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Norma Técnica Establece Procedimientos Criterios RM 137-2019-MINEDU Educacion
3/31/2019
Norma Técnica Establece Procedimientos Criterios RM 137-2019-MINEDU Educacion
Gobiernos Regionales, Educacion Aprueban la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019" RM 137-2019-MINEDU Lima, 29 de marzo de 2019 CONSIDERANDO: Que, el numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley Nº 30789, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en
Aprueban la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019"
RM 137-2019-MINEDU
Lima, 29 de marzo de 2019
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley Nº 30789, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en adelante la Ley, autoriza al Ministerio de Educación para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales hasta por el monto de S/ 248 682 587,00 (DOSCIENTOS
CUARENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS
OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE
Y 00/100 SOLES) mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, y el ministro de Educación, a propuesta de este último, para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los gobiernos regionales, conforme a lo siguiente: a) La implementación de la jornada escolar completa en las instituciones educativas públicas de nivel secundaria de Educación Básica Regular; b) Acompañamiento y soporte pedagógico en las instituciones educativas públicas de los niveles de educación; inicial y primaria de la modalidad de Educación Básica Regular; c) Implementación de la gestión del currículo; d) Las acciones de inducción y formación docente en servicio establecidas en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial; e) Funcionamiento de los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA); f) Implementación de la Secundaria con Residencia Estudiantil, g) La realización de los Juegos Deportivos Escolares Nacionales; h) El fortalecimiento de las acciones comunes del programa presupuestal 0106:
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Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva, y del programa presupuestal 0107: Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria; i) Implementación de las Redes Educativas Rurales; j) La implementación de las evaluaciones o concursos previstos en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, así como el pago de viáticos, pasajes y movilidad para los integrantes de los Comités de Evaluación y la contratación de los servicios de docentes que formen parte de estos comités, que se constituyan en los gobiernos regionales; k) Pago de propinas de los Promotores Educativos Comunitarios y el pago de pasajes, viáticos y/o movilidad local de profesores coordinadores en el marco de los programas no escolarizados de educación inicial de gestión directa del ciclo I y II; l)
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Atención de las condiciones básicas de las instituciones educativas públicas; m) Distribución y almacenamiento de los materiales y recursos educativos pedagógicos, así como la adquisición y distribución de material fungible a las instituciones educativas públicas a su cargo, a través de las direcciones y/o gerencias regionales de educación y las unidades de gestión educativa local y/o la que haga de sus veces; n) Fortalecimiento de las acciones del PP 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular; ñ) Fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de la modalidad Educación Básica Especial, escuelas inclusivas, así como en las Direcciones Regionales de Educación, en el marco del PP 0106: inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva; o) Fortalecimiento de las acciones de PP 0107: Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria, así como la implementación del Plan de Fortalecimiento de los Institutos de Educación Superior Pedagógicos; p)
Cumplimiento de las condiciones básicas de calidad de los Institutos de Educación Superior Tecnológicos, en el marco del PP 0147: Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica; q) El fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local; y, r) El fortalecimiento de las Escuelas Superiores de Formación Artística públicas, en adelante las intervenciones y acciones pedagógicas;
Que, el numeral 32.2 del artículo 32 de la Ley dispone el financiamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas se efectúa progresivamente y en etapas hasta el 30 de agosto de 2019. Cada transferencia se efectúa en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones, salvo la primera transferencia, y conforme a las condiciones o disposiciones complementarias para la transferencia y ejecución de los recursos que apruebe el Ministerio de Educación, en el marco de la normatividad de la materia, en un plazo que no exceda de los noventa (90)
días calendario de la vigencia de la Ley;
Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto supremo Nº 001-2015-MINEDU, la Unidad de Planificación y Presupuesto tiene la función de proponer las normas y procedimientos para el proceso presupuestario y de planeamiento del sector, en el marco de sus competencias y en concordancia con la normatividad vigente;
Que, en atención a las normas a las que se hacen referencia en los considerandos precedentes, mediante Informe Nº 00320-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el numeral 32.2 del artículo 32 de la Ley, sustenta y propone la aprobación de una Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019; la cual tiene como objetivos: a) Brindar los criterios para la programación de los componentes necesarios para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019; b) Establecer la metodología de cálculo y criterios de evaluación para las transferencias de recursos para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019, c) Contribuir con una gestión pública eficiente, que garantice una adecuada y oportuna prestación de servicios educativos a los estudiantes, d) Optimizar la gestión presupuestal de los recursos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación; e) Minimizar los montos de los saldos presupuestales que se generen al finalizar el año fiscal 2019, producto de las transferencias de recursos para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019; y, f) Propiciar el uso transparente y eficiente de los recursos asignados a las intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales para el año 2019;
Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30789, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- La Norma Técnica aprobada por la presente Resolución será de aplicación para aquellas intervenciones o acciones pedagógicas que se detallan en su numeral 3.1 siempre que éstas cumplan con las condiciones o disposiciones complementarias aprobadas previamente por el Ministerio de Educación, según corresponda.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR PABLO MEDINA
Ministra de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 137-2019-MINEDU Aprueban la "Norma Técnica que establece procedimientos, criterios y responsabilidades en el marco de las transferencias de recursos destinados al financiamiento de intervenciones y acciones pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2019"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 137-2019-MINEDU
- Emitida por : Educacion - Gobiernos Regionales
- Fecha de emision : 2019-03-31
- Fecha de aplicacion : 2019-04-01
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