11/23/2019

Transferencia Financiera Instituto Nacional RJ 278-2019-INIA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Autorizan Transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RJ 278-2019-INIA Lima, 21 de noviembre de 2019 VISTO: El Memorando Nº 1128-2019-MINAGRI-INIA-GG/OA-Nº105-UC de la Oficina de Administración; el Oficio Nº 000943-2019-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; el Informe
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Autorizan Transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
RJ 278-2019-INIA
Lima, 21 de noviembre de 2019
VISTO: El Memorando Nº 1128-2019-MINAGRI-INIA-GG/OA-Nº105-UC de la Oficina de Administración;
el Oficio Nº 000943-2019-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República; el Informe Técnico Nº 051-2019-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de la Unidad de Presupuesto; el Memorando Nº 1423-2019-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 326-2019-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 30879 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y por la Resolución Jefatural Nº 0197-2018-INIA de fecha 27 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) a nivel de Gastos e Ingresos del Año Fiscal por la cantidad de ciento ochenta y nueve millones doscientos setenta y cinco mil seiscientos cuarenta y siete y 00/100 soles (S/ 189 275 647,00), Estructura Programática, Estructura Funcional, y fuentes de financiamiento;


Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;


Que, asimismo, dicho dispositivo legal prescribe que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad;
indicando además que, la resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web;

Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el T arifario que establece el monto de la retribución económica incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría por el periodo a auditar que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, las empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividades Empresarial del Estado, universidades, proyectos/programas, empresas prestadoras de servicio de saneamiento y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en ese sentido, con el Oficio Nº 000943-2019-CG/SGE de fecha 06 de noviembre de 2019, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica al INIA que, a efectos de implementar las disposiciones de la normativa precedentemente expuesta, deberá realizar una transferencia financiera a su favor, hasta por la suma de cincuenta cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50) que corresponde al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica que incluye el impuesto general a las ventas, por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al INIA;

Que, mediante Memorando Nº 1128-2019-MINAGRI-INIA-GG/OA-Nº 105-UC de fecha 20 de noviembre de 2019, la Oficina de Administración solicita la realización
de la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes;

Que, a través del Informe Técnico Nº 051-2019-MINAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE de fecha 20 de noviembre de 2019, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Innovación Agraria, señala que en el presupuesto institucional del Pliego 163: INIA, Unidad Ejecutora 001:

INIA-Sede Central, en la Fuente de Financiamiento 2:

Recursos Directamente Recaudados, se cuentan con recursos disponibles para financiar dicha transferencia financiera; por lo que, emite opinión favorable respecto a la trasferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, por el importe cincuenta cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100 soles (S/ 54 048,50);

Que, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada mediante Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01, regula el procedimiento para las transferencia financieras, estableciendo en los literales a) y b) del numeral 20.1 del artículo 20 las pautas para el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes;

Que, mediante Informe Legal Nº 326-2019-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de fecha 21 de noviembre de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que en consideración a la normativa glosada y lo indicado por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto se debe aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República;

Con las visaciones de la Gerencia General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI, modificado con el Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI; la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 que aprueba la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" así como sus Modelos y Anexos;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría de la República Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria hasta por la suma de cincuenta cuatro mil cuarenta y ocho con 50/100
soles (S/ 54 048,50) por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la transferencia que equivale al cincuenta por ciento (50%) de la retribución económica, por el periodo auditado 2019, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Instituto Nacional de Innovación Agraria.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Producto 3999999: Sin Producto, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1: Otras Unidades del Gobierno Nacional, fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se autoriza la presente transferencia financiera.

Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS MAICELO QUINTANA
Jefe

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 278-2019-INIA Autorizan Transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA
  • Tipo de norma : RESOLUCION JEFATURAL
  • Numero : 278-2019-INIA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-24

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