2/27/2018

ACUERDO REGIONAL N° 002-2018-GRU-CR Fijan remuneración mensual del Gobernador y Vicegobernador y

Fijan remuneración mensual del Gobernador y Vicegobernador y las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Ucayali ACUERDO REGIONAL Nº 002-2018-GRU-CR Pucallpa, doce de enero de dos mil dieciocho. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de enero de 2018, con el voto unánime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente
Fijan remuneración mensual del Gobernador y Vicegobernador y las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Ucayali
ACUERDO REGIONAL Nº 002-2018-GRU-CR
Pucallpa, doce de enero de dos mil dieciocho.

POR CUANTO:

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 12
de enero de 2018, con el voto unánime de sus miembros y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional:

Artículo Primero.- FIJAR la REMUNERACIÓN
MENSUAL DEL SEÑOR GOBERNADOR DEL GOBIERNO
REGIONAL DE UCAYALI para el periodo 2018, en la suma de 5.5 de la Unidad de Remuneración del Sector Público que equivalen a la suma de S/ 14,300.00 (Catorce Mil Trescientos Y 00/100 SOLES), mensuales conforme lo señala el artículo 4º de la Ley Nº 28212, la que se hará efectiva a partir del mes de enero del presente año.

Artículo Segundo.- FIJAR la REMUNERACIÓN
MENSUAL DEL SEÑOR VICEGOBERNADOR DEL
GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI para el periodo 2018, en la suma de S/ 7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS
Y 00/100 SOLES) mensuales, concordante con la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto para el Sector Público; la que se hará efectiva a partir del mes de enero del presente año.

Artículo Tercero.- FIJAR en la suma de S/ 4,290.00 (CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y 00/100
SOLES) mensuales, el importe que por concepto de DIETAS deberán percibir los CONSEJEROS
REGIONDEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
para el periodo 2018, en aplicación del artículo 5º de la Ley Nº 28212; la que se hará efectiva a partir del mes de enero del presente año.

Artículo Cuarto.- REMITIR el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali para los trámites administrativos correspondiente conforme a Ley.

Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional de la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario de mayor circulación de la capital de la Región, y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal en la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, publíquese y cúmplase.

FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN
Consejera Delegada Consejo Regional

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