7/14/2018

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 163-2018-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social DS 163-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante el Oficio Nº 105-2018-MIDIS/SG/OGPPM, solicita una demanda adicional, para financiar la atención de la prestación del servicio alimentario a estudiantes
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
DS 163-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante el Oficio Nº 105-2018-MIDIS/SG/OGPPM, solicita una demanda adicional, para financiar la atención de la prestación del servicio alimentario a estudiantes de Instituciones Educativas de la Jornada Escolar Completa de los Quintiles 1 y 2, lo que incluye el costo del servicio, equipamiento, supervisión y monitoreo, entre otros;

Que, mediante Oficio Nº 584-2018-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social actualiza el monto de la demanda adicional para el financiamiento de la prestación del servicio alimentario a los escolares de nivel secundario de la modalidad Jornada Escolar Completa (JEC), y remite el Informe Nº 231-2018/MIDIS/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de dicho Ministerio, en el cual señala que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través del Oficio Nº 726-2018-MIDIS/PNAEQW-DE, actualizó la demanda adicional para la atención de 64
931 escolares de la JEC, de 282 Instituciones escolares, para un periodo de atención de 84 días de prestación de servicios;


Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por el monto total de S/ 27 254 374,00 (VEINTISIETE

MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor de la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma del pliego 040:

Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente año fiscal;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 27 254 374,00 (VEINTISIETE
MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para atender durante 84 días a 64,931 estudiantes de 282 Instituciones Educativas de Jornada Escolar Completa de los Quintiles 1 y 2, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia : 27 254 374,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 27 254 374,00
===========
A LA: En Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 007 : Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000538 : Capacitación y Perfeccionamiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios : 201 208,00
ACTIVIDAD 5001291 : Seguimiento, Monitoreo y Evaluación FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios : 349 043,00
ACTIVIDAD 5005672 : Provisión del servicio alimentario en instituciones educativas públicas del nivel secundario FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.5 Otros Gastos : 22 043 683,00
ACTIVIDAD 5000741 : Equipamiento y reequipamiento básico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios : 4 660 440,00
------------------- TOTAL EGRESOS 27 254 374,00
===========
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a los que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas

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