9/05/2019

Cierre Oficinas Comerciales Perú Exterior Con RS 006-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Disponen cierre de Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior con sede en ciudades ubicadas en Indonesia, Marruecos, República Dominicana, Turquía y Bélgica RS 006-2019-MINCETUR Lima, 4 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias, establece que el sector Comercio Exterior y Turismo comprende
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Disponen cierre de Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior con sede en ciudades ubicadas en Indonesia, Marruecos, República Dominicana, Turquía y Bélgica
RS 006-2019-MINCETUR
Lima, 4 de setiembre de 2019

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias, establece que el sector Comercio Exterior y Turismo comprende al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR, a los organismos públicos descentralizados, proyectos y comisiones bajo su jurisdicción y a las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior - OCEX;

Que, según el numeral 7 del artículo 5 de la Ley Nº 27790, en concordancia con el literal k) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificatorias, es función y atribución del Ministro de Comercio Exterior y Turismo fomentar el desarrollo de las exportaciones, el turismo y la artesanía en términos de eficiencia y competitividad a través de las OCEX; para tal efecto, está facultado para determinar la creación, integración o desactivación de las sedes de las OCEX, mediante Resolución Suprema, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores para las gestiones correspondientes ante el Estado receptor;


Que, mediante el Informe Nº 013-2019-DM/DGMOCEX, la Dirección de Gestión y Monitoreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior - DGMOCEX, manifiesta que la gestión y monitoreo de las OCEX
representa un proceso de evaluación constante, en virtud a ello ha realizado una evaluación de la ubicación geográfica de las OCEX, considerando la priorización de mercados, de los sectores Servicios, Turismo e Inversiones, así como las variables demográficas, económicas y comerciales;

Que, en virtud de lo señalado en el párrafo precedente, la DGMOCEX recomienda el cierre de las OCEX con sede en Yakarta, República de Indonesia; Casablanca, Reino de Marruecos; Santo Domingo, República Dominicana;

Estambul, República de Turquía; y Bruselas, Reino de Bélgica;


Con la opinión favorable de los Viceministerios de Comercio Exterior y de Turismo, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, sus modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Disponer, a partir del 15 de setiembre de 2019, el cierre de las Oficinas Comerciales del Perú en el
Exterior con sede en las ciudades de Yakarta, República de Indonesia; Casablanca, Reino de Marruecos; Santo Domingo, República Dominicana; Estambul, República de Turquía; y Bruselas, Reino de Bélgica.

Artículo 2.- Dejar sin efecto las Resoluciones Supremas Nº 393-2011-RE, Nº 003-2013-MINCETUR, Nº 003-2014-MINCETUR y Nº 002-2017-MINCETUR, en las partes referidas a la creación de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior mencionadas en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
EDGAR M. VÁSQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 006-2019-MINCETUR Disponen cierre de Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior con sede en ciudades ubicadas en Indonesia, Marruecos, República Dominicana, Turquía y Bélgica
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
  • Numero : 006-2019-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-05
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-06

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