8/02/2024

Otorgan Distinción Personalidad Meritoria Cultura RM 000266-2024-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura RM 000266-2024-MC San Borja, 9 de julio del 2024 VISTOS: el Proveído Nº 005125-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; los Informes Nº 000477-2024-DGIA-VMPCIC/ MC y Nº 000621-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Nº 000237-2024-DDC ANC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash; el Informe Nº 000586-2024-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Elevación Nº 000330-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica…
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RM 000266-2024-MC
San Borja, 9 de julio del 2024
VISTOS: el Proveído Nº 005125-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; los Informes Nº 000477-2024-DGIA-VMPCIC/ MC y Nº 000621-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando Nº 000237-2024-DDC ANC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash; el Informe Nº 000586-2024-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Elevación Nº 000330-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;

Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 81 del ROF dispone que la Dirección del Libro y la Lectura es la unidad orgánica encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano;

Que, las direcciones desconcentradas de cultura, en el marco de lo dispuesto en el artículo 96 del ROF, son los órganos desconcentrados encargados, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura, responsable de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas relacionadas con las materias de patrimonio cultural, industrias culturales, artes, museos e interculturalidad;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante el Memorando Nº 000237-2024-DDC
ANC/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash propone otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora Violeta Ardiles Poma, quien cuenta con una reconocida trayectoria como narradora, poeta y maestra, además de contar, entre otros reconocimientos, con las Palmas Magisteriales, distinción otorgada por el Estado Peruano a través del Ministerio de Educación;

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes a través de los Informes Nº 000477-2024-DGIA-VMPCIC/MC y Nº 000621-2024-DGIA-VMPCIC/MC, con sustento en los Informes Nº 000055-2024-DLL-DGIA-VMPCIC-MRG/MC y Nº 000057-2024-DLL-DGIA-VMPCIC-AVC/MC de la Dirección del Libro y la Lectura, emite opinión favorable 10 NORMAS LEGALES Viernes 2 de agosto de 2024
para otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la citada persona;

Que, la señora Violeta Ardiles Poma es una educadora, escritora y poeta peruana, nacida en Pampas Grande, Huaraz. Sigue la carrera de docencia en la Escuela Normal Mercedes Indacochea de Huaraz. Su labor de creación literaria se desarrolla principalmente a través de cuentos y relatos para un público infantil. Su literatura busca cultivar valores en los niños, impulsando al desarrollo de una mejor sociedad en el futuro. Asimismo, sus cuentos transmiten un profundo respeto y amor por su nación y, en especial, por su tierra natal. A través de un lenguaje sencillo desarrolla en sus lectores el orgullo por sus raíces ancestrales. Debido a ello, sus libros han tenido gran acogida y ha recibido condecoraciones a nivel internacional. Luego de su jubilación como docente, se ha dedicado a la escritura y a fomentar la lectura a través de talleres en los colegios y bibliotecas de la ciudad de Huaraz;

Que, además, la referida persona cuenta con una destacada trayectoria como escritora de literatura infantil y su labor como promotora de la lectura en niñas, niños y adolescentes en zonas rurales de Ancash, y su excepcional vocación de servicio a la comunidad;

Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Directiva Nº 002-2016/ MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura a la señora VIOLETA ARDILES
POMA por su trayectoria como escritora de literatura infantil y su labor como promotora de la lectura en niñas, niños y adolescentes en zonas rurales de Ancash, y su excepcional vocación de servicio a la comunidad.

Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/ cultura) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000266-2024-MC Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000266-2024-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2024-08-02
  • Fecha de aplicacion : 2024-08-03

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