3/29/2019

Prepublicación Proyecto norma T Écnica RAD 0023-2019-APN/DIR Autoridad Portuaria Nacional

Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional Disponen la prepublicación del proyecto de Resolución de Acuerdo de Directorio que aprueba el proyecto de "Norma T écnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya" RAD 0023-2019-APN/DIR Callao, 14 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe Ejecutivo Nº 003-2019-APN-DOMA del 25 de febrero del 2019, emitida por la Dirección de Operaciones
Organismos Tecnicos Especializados, Autoridad Portuaria Nacional
Disponen la prepublicación del proyecto de Resolución de Acuerdo de Directorio que aprueba el proyecto de "Norma T écnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya"
RAD 0023-2019-APN/DIR
Callao, 14 de marzo de 2019
VISTOS:

El Informe Ejecutivo Nº 003-2019-APN-DOMA del 25 de febrero del 2019, emitida por la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente y el Informe Legal Nº 0138-2019-APN-UAJ de fecha 07 de marzo de de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Autoridad de la Autoridad Portuaria Nacional;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 19 de la Ley Nº 27943 - Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN) crea la Autoridad Portuaria Nacional (APN), como Organismo Técnico Especializado encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, y financiera, y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;

Que, el literal v) del artículo 24 de la LSPN señala que la APN tiene la atribución de normar en lo técnico, operativo y administrativo, lo relativo al ingreso, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia, lo pertinente la apertura y cierre de los puertos, remolcaje, recepción y despacho, seguridad del puerto y de las naves, así como establecer las normas para mejorar la calidad total del Sistema Portuario Nacional y la seguridad internacional de los puertos y para el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en esta materia, respectivamente;


Que, el artículo 100 del Reglamento de la LSPN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC (RLSPN), establece que la APN, por delegación de facultades del MTC, cuenta con facultades normativas y reglamentarias en el ámbito de su competencia;

Que, de acuerdo con lo señalado en la Resolución de Acuerdo de Directorio Nº 058-2018-APN/DIR de fecha 05 de setiembre de 2018, la Autoridad Portuaria Nacional aprobó la Habilitación Portuaria del proyecto "Nuevo Terminal Portuario Monoboya T-4", ubicado en el distrito de Ventanilla en la provincia Constitucional del Callao, a favor de la empresa REFINERÍA LA PAMPILLA S.A.A.;


Que, el inciso 1 del artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, mediante el cual se aprobó el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General";
establece que corresponde que el proyecto de "Norma Técnica para la evaluación de las viabilidades técnicas portuarias" sea publicado en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Electrónico de la entidad o mediante cualquier otro medio, por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia;
con la finalidad de que las personas interesadas formulen comentarios sobre la medida propuesta;

Que, mediante el Informe Ejecutivo Nº 155-2016-APN/ DOMA de fecha 25 de febrero de 2019, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente remite el proyecto de "Norma Técnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya"; y recomienda la publicación del proyecto normativo a fin de contar con observaciones, sugerencias y/o comentarios de la Comunidad Portuaria;

Que, en el Informe Legal Nº 0138-2019-APN-UAJ de fecha 07 de marzo de 2019, la Unidad de Asesoría Jurídica señaló que una norma técnica que establezca los lineamientos para las operaciones en los terminales portuarios tipo Monoboyas es jurídicamente viable;
asimismo, concluye que es pertinente la publicación del proyecto normativo por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; con la finalidad de que las personas interesadas formulen comentarios;

Que, en la Sesión Nº 485 celebrada el 12 de marzo de 2019, el Directorio de la APN se acordó la aprobación del proyecto "Norma Técnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya", facultando al Presidente del Directorio la emisión de la resolución que corresponda;

Que, a efectos de materializar el acuerdo adoptado por el Directorio de la APN, resulta necesario emitir el acto administrativo correspondiente;

Que, de acuerdo con la Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones de la APN, aprobado con Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC y la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Aprobar el proyecto Resolución de Acuerdo de Directorio que aprueba el proyecto de "Norma Técnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya", el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer que la Unidad de Relaciones Institucionales de la Autoridad Portuaria Nacional efectúe la prepublicación del proyecto de Resolución de Acuerdo de Directorio que aprueba el proyecto de "Norma Técnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya", en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página web de la Autoridad Portuaria Nacional, www.apn. gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 3º.- Designar al señor Johnny Najarro Guzmán , servidor civil de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional, para que acopie y compile todas las observaciones y comentarios que realice la comunidad portuaria y personas interesadas, así como elabore la matriz correspondiente y proponga los cambios o modificaciones necesarias al proyecto de norma técnica señalado en el artículo 1 de la presente resolución; en ese sentido, se habilita el correo electrónico: jnajarro@apn.gob.pe, para que por intermedio de ello, se hagan llegar las observaciones y comentarios respectivos.

Artículo 4º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR PATIÑO GARRIDO
Presidente del Directorio

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RAD 0023-2019-APN/DIR Disponen la prepublicación del proyecto de que aprueba el proyecto de "Norma T écnica que establece los lineamientos mínimos para las operaciones con hidrocarburos en un Terminal Portuario Monoboya"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE ACUERDO DE DIRECTORIO
  • Numero : 0023-2019-APN/DIR
  • Emitida por : Autoridad Portuaria Nacional - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-03-29
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-30

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