2/06/2022

Transferencia Financiera Favor Contraloría RPE 00005-2022-SENACE-PE Consejo Nacional de Ciencia

Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la retribución económica derivada de la contratación de la sociedad de auditoría RPE 00005-2022-SENACE-PE Lima, 3 de febrero de 2022 VISTOS: El Oficio Nº 000001-2022-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 00004-2022-SENACE-GG-OA/CCP de la
Organismos Tecnicos Especializados, Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la retribución económica derivada de la contratación de la sociedad de auditoría
RPE 00005-2022-SENACE-PE
Lima, 3 de febrero de 2022
VISTOS: El Oficio Nº 000001-2022-CG/GAD de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 00004-2022-SENACE-GG-OA/CCP de la Unidad de Contabilidad y Control Previo, el Memorando Nº 00099-2022-SENACE-GG/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 00005-2022-SENACE-GG-OPP/PRE de la Unidad de Programación y Presupuesto, el Memorando Nº 00117-2022-SENACE-GG/OA de la Oficina de Administración y el Informe Nº 00020-2022-SENACE-GG/ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, mediante la Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente;

Que, a través del Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se modificó la Ley Nº 29968, estableciendo en el numeral 7.3 del artículo 7 que el Presidente Ejecutivo ejerce la representación legal del Senace y la titularidad del pliego presupuestal de la entidad;


Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 31365, que aprueba el presupuesto del sector público para el año fiscal 2022, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0071-2021-SENACE/PE, del 29 de diciembre de 2021, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego
052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, conforme a la norma legal citada en párrafo precedente, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar dicha resolución en el diario oficial El Peruano;

Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, mediante la Resolución de Contraloría Nº 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, con Oficio Nº 000001-2022-CG/GAD, la Contraloría General de la República solicita realizar una transferencia de recursos con cargo al presupuesto institucional 2022 del Senace, precisando que por el 100% de la retribución económica (incluyendo el IGV)
debe efectuarse una transferencia financiera equivalente a S/ 36 250,00 (treinta y seis mil doscientos cincuenta con 00/100 soles) por cada período auditado; y, que el 6% por derecho de designación o supervisión de sociedades de auditoría por los períodos 2020, 2021 y 2022, equivalente a S/ 5 529,00 (cinco mil quinientos veintinueve con 00/100 soles), que deben depositarse en la Cuenta Nº 0000282758 del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República;

Que, mediante Memorando Nº 00099-2022-SENACE-GG/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remite a la Oficina de Administración el Informe Nº 00005-2022-SENACE-GG-OPP/PRE, a través del cual señala que el Pliego 052: Senace dispone de los recursos presupuestales en la fuente de financiamiento 1-00
Recursos Ordinarios (Nota Nº 71-2021), hasta por la suma de S/ 72 500.00 (setenta y dos mil quinientos con 00/100
soles), para la transferencia financiera de recursos a favor de la Contraloría General de la República, destinados a financiar los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría de los periodos auditados 2020 y 2021, conforme señala la Ley Nº 27785, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, modificada por la Ley Nº 30742. Asimismo, respecto a la ejecución de auditoria para el periodo 2022 se indica que se garantiza la provisión de recursos presupuestarios en el presupuesto institucional para el ejercicio fiscal 2023;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una transferencia financiera de recursos con cargo al Presupuesto Institucional 2022 del pliego 0052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles a favor del pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 72 500.00 (setenta y dos mil quinientos y 00/100), con la finalidad de financiar la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Senace, correspondiente a los periodos auditados 2020
y 2021, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley Nº 27785;

Con el visado de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Programación y Presupuesto, de la Oficina de Administración, de la Unidad de Contabilidad y Control Previo, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27785, que aprueba el presupuesto del sector público para el año fiscal 2022; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles-Senace; el Decreto Legislativo Nº 1394, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las autoridades competentes en el marco del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental; y, el Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Senace.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 72 500.00 (setenta y dos mil quinientos y 00/100), para financiar la retribución económica derivada de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al Senace, para los periodos 2020 y 2021.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 052: Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, en la Fuente de Financiamiento 1-00 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001: Administración - Senace (001534), Programa 9001 Acciones Centrales, Producto 3999999
Sin Producto, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, específicas del gasto 2.4. 1 3. 1 1 "Otras unidades del gobierno nacional".

Artículo 3.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y, en la misma fecha, en el portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (https://www.gob.pe/senace).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALBERTO MARTÍN BARANDIARÁN GÓMEZ
Presidente Ejecutivo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 00005-2022-SENACE-PE Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la retribución económica derivada de la contratación de la sociedad de auditoría
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 00005-2022-SENACE-PE
  • Emitida por : Consejo Nacional de Ciencia Tecnologia e Innovacion Tecnologica - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2022-02-05
  • Fecha de aplicacion : 2022-02-06

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