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Tarifario Servicios Tecnológicos Centro RE 000087-2023-ITP/DE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Aprueban el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa- CITEpesquero Amazónico Pucallpa" RE 000087-2023-ITP/DE San Isidro, 23 de mayo de 2023 VISTOS: El Memorando Nº 0017-2023-ITP/CITEPESQUERO AMAZÓNICO PUCALLPA de fecha 16 de enero de 2023, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero amazónico Pucallpa; el Memorando Nº 0034-2023-ITP/DEDFO de fecha 25 de enero de 2023, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y…
Poder Ejecutivo, Produce
Aprueban el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa- CITEpesquero Amazónico Pucallpa"
RE 000087-2023-ITP/DE
San Isidro, 23 de mayo de 2023
VISTOS:

El Memorando Nº 0017-2023-ITP/CITEPESQUERO
AMAZÓNICO PUCALLPA de fecha 16 de enero de 2023, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero amazónico Pucallpa; el Memorando Nº 0034-2023-ITP/DEDFO de fecha 25 de enero de 2023, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando Nº 0531-2023-ITP/OA de fecha 06 de marzo de 2023, y el Memorando Nº 0562-2023-ITP/OA de fecha 07 de marzo de 2023, de la Oficina de Administración;

Memorando Nº 0463-2023-ITP/OGRRHH de fecha 08 de marzo de 2023 de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando Nº 1467-2023-ITP/ OPPM de fecha 13 de marzo de 2023 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 0180-2023-ITP/OAJ de fecha 02 de mayo de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP, encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;

Que, el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, señala que los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i)
Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii)
Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;

Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;

53 NORMAS LEGALES
Viernes 26 de mayo de 2023
Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, dispone que, para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento;

Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala en su artículo 2, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago;

Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el financiamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas; estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fin de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP";

Que, con Resolución Ejecutiva Nº 42-2021-ITP/DE, se aprobó el "Marco conceptual para la programación, ejecución y control de servicios que brinda el ITP" y la Directiva Nº 01-2021-ITP/DE denominada "Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP";

Que, en el numeral 8.1 de la Directiva denominada "Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP", se establece las disposiciones específicas para la elaboración y actualización del Catálogo de Servicios Tecnológicos;

Que, con Resolución Ejecutiva Nº 100-2022-ITP/DE, se aprobó la versión Nº 02 de la Directiva Nº 002-2021-ITP/DE denominada "Disposiciones sobre el Diseño y Aplicación de Esquemas Promocionales para el Acceso a los Servicios Tecnológicos que brinda el Instituto Tecnológico de la Producción - ITP";

Que, con Resolución Ministerial Nº 054-2016-PRODUCE, se creó el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero amazónico Pucallpa", de naturaleza pública, en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) del Ministerio de la Producción, cuya sede es en el departamento de Ucayali;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 0157-2020-ITP/DE, se aprueba el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero amazónico Pucallpa", el cual está conformado por diecisiete (17) servicios tecnológicos;

Que, Memorando Nº 0017-2023-ITP/CITEPESQUERO
AMAZÓNICO PUCALLPA, sustentado en el Informe Técnico Nº 0001-2023-ITP/GBA-UTT-CITEPESQUERO
AMAZÓNICO PUCALLPA, ambos de fecha 16 de enero de 2023, el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa - CITEpesquero amazónico Pucallpa sustentó su propuesta de Tarifario compuesto por diecinueve (19) servicios tecnológicos y una (01) actividad de comercialización, motivo por el cual solicitó la derogación del tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva Nº 157-2020-ITP/DE;

Que, el CITE mediante el referido informe, señaló que dichos servicios tecnológicos serán brindados a fin de apoyar las acciones de transferencia tecnológica a las unidades productivas que buscan aumentar su competitividad, optimizar sus procesos, mejorar su capacidad de innovación y desarrollo de productos mejorados. De esta manera, se genera mayor valor en la cadena productiva pesquera amazónica, mejorando la oferta, productividad y calidad de sus productos;

Que, con Memorando Nº 0034-2023-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Nº 0006-2023-ITP/MCC-DEDFO
ambos de fecha 25 de enero de 2023, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE, emitió opinión favorable respecto a la viabilidad técnica de diecinueve (19) servicios tecnológicos propuestos por el CITEpesquero amazónico Pucallpa, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 01-2021-ITP/DE y que la evaluación de una (01) actividad de comercialización corresponde a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; asimismo, consideró que los diecinueve (19) servicios tecnológicos son técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la Directiva Nº 002-2021-ITP/DE;

Que, con Memorando Nº 0531-2023-ITP/OA de fecha 06 de marzo de 2023, sustentado en el Informe Nº 0762-2023-ITP-OA-ABAST, la Oficina de Administración señaló que se han validado los costos de materiales fungibles y no fungibles de la propuesta de Tarifario del CITEpesquero amazónico Pucallpa, además estos corresponden a compras realizadas por el ITP;

Que, con Memorando Nº 0562-2023-ITP/OA de fecha 07 de marzo de 2023, sustentado en el Informe Nº 0126-2023-ITP/OA-CONT, la Oficina de Administración señaló que se encuentra conforme con el cálculo del costo de depreciación de la propuesta del tarifario del CITEpesquero amazónico Pucallpa;

Que, mediante Memorando Nº 0463-2023-ITP/ OGRRHH de fecha 08 de marzo de 2023, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de Tarifario del CITEpesquero amazónico Pucallpa, señalando que se encuentra conforme;

Que, con Memorando Nº 1467-2023-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 0022-2023-ITP/ MODERNIZACION ambos de fecha 13 de marzo de 2023, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable a la propuesta de Tarifario del CITEpesquero amazónico Pucallpa conformado por diecinueve (19) servicios tecnológicos y una (01) actividad de comercialización, así como recomendó derogar el tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva Nº 157-2020-ITP/DE;

Que, mediante Informe Nº 0180-2023-ITP/OAJ de fecha 02 de mayo de 2023, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde aprobar el tarifario de servicios tecnológicos del CITEpesquero amazónico Pucallpa, conformado por diecinueve (19) servicios tecnológicos y una (01) actividad de comercialización y derogar el tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva Nº 157-2020-ITP/DE;

Con los vistos de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica -
CITE; Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups;
el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;

Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto T ecnológico de la Producción (ITP);

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar la Resolución Ejecutiva Nº 157-2020-ITP/DE que aprueba el "Tarifario de Servicios 54 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2023
Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa- CITEpesquero Amazónico Pucallpa".

Artículo 2.- Aprobar el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa- CITEpesquero Amazónico Pucallpa", en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante del presente acto resolutivo.

Artículo 3.- Disponer que los servicios tecnológicos derogados con la aprobación del tarifario a que se refiere el artículo 2 de la presente Resolución que se encuentren en ejecución, solo continúan vigentes hasta la culminación de la prestación de dichos servicios.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 y artículo 2 de la presente Resolución, realice las acciones correspondientes para la actualización del Sistema Informático de Gestión Integrada de Servicios T ecnológicos del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales conforme a la Directiva Nº 002-2021- ITP/DE.

Artículo 5.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO RODRIGUEZ SORIA
Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RE 000087-2023-ITP/DE Aprueban el "Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Amazónico Pucallpa- CITEpesquero Amazónico Pucallpa"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN EJECUTIVA
  • Numero : 000087-2023-ITP/DE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-05-26
  • Fecha de aplicacion : 2023-05-27

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