4/11/2018

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 040-2018-DV-PE Autorizan transferencias financieras a favor

Autorizan transferencias financieras a favor de diversas entidades ejecutoras en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 040-2018-DV-PE Lima, 10 de abril de 2018 VISTO: El Memorando Nº0057-2018-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", remite el Anexo Nº 01 que detalla los proyectos, entidades
Autorizan transferencias financieras a favor de diversas entidades ejecutoras en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 040-2018-DV-PE
Lima, 10 de abril de 2018
VISTO:

El Memorando Nº0057-2018-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible -
PIRDAIS", remite el Anexo Nº 01 que detalla los proyectos, entidades ejecutoras e importes a ser transferidos, y;

CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;

Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas-
PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú-GIECOD", precisándose en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera;

Que, mediante Informe Nº 0011-2018-DV-DAT e informes complementarios, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", los mismos que cuentan con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva;

Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", en el año 2018, DEVIDA
suscribió Adendas, con d iversas Entidades Ejecutoras para la ejecución de proyectos hasta por la suma de
DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y
SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100
SOLES (S/ 16' 847,736.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencias financieras;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido las Certificaciones de Crédito Presupuestal Nº 00158, 00164, 00165, 00166, 00167, 00169, 00176, 00178, 00179, 00183, 00187, 00188 y 00189; que convalidan lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15º de la Ley Nº 30693-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, entendiéndose que estos documentos forman parte del Informe Previo Favorable-Informe Nº 002-2018-DV-OPP-UPTO, adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad a los Planes Operativos de los proyectos;

Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR las transferencias financieras hasta por la suma total de DIECISÉIS
MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL
SETECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 16, 847,736.00), para financiar los citados proyectos, a favor de las Entidades Ejecutoras que se detallan en el Anexo Nº01 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- DISPONER que las transferencias financieras autorizadas por el artículo primero de la presente resolución, se realicen con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2018 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios".

Artículo Tercero.- RATIFICAR que las Entidades Ejecutoras, bajo responsabilidad, solo destinarán los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de los proyectos descritas en el Anexo Nº 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

CARMEN MASÍAS CLAUX
Presidenta Ejecutiva
ANEXO Nº 01
PROGRAMA PRESUPUESTAL "PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE - PIRDAIS"
Nº ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DEL PROYECTO
DESEMBOLSOS HASTA S/
TOTAL POR
TRANSFERIR
1º 2º
S/ Desembolso Desembolso 1 Municipalidad Distrital Rio Tambo Mejoramiento de las capacidades técnicas-
productivas y de articulación al mercado del café a productores del valle de Santa Cruz, Distrito de Rio Tambo-Satipo-Junín 994,044 994,044
2 Municipalidad Distrital Alto Inambari Mejoramiento de servicios de apoyo al desarrollo de la cadena productiva de café en el distrito de Alto Inambari-Sandia-Puno 1,625,165 1,625,165
3
Municipalidad Distrital San Pedro de Putina Punco Mejoramiento de la cadena productiva de cafés especiales en las zonas agroecológicas de Putina Punco, Pampas De Moho, San Ignacio, Mirafl ores Lanza Y Microcuenca Del Río Pablobamba, Distrito De San Pedro De Putina Punco-Sandia-Puno 2,032,034 508,008 2,540,042
4
Municipalidad Distrital San Pedro de Putina Punco Mejoramiento del servicio transitabilidad del camino vecinal tramo Puente Nueva Esperanza-Rio San Lorenzo de Urubamba, Distrito de San Pedro de Putina Puncu-Sandia-Puno 1,220,687 1,220,687
5 Municipalidad Distrital San Gabán Mejoramiento de los servicios de transferencia tecnológica para el desarrollo agrícola del distrito San Gabán-Carabaya-Puno 1,112,901 1,112,901
6 Municipalidad Distrital Pólvora Mejoramiento del servicio de apoyo al desarrollo productivo del cultivo de café en el distrito de Pólvora-Tocache-San Martin 771,722 771,722
7 Municipalidad Distrital Pólvora Mejoramiento de capacidades para el manejo integral del cultivo de cacao en el distrito de Pólvora-
Tocache-San Martin 1,343,612 1,343,612
8 Municipalidad Distrital Canayre Recuperación de los servicios ambientales en suelos degradados mediante reforestación en los centros poblados de Santa Rosa, Canayre y Unión Mantaro, Distrito de Canayre-Huanta-Ayacucho.

722,816 722,816
9 Municipalidad Distrital Ayna Mejoramiento y recuperación de suelos degradados con forestación y reforestación en 33 comunidades, distrito de Ayna-La Mar-Ayacucho 804,017 804,017
10
Municipalidad Distrital San Juan del Oro Mejoramiento de la cadena de valor del cultivo de café de altura, en las microcuencas de Kinsacruz, Nogalani y Pablobamba Llamillami del Distrito De San Juan del Oro-Sandia-Puno 2,009,937 502,484 2,512,421
11 Municipalidad Distrital Yanahuaya Mejoramiento de la capacidad técnico productiva del café de calidad bajo el sistema agroforestal en el distrito de Yanahuaya-Sandia-Puno 1,000,101 1,000,101
{E}INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Designan Jefa de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del
INDECI
{N}RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 083-2018-INDECI
10 de abril de 2018
VISTO:

La Carta de fecha 09 de abril de 2018, presentada por el señor Rogger Eduardo Infante García;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y el Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, conformante del SINAGERD y responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 031-2018-INDECI, de fecha 06 de febrero de 2018, se designó al señor Rogger Eduardo Infante García en el cargo de Jefe de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI;

Que, mediante el documento de Vistos, el referido funcionario ha presentado su renuncia al cargo de Jefe de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, por lo que resulta conveniente aceptar la misma y en consecuencia dar por concluida la designación a que se contrae la Resolución antes citada;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el Artículo 1 de esta Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente;

Que, por Resolución Jefatural Nº 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se calificaron los cargos de confianza en el INDECI, correspondiendo tal calificación al Jefe de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del INDECI;

Que, en consecuencia, al encontrarse vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del INDECI, resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñará;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594
- Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM y en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y su modificatoria;
y con las visaciones del Secretario General y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor ROGGER EDUARDO INFANTE GARCIA, en consecuencia dar por concluida su designación en el cargo de Jefe de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo Segundo.- Designar a la señora MARIA
AMANDA PATRICIA HERNANDEZ CAMPOS, en el cargo de Jefa de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet Institucional.

Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario a los interesados, a la Oficina de Recursos Humanos y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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