4/14/2023

Patrimonio Cultural Nación Un Bien RV 000093-2023-VMPCIC/MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a un bien cultural mueble perteneciente al Ministerio de Cultura RV 000093-2023-VMPCIC/MC San Borja, 12 de abril del 2023 VISTOS; el Informe Nº 000114-2023-DGM/MC de la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación Nº 000231-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artís…
Poder Ejecutivo, Cultura
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a un bien cultural mueble perteneciente al Ministerio de Cultura
RV 000093-2023-VMPCIC/MC
San Borja, 12 de abril del 2023
VISTOS; el Informe Nº 000114-2023-DGM/MC de la Dirección General de Museos; la Hoja de Elevación Nº 000231-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, conforme a lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, se define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la norma citada, señala que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran, el producto de las excavaciones y descubrimientos arqueológicos, sea cual fuere su origen y procedencia y otros objetos que sean declarados como tales o sobre los que exista la presunción legal de serlos;

Que, conforme a lo previsto por el artículo 10 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, se pierde automáticamente a favor del Estado la propiedad de los bienes muebles del Patrimonio Cultural de la Nación que sean materia de exportación ilícita, o de intento de tal, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civil y penal, que corresponda;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el literal a) del artículo 14 de la citada norma y su modificatoria, concordante con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura - ROF, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, señala que corresponde al despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, además, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles tiene entre sus funciones, evaluar y emitir opinión técnica sobre las solicitudes de registro de bienes culturales muebles, conforme a lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del ROF;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 000009-2022-DGM/MC se resuelve determinar la protección provisional de un bien mueble que presuntamente constituye Patrimonio Cultural de la Nación conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, bien que fue incautado en las inmediaciones del almacén de la empresa DHL Express con destino a los Estados Unidos de América;

Que, a través del Informe Nº 000114-2023-DGM/MC la Dirección General de Museos remite los Informes Nº 000059-2023-DRBM/MC y Nº 000048-20223-DRBM-PRP/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, a través de los cuales se emitió opinión técnica favorable para la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de un bien cultural mueble incautado en el almacén de carga de DHL Express; cabe acotar, además, que el Museo Nacional de Arqueología, Antropología e Historia del Perú con el Informe Nº Nº000041-2022-MNAAHP-LTB/MC emite opinión favorable respecto a dicha declaración;

Que, el bien cultural mueble incautado a pesar de haber sido alterado externamente, presenta un alto grado de valor, importancia y significado científico, histórico y social para el patrimonio cultural peruano; corresponde a un cráneo humano con intervención antrópica resaltando la modelación craneana, proporcionando un conjunto de características que contribuyen a su interpretación científica siendo factible su identificación espacio-temporal. Constituye una fuente importante de información, permitiendo la obtención de mayor conocimiento de las modificaciones antrópicas en las sociedades prehispánicas, así como de los procesos tecnológicos, sociales, religiosos, simbólicos y culturales recurrente en el periodo intermedio temprano. Asimismo, cabe resaltar el valor social, estrechamente ligado a los esfuerzos que realiza el Estado peruano como parte de la lucha contra el tráfico ilícito y la recuperación del patrimonio cultural al ser fuente de identidad regional y nacional;

Que, en ese sentido y habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria del bien cultural mueble antes descrito como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen parte integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con las visaciones de la Dirección General de Museos y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a un bien cultural mueble perteneciente al
Ministerio de Cultura, que se describe en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 000093-2023-VMPCIC/MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a un bien cultural mueble perteneciente al Ministerio de Cultura
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 000093-2023-VMPCIC/MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-04-14
  • Fecha de aplicacion : 2023-04-15

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