11/04/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1805-2017-DE/MGP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1805-2017-DE/MGP Lima, 31 de octubre de 2017 Vista, la Carta G.500-5274 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 20 de octubre de 2017; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú y la empresa CAE SimuFlite Inc., han suscrito el Contrato Nº INTER-003-2017-MGP/COMFUAVINAV, de fecha 8 de setiembre de 2017, para el servicio del Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave SH-3D, para SEIS (6) pilotos de la Marina de Guerra
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1805-2017-DE/MGP
Lima, 31 de octubre de 2017
Vista, la Carta G.500-5274 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 20 de octubre de 2017;
CONSIDERANDO:
Que, la Marina de Guerra del Perú y la empresa CAE
SimuFlite Inc., han suscrito el Contrato Nº INTER-003-2017-MGP/COMFUAVINAV, de fecha 8 de setiembre de 2017, para el servicio del Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave SH-3D, para SEIS (6) pilotos de la Marina de Guerra del Perú, habiéndose contemplado en la cláusula quinta, inciso 5.2, que la referida empresa brindará la totalidad del servicio en un plazo de SEIS (6) días calendario, a partir de la segunda quincena del mes octubre de 2017, en su Centro de Capacitación, ubicado en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia;
Que, en relación al referido contrato, mediante Carta S/N de fecha 13 de setiembre de 2017, la empresa CAE SimuFlite Inc., hace de conocimiento al Jefe de la Sub-Unidad Ejecutora 07: "Operaciones del Pacífico", la confirmación de fecha del Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave SH-3D, a realizarse del 13 al 18 de noviembre de 2017;
asimismo, indica los nombres de los SEIS (6) tripulantes designados que conformarán el grupo que participará en el mencionado curso;
Que, el Personal Naval participante, ha sido propuesto teniendo en consideración que ostentan la Segunda Especialización Profesional en Aviación Naval y de Especialización Profesional Técnica por Actividad de Tripulante Aeronaval, quienes cuentan con una gran cantidad de horas de vuelo en el modelo de aeronave, adquiriendo por ello una amplia experiencia que los habilita como dotaciones actuales de la Aeronave SH-3D;
Que, con Oficio P .1000-0271 de fecha 29 de setiembre de 2017, el Jefe de la Sub-Unidad Ejecutoria 07:
"Operaciones del Pacífico" ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Personal Naval que se indica
en la parte resolutiva de presente Resolución, para que participen en el mencionado curso; lo que permitirá obtener altos niveles de entrenamiento en períodos cortos de tiempo, elevando la autoconfianza de la tripulación;
así como, la actualización de procedimientos de vuelo, en base a las experiencias operativas propias o de terceros;
Que, de acuerdo con el documento Nº 201-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración del Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Naval que se indica a continuación, para que participen en el Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave SH-3D, a realizarse en el Centro de Capacitación de la empresa CAE SimuFlite Inc., ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, del 13 al 18 de noviembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 11 y su retorno el 19 de noviembre de 2017:
Nº Grado Nombres y Apellidos CIP. DNI.
1 Capitán de Navío David Horacio MURPHY Cafferata 00818550 15601239
2 Capitán de Navío Pedro Manuel FARFÁN Matellini 01814862 43318449
3 Capitán de Corbeta Miguel Ángel RAVELLO Asalde 00921981 40726746
4 Teniente Primero José Manuel QUESADA Andrade 00928896 43423348
5 Teniente Primero Oscar Daniel RONCAL Vergel 01023111 41578830
6 Teniente Primero Antonio GONZALES Finseth 00098243 43313760
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Estocolmo (Reino de Suecia)
- Lima US$. 6,900.00 x 6 personas US$. 41,400.00
Viáticos:
US$. 540.00 x 6 personas x 6 días US$. 19,440.00
----------------------TOTAL A PAGAR: US$. 60,840.00
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa
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