8/14/2019

Apci Gasto Concepto Adquisición Pasajes Aéreos RM 0545/RE-2019 Relaciones Exteriores

Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para desplazamiento de servidores de la República del Paraguay RM 0545/RE-2019 Lima, 12 de agosto de VISTOS: El Memorándum (APC) Nº APC000216/2019, de 19 de julio de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00481/2019, de 23 de julio de de la Dirección de Cooperación Internacional; CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores
Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para desplazamiento de servidores de la República del Paraguay
RM 0545/RE-2019
Lima, 12 de agosto de
VISTOS:

El Memorándum (APC) Nº APC000216/2019, de 19 de julio de 2019, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y el Memorándum (DCI) Nº DCI00481/2019, de 23 de julio de de la Dirección de Cooperación Internacional;

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional
no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los beneficios tributarios que la ley establece;

Que, el literal c) del artículo 2 de la Ley de Cooperación Técnica Internacional, aprobada por Decreto Legislativo Nº 719, y sus normas modificatorias, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, científica y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú;


Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, prorroga la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, de la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, que autoriza a la APCI
financiar con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de personal peruano hacia el exterior para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de extranjeros hacia el Perú para recibir asistencia técnica y capacitación, ambos de corta duración;


Que, asimismo, la citada Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693
establece que los gastos se efectúen en el marco de lo establecido por dicha disposición, deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores;

Que, la cooperación entre la República de Perú y la República del Paraguay se enmarca en el Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científica, suscrito el 07 de agosto de 1996, a través del cual, se estableció un mecanismo de seguimiento de las acciones de cooperación, cuyas reuniones se realizan cada dos años alternadamente;

Que, en la III Reunión de la Comisión Mixta Peruano - Paraguaya se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral 2017-2019, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado "Asesoramiento en implementación del Programa de Desarrollo Alternativo Integral y sostenible con enfoque de Desarrollo Humano";

Que, en el marco del mencionado Proyecto, se ha programado la cuarta actividad, la cual se llevará a cabo en las ciudades de Lima y Tarapoto, República del Perú, del 26 al 30 de agosto de y cuyas instituciones ejecutoras son, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA de la República del Perú y la Secretaría Nacional Antidrogas - SENAD de la República del Paraguay;

Que, en la referida Actividad la asistencia técnica y capacitación que brindará DEVIDA contribuirá al fortalecimiento de las capacidades técnicas de los servidores paraguayos para la implementación del "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible con enfoque de Desarrollo Humano", el cual comprende el desarrollo de sistemas de comercialización en forma asociada de pequeños productores del Departamento de San Pedro (Paraguay), para la sustitución de sus cultivos ilícitos, en beneficio de su población, lo que contribuirá a mejorar las capacidades nacionales del Paraguay en materia de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible;

Que, en dicha actividad participarán los servidores de nacionalidad paraguaya señores Jorge Javier Velásquez Dávalos y Fernando Federico Krug Olmedo del SENAD;
asimismo, por el carácter transversal (multiplicidad de actores) de la problemática de las drogas en el Paraguay y a solicitud del SENAD, participará el señor Witberto Teddy Estigarribia Moura, servidor del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) de la República del Paraguay; a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación en el Perú en marco de la ejecución de la cuarta actividad del referido Proyecto;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que irrogue el desplazamiento de los mencionados servidores serán cubiertos con el presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional -
APCI;

Que, mediante Memorándum Nº 0590-2019-APCI/ OGA, de 11 de julio de 2019, la Oficina General de Administración de la APCI informó respecto del importe de los pasajes aéreos y viáticos a ser autorizados;
asimismo, mediante Memoranda Nº 0314-2019-APCI/ OPP, de 4 de julio de y Nº 0323-2019-APCI/OPP, Nº 324-2019-APCI-OPP, ambos de 9 de julio de 2019, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, remitió las Notas Nº 0000000199, Nº 0000000201 y Nº 0000000202, que otorgan la certificación de crédito presupuestario que permitirá atender el referido gasto;

Que, a su vez mediante Informe Nº 0101-2019-APCI/ DGNI, de 15 de julio de 2019, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la APCI emitió opinión técnica, concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de la delegación paraguaya del SENAD y el Ministerio de Agricultura de Paraguay;

Que, asimismo mediante Informe Nº 0187-2019/ APCI-OAJ, de 18 de julio de 2019, la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI verificó el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto;

Que, a través del Memorándum (DCI) Nº DCI00841/2019, de 23 de julio de 2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha verificado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación;

De conformidad con la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1º.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los señores Jorge Javier Velásquez Dávalos y Fernando Federico Krug Olmedo, servidores de la Secretaría Nacional Antidrogas - SENAD, y del señor Witberto Teddy Estigarribia Moura, servidor del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) de la República del Paraguay, a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la cuarta actividad del Proyecto denominado "Asesoramiento en implementación del Programa de Desarrollo Alternativo Integral y sostenible con enfoque de Desarrollo Humano", a realizarse en las ciudades de Lima y T arapoto, República del Perú, del 26 al 30 de agosto de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasajes Aéreos Clase Económica
USD
Viáticos por día
USD
Número de días Total de viáticos
USD
Internacional Nacional (Lima -
Tarapoto -
Lima)
Jorge Javier Velásquez Dávalos 455.28 143.61 97.34 5 486.70
Fernando Federico Krug Olmedo 455.28 143.61 97.34 5 486.70
Witberto Teddy Estigarribia Moura 455.28 143.61 97.34 5 486.70
Artículo 2º.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remitirá al Ministerio de Relaciones
Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización.

Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0545/RE-2019 Autorizan a la APCI el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para desplazamiento de servidores de la República del Paraguay
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0545/RE-2019
  • Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-08-14
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-15

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