10/27/2019
Directiva Administrativa Donaciones Regula RM 1000-2019/MINSA Salud
Poder Ejecutivo, Salud Aprueban Directiva Administrativa de Donaciones, que regula la gestión de las donaciones en el marco de la cooperación técnica internacional y/o asistencia humanitaria internacional en materia de salud en el Ministerio de Salud RM 1000-2019/MINSA Lima, 25 de octubre del 2019 Vistos, los Expedientes Nros. 18-036524-002/003/004 que contienen el Informe Nº.082-2018-UFDyAHI-OGCTI/ MINSA, Memorándum Nº 265-2019-OGCTI/MINSA y Memorándum Nº.576-2019-OGCTI/MINSA,
Aprueban Directiva Administrativa de Donaciones, que regula la gestión de las donaciones en el marco de la cooperación técnica internacional y/o asistencia humanitaria internacional en materia de salud en el Ministerio de Salud
RM 1000-2019/MINSA
Lima, 25 de octubre del 2019
Vistos, los Expedientes Nros. 18-036524-002/003/004
que contienen el Informe Nº.082-2018-UFDyAHI-OGCTI/ MINSA, Memorándum Nº 265-2019-OGCTI/MINSA y Memorándum Nº.576-2019-OGCTI/MINSA, de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;
Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;
Que, el artículo 4 de la Ley precitada dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
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Que, los literales a) y b) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por la Ley Nº 30895, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud:
formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
y, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así
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como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia;
Que, el literal h) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1161, modificado por la Ley Nº 30895, señala como otras funciones específicas del Ministerio de Salud:
coordinar con organismos multilaterales y bilaterales de la cooperación internacional, así como canalizarla a los organismos públicos u órganos desconcentrados del Ministerio de Salud, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI);
Que, el artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, y sus modificatorias, establece que la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional es el órgano de asesoramiento del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, responsable de la gestión de los asuntos internacionales y de la cooperación internacional en salud, en correspondencia con la política exterior del Estado peruano, de conformidad con la normativa vigente y en coordinación con el sector competente;
Que, el literal g) y h) del artículo 39 del precitado Reglamento, establece como función de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional: gestionar las donaciones internacionales en materia de salud, conforme a las disposiciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y en correspondencia con las normas de la Contraloría General de la República; así como coordinar la asistencia humanitaria internacional en materia de salud, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, con organismos multilaterales y bilaterales de la cooperación internacional, así como canalizarla a los organismos públicos y órganos desconcentrados del Ministerio de Salud;
Que, el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la cooperación técnica internacional es un medio por el cual se recibe, transfiere y/o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas cuyo objetivo es complementar y contribuir a los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo;
Que, la Ley Nº 28905, Ley de facilitación del despacho de mercancías donadas provenientes del exterior, tiene por objeto facilitar el despacho aduanero de las mercancías provenientes del exterior que ingresan al país en el marco de la cooperación técnica internacional no reembolsable a título de donación;
Que, la Ley Nº 30498, Ley que promueve la donación de alimentos y facilita el transporte de donaciones en situaciones de desastres naturales, facilita y promueve la donación de alimentos y servicios gratuitos, en el marco de un desastre natural;
Que, mediante los documentos del visto, y, en el marco de sus competencias funcionales, la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional ha elaborado la propuesta de Directiva Administrativa, con el objeto de facilitar el proceso para el ingreso de donaciones con carácter asistencial provenientes del exterior; así como, establecer disposiciones para las donaciones en condición de asistencia humanitaria o en el marco de la cooperación técnica internacional que se realice;
Que, mediante el Informe Nº 426-2019-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;
Estando a lo propuesto por la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional;
Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 277 -MINSA/2019/OGCTI: Directiva Administrativa de Donaciones, que regula la gestión de las donaciones en el marco de la cooperación técnica internacional y/o asistencia humanitaria internacional en materia de salud en el Ministerio de Salud, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Cooperación Técnica Internacional, en el marco de sus funciones, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de la presente Directiva Administrativa.
Artículo 3.- Deróguese la Directiva Administrativa Nº 063-MINSA-V01, Directiva para la Aceptación y Aprobación de Donaciones con Carácter Asistencial Provenientes del Exterior, aprobada por Resolución Ministerial Nº 475-2005/MINSA.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES
Ministra de Salud
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 1000-2019/MINSA Aprueban Directiva Administrativa de Donaciones, que regula la gestión de las donaciones en el marco de la cooperación técnica internacional y/o asistencia humanitaria internacional en materia de salud en el Ministerio de Salud
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 1000-2019/MINSA
- Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-10-27
- Fecha de aplicacion : 2019-10-28
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