6/29/2023

Autoriza Transferencia Partidas Presupuesto DS 136-2023-EF Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio del Interior DS 136-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31505, Ley que brinda a los oficiales y suboficiales, mayoritariamente femenino y en situación de retiro pertenecientes al personal de la sanidad de la Policía Nacional del Perú comprendidos en la Ley Nº 24173 y en el artículo 62 de la Ley Nº 25066, un grado inmediato superior, indica que el Ministerio…
Poder Ejecutivo, Defensa
Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio del Interior
DS 136-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31505, Ley que brinda a los oficiales y suboficiales, mayoritariamente femenino y en situación de retiro pertenecientes al personal de la sanidad de la Policía Nacional del Perú comprendidos en la Ley Nº 24173 y en el artículo 62 de la Ley Nº 25066, un grado inmediato superior, indica que el Ministerio del Interior, en el marco de sus funciones, es el encargado de llevar a cabo las medidas y acciones que permitan la correcta implementación de dicha Ley a través de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP);

Que, el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Defensa y por el Ministro del Interior, a solicitud de estos últimos; estableciendo, además, que dichos recursos se destinan, únicamente para financiar las transferencias financieras que los mencionados pliegos deben efectuar a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la referida Caja de Pensiones;

Que, el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos;

Que, mediante el Oficio Nº 000340-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para financiar las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial establecidas en la Ley Nº 31505, Ley que brinda a los oficiales y suboficiales, mayoritariamente femenino y en situación de retiro pertenecientes al personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú comprendidos en la Ley Nº 24173 y en el artículo 62 de la Ley Nº 25066, un grado inmediato superior, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 000355-2023/IN/OGPP/OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del referido Ministerio, con los respectivos sustentos;

Que, mediante Memorandos Nº 0128-2023-EF/53.05 y Nº 0139-2023-EF/53.05, que adjuntan los Informes Nº 0182-2023-EF/53.05 y Nº 0203-2023-EF/53.05, respectivamente, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los
Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y a la información remitida por el Ministerio del Interior, informa el costo estimado del personal activo y pensionistas de la Unidad Ejecutora 001 del Ministerio del Interior y el número de beneficiarios, entre otros;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 7
507 112,00 (SIETE MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL
CIENTO DOCE Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio del Interior, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 7 507 112,00 (SIETE MILLONES
QUINIENTOS SIETE MIL CIENTO DOCE Y 00/100
SOLES), a favor del Ministerio del Interior, para financiar las obligaciones previsionales comprendidas en el periodo entre junio y diciembre del 2023 a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial establecidas en la Ley Nº 31505, Ley que brinda a los oficiales y suboficiales, mayoritariamente femenino y en situación de retiro pertenecientes al personal de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú comprendidos en la Ley Nº 24173 y en el artículo 62 de la Ley Nº 25066, un grado inmediato superior, en el marco de lo establecido en el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 7 507 112,00
===========
TOTAL EGRESOS 7 507 112,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : M. del Interior UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestales que no resultan en Productos ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.5 Otros Gastos 7 507 112,00
===========
TOTAL EGRESOS 7 507 112,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas de Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ
Ministro del Interior

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 136-2023-EF que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio del Interior
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 136-2023-EF
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-06-29
  • Fecha de aplicacion : 2023-06-30

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