta la disposición de recursos en su presupuesto para plantear una propuesta real y de proyección sostenible;

II.3 Conclusiones de la evaluación del PDA
Que, el PDA presentado por la Universidad está orientado a levantar las observaciones desfavorables del IRD, por lo que se puede concluir lo siguiente:

Que, respecto a la pertinencia de los objetivos propuestos, se verifica que los objetivos y resultados planteados por la Universidad en su PDA permitirán la subsanación de las observaciones realizadas durante la revisión documentaria;

Que, respecto a la coherencia de los cursos de acción propuestos, se verifica que la Universidad ha planificado actividades que son coherentes a los objetivos planteados, y ha asignado recursos y responsabilidades que permiten su consecución;

Que, respecto a la sostenibilidad de acciones programadas, se verifica que la Universidad cuenta con los recursos institucionales y financieros que le permitirán llevar a cabo la planificación propuesta en su PDA de una manera sostenible;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, se advierte que la propuesta de PDA es consistente, tanto en su diseño interno para un proceso de implementación como para el levantamiento de las observaciones señaladas en el IRD;

Que, en virtud de lo expuesto, y estando a lo dispuesto en el artículo 13 numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Universitaria, el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, el artículo 12 del Reglamento Licenciamiento, aprobado mediante la Resolución Nº 008-2017-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, a lo acordado en la sesión SCD Nº 045-2017 del Consejo Directivo; y contando con el visado de la Dirección de Licenciamiento;

SE RESUELVE:

Primero.- APROBAR el Plan de Adecuación presentado por la Universidad Nacional Agraria de la Selva.

Segundo.- ESTABLECER que el 31 de julio de 2018 la Universidad Nacional Agraria de la Selva presente la documentación que acredite la ejecución y cumplimiento del Plan de Adecuación, de acuerdo al cronograma presentado.

Tercero.- REQUERIR a la Universidad Nacional Agraria de la Selva lo siguiente:
i. Reporte a la Dirección de Licenciamiento la ejecución de los avances de su Plan de Adecuación cada cuarenta y cinco (45) días calendario hasta la culminación del cronograma propuesto; cabe precisar que en este reporte deberá incluirse los avances vinculados a la formulación del Plan de disposición de los residuos sólidos y líquidos peligrosos, de acuerdo a los avances realizados, a las cotizaciones y tiempos planteados por la consultora a ser seleccionada;
ii. Presente documentación que acredite el avance de la ejecución de los planes de calidad y política del medio ambiente formulados; y, iii. Especifique la fuente de financiamiento y partida correspondiente sobre los recursos para la remodelación y acondicionamiento de los ambientes para docentes.

Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad Nacional Agraria de la Selva.

Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob. pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LORENA DE GUADALUPE MASÍAS QUIROGA
Presidenta del Consejo Directivo de la Sunedu

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