9/05/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 286-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho DS 286-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional,
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho
DS 286-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 330 000 000,00 (TRESCIENTOS
TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES) con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud, que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2018, disponiéndose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última;

Que, mediante el Informe Nº 593-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego 444: Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital Regional de Ayacucho "Miguel Ángel Mariscal Llerena";

en virtud de lo cual, con el Oficio Nº 2239-2019-SG/ MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas;

Que, como parte del financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital Regional de Ayacucho "Miguel Ángel Mariscal Llerena" mediante el Memorando Nº 1234-2019-EF/53.04, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, determina el costo para financiar la contratación de servidores bajo el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, sobre la base de la información remitida por el Ministerio de Salud;


Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal hasta por la suma de S/ 4 643 977,00 (CUATRO
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES
MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100
SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 444: Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, en el marco de lo dispuesto en el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879;

De conformidad con lo establecido en el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 4 643 977,00 (CUATRO
MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego 444: Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho, para financiar la operación y mantenimiento del Hospital Regional de Ayacucho "Miguel Ángel Mariscal Llerena", de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencia 4 643 977,00
------------------
TOTAL EGRESOS 4 643 977,00
==========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 444 : Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho UNIDAD EJECUTORA 401 : Hospital Huamanga PROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno Neonatal PRODUCTO 3033297 : Atención del parto complicado quirúrgico ACTIVIDAD 5000047 : Brindar atención del parto complicado quirúrgico FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 238 644,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000377 : Mejoramiento de la oferta de servicios de salud FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 093 164 ,00
ACTIVIDAD 5001562 : Atención en consultas externas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 263 519,00
ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 48 650,00
------------------ TOTAL EGRESOS 4 643 977,00
==========
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 286-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 286-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-09-05
  • Fecha de aplicacion : 2019-09-06

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