Inicio
Ambiente
Cultura
Poder Ejecutivo
Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 277-2018-MC Cultura
7/12/2018
Otorgan Distinción personalidad Meritoria RM 277-2018-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 277-2018-MC Lima, 10 de julio de 2018 VISTOS, el Informe Nº 900144-2018-DIA/DGIA/ VMPCIC/MC de la Dirección de Artes y el Informe Nº 900078-2018-DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica
Otorgan la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 277-2018-MC
Lima, 10 de julio de 2018
VISTOS, el Informe Nº 900144-2018-DIA/DGIA/ VMPCIC/MC de la Dirección de Artes y el Informe Nº
900078-2018-DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene entre sus funciones emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia, tales como, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio;
TAMBIEN PUEDES VER: Documento activos Estratégicos Significativos RM 259-2018-MINAM Ambiente
Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 82.15 del artículo 82 del ROF, la Dirección de Artes es la unidad orgánica encargada de emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante Resolución Ministerial a ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;
MAS NORMAS LEGALES: Prorrogan Reserva Recursos Hídricos Favor RJ 199-2018-ANA Agricultura y Riego
Que, conforme a lo previsto en el numeral 6.3 de la Directiva antes mencionada, se establece que excepcionalmente el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justificadas, podrá otorgar reconocimientos póstumos, a propuesta del órgano competente de la entidad;
Que, mediante Informe Nº 900078-2018-DGIA/ VMPCIC/MC de fecha 22 de junio de 2018, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes hizo suyo el Informe Nº 900144-2018-DIA/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 14 de junio de 2018, emitido por la Dirección de Artes, a través del cual se recomendó reconocer en el marco del Centenario de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, como "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, a los señores Edmundo Gerardo Chávez López, Juan Alberto Quintanilla Del Mar, Enrique Gerardo Galdós Rivas, Juan Tomás Villacorta Paredes, Víctor Domingo Delfín Ramírez, Carlos Enrique Polanco Carbajal, así como a las señoras Lucy Edmee Angulo Lafosse y María del Rosario Noriega Ezcurra, y a Milner Gustavo José Cajahuaringa García, en reconocimiento póstumo a su contribución de las artes visuales y la cultura del Perú;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura" a:
• Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, en reconocimiento a su contribución en la formación de artistas visuales durante 100 años;
y por haber inculcado en múltiples generaciones temas de importante valor estético y simbólico para la identidad nacional.
• Edmundo Gerardo Chávez López, en reconocimiento a su contribución a las artes visuales, como artista peruano internacional y miembro de la 'Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú'; y por difundir un repertorio en pintura que vincula las visiones del norte peruano con el mundo onírico y simbólico del Perú.
• Juan Alberto Quintanilla Del Mar, en reconocimiento a su contribución a las artes visuales, como miembro de la 'Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú', que vincula la tradición cusqueña con la experimentación constante, a través de diversos soportes como la pintura, el dibujo y la escultura.
• Enrique Gerardo Galdos Rivas, en reconocimiento a su labor artística y como miembro de la 'Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú'; y por establecer un repertorio visual donde la iconografía precolombina es ampliada y llevada a una dimensión global del Perú.
• Milner Gustavo José Cajahuaringa García, en reconocimiento póstumo a su labor en vida como artista virtuoso del uso de la geometría, el simbolismo andino y los colores fuertes en la abstracción; como formador de muchos artistas visuales; y como miembro de la 'Promoción de Oro de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú'.
• Juan Tomás Villacorta Paredes, en reconocimiento a su contribución al desarrollo de la educación artística del país mediante la publicación de diversos textos educativos y como maestro de múltiples generaciones de educadores de las artes visuales en el Perú.
• Víctor Domingo Delfín Ramírez, en reconocimiento a su contribución al desarrollo de la cultura peruana, como artista, gestor cultural, activista y por demostrar que el quehacer artístico es una manera de ejercer ciudadanía y los valores de una sociedad libre.
• Lucy Edmee Angulo Lafosse, en reconocimiento a su destacado trabajo como artista y profesora, proponiendo en su obra una constante experimentación y refl exión del contexto nacional.
• Carlos Enrique Polanco Carbajal, en reconocimiento a su trabajo como pintor y por desarrollar una apuesta vital donde la mirada expresionista se vincula con las escenas nocturnas de Lima realizando un constante comentario social donde la pintura domina la realidad peruana.
• María del Rosario Noriega Ezcurra, en reconocimiento a su trabajo como pintora y por desarrollar una producción artística como herramienta a favor de la crítica social, tomando como referencia el arte rupestre, prehispánico, la pintura campesina y la iconografía del arte amazónico.
Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICIA BALBUENA PALACIOS
Ministra de Cultura
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)