10/10/2021

Texto Único Procedimientos Administrativos Centro DS 007-2021-DE Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Decreto Supremo que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED DS 007-2021-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad
Poder Ejecutivo, Defensa
Decreto Supremo que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED
DS 007-2021-DE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y la preparación y atención ante situaciones de desastre, a través del establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, el artículo 12 de la citada Ley, define al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), como un organismo público ejecutor con calidad de pliego presupuestal;
adscrito al Ministerio de Defensa;

Que, el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del Sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;


Que, mediante el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM
se aprobó la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, el artículo 9 de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobados mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, señala que la conducción del proceso de elaboración, actualización y formulación del TUPA de las entidades se encuentra a cargo del órgano responsable de la elaboración de los instrumentos de gestión o el que haga sus veces en la Entidad;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2016-PCM, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED);

Que, el Decreto Supremo Nº 008-2019-VIVIENDA
modificó el Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, incluyendo al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, en reemplazo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú y del Instituto Nacional de Defensa Civil, como ente rector para cautelar la seguridad de edificaciones de más de cinco pisos, los centros y galerías comerciales, los campos feriales, los establecimientos de hospedaje, los edificios de concentración masiva de público;

Que, en ese contexto, el CENEPRED ha propuesto ante el Ministerio de Defensa la modificación de su TUPA, a fin de incluir el servicio exclusivo denominado "Informe Técnico de Verificación Ad Hoc" y adecuar el procedimiento denominado "Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control";

Que, de acuerdo a lo manifestado por la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, corresponde modificar el TUPA del CENEPRED de acuerdo a lo propuesto por el referido organismo público, por cuanto se encuentra conforme a las disposiciones aplicables en materia de simplificación administrativa y transparencia y acceso a la información pública;

Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa ha emitido opinión legal favorable por cuanto la propuesta de modificación cuenta con el sustento técnico y legal correspondiente;

Que, la Norma IV: Principio de Legalidad o Reserva de la Ley, del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que por Decreto Supremo refrendado por el ministro del sector competente y el Ministro de Economía y Finanzas, se fija la cuantía de las tasas;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y, la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM, que aprobó los Lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativo (TUPA);

DECRETA:



Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2016-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 010-2019-DE, conforme a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Aprobación del derecho de tramitación Apruébase el derecho de tramitación correspondiente al servicio prestado en exclusividad, según el Anexo Nª 1 del presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Publicación Dispóngase la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, así como su publicación de manera conjunta con sus Anexos en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.
pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (www. cenepred.gob.pe).

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
WALTER AYALA GONZÁLES
Ministro de Defensa
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 007-2021-DE que modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 007-2021-DE
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-10-09
  • Fecha de aplicacion : 2021-10-10

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