12/13/2019

Pago Cuota Internacional Favor Organización DS 058-2019-RE Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Aprueban pago de cuota internacional a favor de la Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural DS 058-2019-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Aprueban pago de cuota internacional a favor de la Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural
DS 058-2019-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2019;

Que, el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B de la citada Ley se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modificación de los montos de las cuotas internaciones incluidas en el Anexo B:

Cuotas Internacionales Año Fiscal de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último;


Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal de la Ley Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, no está previsto el pago de la cuota internacional a favor de la Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural;

Que, mediante Informes Nºs 00003-2019-MINEDU/ SG-OGCI, 008-2019-MINEDU/SG-OGCI-CA y 00107-2019-MINEDU/SG-OGCI la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación manifiesta que con la finalidad de cumplir con los compromisos asumidos como estado miembro del Convenio Andrés Bello, es necesario realizar el pago de la cuota internacional a favor del Convenio Andrés Bello;

Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaria de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 00637-2019-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, ha señalado que en la Unidad Ejecutora 024: Ministerio de Educación - Sede Central, se cuenta con recursos disponibles para efectuar el pago de la cuota internacional a favor del Convenio Andrés Bello la cual asciende al monto de $ 35 745,00 (TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA

Y CINCO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS)
equivalentes en moneda nacional a la suma de S/ 125
108,00 (CIENTO VEINTICINCO MIL CIENTO OCHO Y
00/100 SOLES);

Que, por lo expuesto resulta necesario aprobar el pago de la cuota internacional a favor del Convenio Andrés Bello la cual asciende al monto de $ 35 745,00 (TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y
CINCO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) equivalentes en moneda nacional a la suma de S/ 125 108,00 (CIENTO
VEINTICINCO MIL CIENTO OCHO Y 00/100 SOLES);

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:



Artículo 1.- Aprobación Aprobar el pago de la cuota internacional a favor del Convenio Andrés Bello conforme al siguiente detalle:

PLIEGO PRESUPUESTARIO IMPORTE PERSONA JURÍDICA
010: MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
S/ 125 108,00 (CIENTO
VEINTICINCO MIL
CIENTO OCHO Y
00/100 SOLES)
Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y la Ministra de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA
Ministra de Educación
GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 058-2019-RE Aprueban pago de cuota internacional a favor de la Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 058-2019-RE
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-12-13
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-14

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