1/23/2019

Determinadas Facultades Delegadas Funcionarios RM 0026-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos

Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Modifican determinadas facultades delegadas en funcionarios del Ministerio mediante la R.M. Nº 0007-2019-JUS RM 0026-2019-JUS Lima, 21 de enero de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos
Modifican determinadas facultades delegadas en funcionarios del Ministerio mediante la R.M. Nº 0007-2019-JUS
RM 0026-2019-JUS
Lima, 21 de enero de 2019

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el artículo 10 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio, estableciendo que puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel;

Que, con Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS de fecha 08 de enero de 2019, se delegó facultades en el (la)
Viceministro (a) de Justicia, Viceministro (a) de Derechos Humanos, Secretario (a) General, Jefe (a) de la Oficina General de Administración, Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y Modernización y en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Recursos Humanos;


Que, de acuerdo a la Novena Disposición Complementaria Final - Vigencia y progresividad del Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el mismo entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2019, salvo los artículos 16, 17, 21, 24, 25, 26, 27, 47, 50, 51, 58, 59, 60, 64
y 77 que se implementan de manera progresiva, conforme lo determine la Dirección General de Presupuesto Público mediante Resolución Directoral;

Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del citado Decreto Legislativo, señala que:

"En tanto se implementen los artículos establecidos en la Novena Disposición Complementaria Final, los artículos respectivos de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, mantienen su vigencia.";

Que, con Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/50.1
publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de enero de 2019, se determinó la vigencia de los artículos referidos en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, señalando que el artículo 47
entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2021;

Que, en tal sentido, resulta necesario modificar la facultad delegada en el (la) Secretario (a) General en el literal f) del numeral 2.3 del artículo 2; y, la facultad delegada en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, toda vez que la delegación se efectuó considerando el artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440;

Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Administración, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en señal de conformidad;

De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modificar la facultad delegada en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el literal f) del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
f) Formalizar la aprobación de las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo con el artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, sujetándose a las limitaciones establecidas en el artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01.

Artículo 2.- Modificar la facultad delegada en el (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el literal a) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
a) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo con el artículo 40 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 2841 1 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, sujetándose a las limitaciones establecidas en el artículo 48 del Decreto Legislativo Nº 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y a lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01.

Artículo 3.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 0007-2019-JUS.

Artículo 4.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5.- Remítase la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General y a los Directores Generales y Jefes de todos los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para su conocimiento, cumplimiento y difusión.

Artículo 6.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0026-2019-JUS Modifican determinadas facultades delegadas en funcionarios del Ministerio mediante la R.M. Nº 0007-2019-JUS
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0026-2019-JUS
  • Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-01-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-24

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