11/03/2018

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 251-2018-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobierno Regional del departamento de Ica y Gobierno Regional del departamento de San Martín DS 251-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobierno Regional del departamento de Ica y Gobierno Regional del departamento de San Martín
DS 251-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011:

Ministerio de Salud;

Que, el artículo 21 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (OCHENTA MILLONES Y 00/100
SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los Gobiernos Regionales, para la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2017, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último;

Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, autoriza al Ministerio de Salud, durante el año fiscal 2018, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor del Gobierno Regional del departamento de Ica y Gobierno Regional del Callao, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y para la unidad de Neurointervencionismo del Hospital Daniel Alcides Carrión, respectivamente, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias, se aprueban mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último;



Que, mediante los Informes Nºs 572 y 595-2018-OP-OGPPM/MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor del pliego 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y a favor del pliego 459:

Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento de la primera etapa del Hospital de Moyobamba; en virtud de lo cual, el Ministerio de Salud con el Oficio Nº 3086-2018-SG/MINSA solicita dar trámite a la citada transferencia de recursos;

Que, como parte del financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y del Hospital de Moyobamba, mediante Memorando Nº 917-2018-EF/53.04, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, determina el costo para financiar la contratación de 245
servidores bajo el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativo de servicios, sobre la base de la información remitida por el Ministerio de Salud;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de S/ 3
970 001,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA
MIL UNO Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud a favor del pliego 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento de la primera etapa del Hospital de Moyobamba; en el marco de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Nº 30847 y el artículo 21 de la Ley Nº 30693, respectivamente;

De conformidad con lo establecido en el 6 de la Ley Nº 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas y el artículo 21 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

DECRETA:



Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 3 970 001,00 (TRES MILLONES
NOVECIENTOS SETENTA MIL UNO Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica, para el financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital San José de Chincha y del pliego 459: Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para el financiamiento de la operación y mantenimiento de la primera etapa del Hospital de Moyobamba, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
ACCIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTO
ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 3 970 001,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 3 970 001,00
===========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 449 : Gobierno Regional del Departamento de Ica UNIDAD EJECUTORA 401 : Hospital San José de Chincha FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 2 902 076,00
PLIEGO 459 : Gobierno Regional del Departamento de San Martín UNIDAD EJECUTORA 401 : Salud Alto Mayo FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 067 925,00
------------------- TOTAL EGRESOS 3 970 001,00
===========
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas señalada en el párrafo 1.1, se efectúa a nivel de pliego, de acuerdo al Anexo Nº 1
"Hospital San José de Chincha" y al Anexo Nº 2 "Hospital de Moyobamba", que forman parte integrante del Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
SILVIA ESTER PESSAH ELJAY
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 251-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobierno Regional del departamento de Ica y Gobierno Regional del departamento de San Martín
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 251-2018-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-11-03
  • Fecha de aplicacion : 2018-11-04

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