7/11/2018

Documento activos Estratégicos Significativos RM 259-2018-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Aprueban el documento "Activos estratégicos y significativos para ser considerados como inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), y criterios generales para su aplicación, en la tipología de proyectos de inversión: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales" RM 259-2018-MINAM Lima, 9 de julio de 2018 VISTOS, el Informe Nº 0406-2018-MINAM/VMGA/ DGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos
Poder Ejecutivo, Ambiente
Aprueban el documento "Activos estratégicos y significativos para ser considerados como inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), y criterios generales para su aplicación, en la tipología de proyectos de inversión: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales"
RM 259-2018-MINAM
Lima, 9 de julio de 2018
VISTOS, el Informe Nº 0406-2018-MINAM/VMGA/ DGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando Nº 450-2018-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
el Informe 322-2018-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones; el Informe Nº 422-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1252 crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, en adelante el Reglamento, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el Titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector, el cual designa al órgano que realizará las funciones de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI); asimismo, designa al Responsable de la referida Oficina, así como a el(los)

Responsable(s) de la(s) Unidad(es) Formuladora(s) de su Sector;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2017-MINAM, modificada por Resolución Ministerial Nº 163-2018-MINAM, se designó a la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente como unidad orgánica encargada de realizar las funciones de la OPMI del Sector Ambiente, así como a los órganos encargados de realizar las funciones de Unidades Formuladoras del Sector y sus responsables. Asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 240-2017-MINAM, se designó a la Especialista Responsable en Inversiones de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones del Ministerio del Ambiente, como Responsable de la OPMI del Sector Ambiente;


Que, de acuerdo a lo señalado en el literal e) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento, la OPMI del Sector, tiene entre sus funciones la de verificar que la inversión a ejecutarse se enmarque en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) Sectorial; y, de acuerdo a lo señalado en el literal e) del artículo 8 de la misma norma, las Unidades Formuladoras (UF) tienen como función cautelar que las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, no contemplen intervenciones que constituyan proyectos de inversión;

Que, el literal i), numeral 5.4 del artículo 5 de la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01, Directiva para la formulación y evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01, modificada por Resolución Directoral Nº 004-2017-EF/73.01, establece como una de las
funciones de las Unidades Formuladoras, el determinar si la intervención se enmarca en la definición de proyecto de inversión o en inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, de acuerdo a la definición establecida en el artículo 2 del Reglamento;

Que, al respecto, el literal d) del apartado II de los "Lineamientos Generales para la identificación y registro de las inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR)", aprobados mediante Resolución Directoral Nº 007-2017-EF/63.01, señala que los Órganos Resolutivos (OR) de los Sectores del Gobierno Nacional funcionalmente competentes, a propuesta de la OPMI, deberán determinar gradualmente o de manera progresiva qué activos son estratégicos y significativos para ser considerados como IOARR, bajo la asistencia de la Dirección General de Inversión Pública (DGIP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), distinguiéndolos de aquellos que configuran como otros gastos de capital por cada bien y/o servicio público identificado. Mientras el OR del Sector no defina la lista de los activos estratégicos asociados a tipologías de proyectos de inversión, cada Unidad Formuladora (UF)
deberá identificarlos en función a su criterio y experiencia técnica, cuando el área usuaria de una entidad pública tenga duda sobre la naturaleza de un activo en particular;

Que, en el marco del Programa Multianual de Inversiones 2019 - 2021 del Sector Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 151-2018-MINAM, se definieron las tipologías de proyectos de inversión, bienes y/o servicios públicos que brinda el Sector Ambiental, entre los cuales se encuentra la tipología: Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales, que comprende el servicio público de limpieza pública y el bien público de áreas degradadas por residuos sólidos, así como el diagnóstico y determinación de los indicadores por cada brecha del bien o servicio público identificado, los objetivos, los criterios de priorización y la Cartera de Inversiones del Sector;

Que, teniendo en consideración lo antes señalado, mediante Memorando Nº 398-2018-MINAM/VMDERN/ DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos (DGRS) remite el Informe Nº 0406-2018-MINAM/ VMGA/DGRS, en el cual señala que se ha realizado la revisión y validación de los criterios técnicos para los activos estratégicos y significativos para ser considerados como IOARR en la tipología de Gestión Integral de Residuos Sólidos que comprende el servicio de limpieza pública y las áreas degradadas por residuos sólidos; y recomienda proseguir con el trámite para la aprobación del referido documento;

Que, asimismo, mediante el Memorando Nº 450-2018-MINAM/SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) remite el Informe Nº 322-2018-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, elaborado por la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones (OPPMI), a través del cual sustenta y recomienda la aprobación del documento antes indicado;
precisando que este ha sido trabajado de manera conjunta con la UF de la DGRS, e incluye los comentarios emitidos por el equipo de metodologías de la Dirección de Políticas y Estrategias de la Inversión Pública de la DGIP del MEF;

Que, a través del Informe Nº 422-2018-MINAM/SG/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta viable la aprobación del referido documento;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252; el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01, que aprueba la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento "Activos estratégicos y significativos para ser considerados como inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR), y criterios generales para su aplicación, en la tipología de proyectos de inversión:

Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales"; el mismo que, como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la difusión del documento aprobado en el artículo precedente, en las unidades formuladoras de los tres niveles de gobierno.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexos en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente

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