2/03/2013

Resolución de Superintendencia N° 042-2013/SUNAT Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en la Jornada

Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en la Jornada de Trabajo, con ocasión del lanzamiento oficial del nuevo sistema operativo ECUAPASS, a realizarse en Ecuador SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 042-2013/SUNAT Lima, 1 de febrero de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio N°. SENAE-DGN-2013-0080-OF del 23 de enero de 2013, el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, cursa invitación
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT para participar en la Jornada de Trabajo, con ocasión del lanzamiento oficial del nuevo sistema operativo ECUAPASS, a realizarse en Ecuador

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 042-2013/SUNAT


Lima, 1 de febrero de 2013
CONSIDERANDO:

Que mediante Oficio N°. SENAE-DGN-2013-0080-OF del 23 de enero de 2013, el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, para participar en la Jornada de Trabajo, con ocasión del lanzamiento oficial del nuevo sistema operativo ECUAPASS, que se llevará a cabo en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 6 al 8 de febrero de 2013;

Que la asistencia al citado evento tiene como objetivo conocer otras administraciones aduaneras que hayan pasado por un gran proceso de transformación con buenas prácticas y con calidad; en tal sentido, el modelo ecuatoriano es un buen ejemplo, ya que durante los últimos años ha implementado una transformación en sus procesos, organización y sistemas que los soportan, adoptando el modelo aduanero de Corea, que mundialmente es reconocida entre las cinco mejores prácticas aduaneras del mundo, con procesos de despacho aduanero en minutos, con soluciones cero papeles y cuya solución informática soporta la gran mayoría de los procesos de negocio aduanero;

Que por lo antes señalado, siendo de interés para la SUNAT la participación de sus trabajadores en eventos de esta naturaleza, mediante comunicación electrónica de fecha 24 de enero de 2013, la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas presentó a los señores Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; Alfred Wilhelm Hamann Mangner, Intendente Nacional de Sistemas de Información; y Rosa Mercedes Carrasco Aguado, Asesor IV de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas; para que participen en el referido evento;

Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;

Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT , aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;

Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores;

Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario autorizar el viaje del señor Rafael Eduardo García Melgar para los días 8 y 9 de febrero de 2013, y de los señores Alfred Wilhelm Hamann Mangner y Rosa Mercedes Carrasco Aguado del 6 al 8 de febrero de 2013; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y;

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002-PCM y normas modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, los días 8 y 9 de febrero de 2013, y de los señores Alfred Wilhelm Hamann Mangner,
Intendente Nacional de Sistemas de Información, y Rosa Mercedes Carrasco Aguado, Asesor IV de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, del 6 al 8 de febrero de 2013; para participar en la Jornada de Trabajo, con ocasión del lanzamiento oficial del nuevo sistema operativo ECUAPASS, que se llevará a cabo en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle:

Rafael Eduardo García Melgar Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 117,75
Viáticos US$ 400,00
Alfred Wilhelm Hamann Mangner Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 188,21
Viáticos US$ 600,00
Rosa Mercedes Carrasco Aguado Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 188,21
Viáticos US$ 600,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los trabajadores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los trabajadores cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ROMERO SÁNCHEZ
Superintendente Nacional (e)

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