9/03/2020

Transferencia Financiera Favor Pliego 026: RM 235-2020-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros RM 235-2020-PCM Lima, 1 de septiembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Que, por Resolución Ministerial Nº
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros
RM 235-2020-PCM
Lima, 1 de septiembre de 2020

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;

Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2019-PCM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros - PCM para el Año Fiscal 2020;

Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA)
y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP), para transporte aéreo, terrestre y fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo;


Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que las transferencias financieras a las que se refiere el considerando precedente, para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, adicionalmente, se dispone que las mencionadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros en el que se debe indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la Presidencia del Consejo de Ministros y de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del titular del referido pliego, publicándose la mencionada resolución en el diario oficial El Peruano;


Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2020-PCM se estableció el monto máximo de S/ 52 727,00 (CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE
Y 00/100 SOLES) con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el Año Fiscal 2020;

Que, mediante Oficio Nº D000112-2020-PCM-SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros, remite a la Secretaría General del Ministerio de Defensa, el Informe Nº D00098-2020-PCM-OGPP
elaborado por la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, documento en el que se concluye que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo Nº 017-2020-PCM con cargo a su presupuesto, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el año fiscal 2020;

Que, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 123 y Nº 211-2020-PCM, se autorizan las transferencias financieras a favor del Ministerio de Defensa, por concepto de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas de los periodos de: enero a febrero; y, de mayo a junio del presente año fiscal, respectivamente;

Que, mediante el Oficio Nº 04346-2020-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita a la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros, se disponga la transferencia financiera a favor del Ministerio de Defensa, por concepto de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas durante el periodo de junio a julio del presente año fiscal, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;

Que, a través del Informe Nº D000262-2020-PCM-OGPP, la Oficina General de Planificación y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, señala que ha validado la información por el apoyo brindado por el MINDEF al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, el cual no está considerado en la Resolución Ministerial Nº 211-2020-PCM, y que se cuenta con los recursos presupuestarios hasta por el monto de S/ 184
776,14 con cargo a la especifica del gasto 2.4.1.3.1.1
"A Otras Unidades del Gobierno Nacional" y fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios" de la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM, proponiendo que se gestione la autorización de transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por concepto de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros, durante el periodo de junio a julio del 2020, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;

Que, en virtud de lo antes expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera por la suma de S/ 184 776,14 con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego Ministerio de Defensa, destinada a financiar los gastos por el apoyo que brindan las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros, durante el periodo de junio a julio de 2020, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros, por el importe de S/ 184 776,14 (CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL
SETECIENTOS SETENTA Y SEIS Y 14/100 SOLES), por los fines expuestos en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución ministerial, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 003: Secretaría General - PCM del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, por la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios-Rubro: 00 Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, y específica del gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional.

Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución ministerial, no podrán ser destinados bajo
responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución ministerial a la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que realice las acciones administrativas que correspondan.

Artículo 5.- Disponer que la presente resolución ministerial se publique en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER MARTOS RUIZ
Presidente del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 235-2020-PCM Autorizan transferencia financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a la Presidencia del Consejo de Ministros
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 235-2020-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-09-02
  • Fecha de aplicacion : 2020-09-03

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