7/23/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2014-EF/52 Autorizan noveno tramo de la emisión de Bonos Soberanos en

Autorizan noveno tramo de la emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto Supremo N° 224-2013-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2014-EF/52 Lima, 22 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta el contexto actual de menor crecimiento de la economía mundial, y su impacto en la economía peruana a través de la caída de los términos de intercambio, menores volúmenes de exportación, y por tanto, una menor recaudación, lo cual afecta los ingresos del Estado en general, y a fin de asegurar la continuidad de
Autorizan noveno tramo de la emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto Supremo N° 224-2013-EF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2014-EF/52
Lima, 22 de julio de 2014
CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta el contexto actual de menor crecimiento de la economía mundial, y su impacto en la economía peruana a través de la caída de los términos de intercambio, menores volúmenes de exportación, y por tanto, una menor recaudación, lo cual afecta los ingresos del Estado en general, y a fin de asegurar la continuidad de la ejecución de los proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales financiados con los ingresos provenientes de los conceptos canon y otros, a nivel regional y local, mediante el Artículo 4 del Decreto Supremo N° 224-2013-EF, se aprobó la emisión interna de bonos soberanos hasta por S/. 500 000 000,00 (QUINIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a ser efectuada, en uno o varios tramos, durante los años 2013
y 2014, y que se destinará a financiar proyectos de inversión pública, que se encuentran en la etapa de ejecución, a cargo de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

Que, el numeral 4.2 del acotado Artículo 4 dispone que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, se autoriza cada tramo de bonos soberanos, que podrán ser colocados en una o varias fechas;

Que, asimismo, el numeral 4.3 del mencionado Artículo 4 establece que por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas se aprobará el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, según corresponda, a efectos de transferir los fondos provenientes de la colocación de bonos soberanos antes mencionados, para financiar los proyectos de inversión pública en etapa de ejecución, a cargo de dichos Gobiernos, y establecer los términos y condiciones relativos a su utilización y a la obligación de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son materia de traspaso;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 064-2013-EF/52.01, se aprobó la "Directiva para la Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF";

Que, en el marco de las normas antes señaladas, la Municipalidad Distrital de Cayma, la Municipalidad Distrital de Sachaca, la Municipalidad Distrital de los Baños del Inca, y el Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, han presentado a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, los documentos requeridos para acceder al financiamiento proveniente de la emisión de bonos soberanos aprobada por el Artículo 4 de Decreto Supremo N° 224-2013-EF, hasta por S/. 9 693 548,61 (NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL
QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 61/100 NUEVOS
SOLES), destinado a financiar los proyectos de inversión pública a su cargo, que están en etapa de ejecución;

Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el noveno tramo de la emisión interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF, destinado a financiar los proyectos de inversión pública en ejecución a cargo de los Gobiernos Locales y el Gobierno Regional mencionados en el considerando precedente y que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de esta Resolución Ministerial; así como aprobar los respectivos Convenios Traspaso de Recursos;

Que, de otro lado, mediante el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 361-2013-EF/52, se autorizó el quinto tramo de la emisión de bonos soberanos hasta por S/.

19 754 996,46 (DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y SEIS Y 46/100 NUEVOS SOLES), dentro del cual está comprendido el financiamiento de proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de la Municipalidad Distrital de los Baños del Inca por la suma total de S/. 6 476 019,90 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS
MIL DIECINUEVE Y 90/100 NUEVOS SOLES);

Que, según lo informado por la Municipalidad Distrital de los Baños del Inca, se ha culminado la ejecución de los proyectos de inversión, cuyo financiamiento se hace referencia en el considerando precedente, por tanto, al no requerir la utilización de los recursos correspondientes al quinto tramo de la emisión de bonos soberanos, autorizado por la Resolución Ministerial N° 361-2013-EF/52, resulta necesario modificar esta última;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 224-2013-EF y la Resolución Directoral N° 064-2013-EF/52.01, que aprueba la "Directiva para la Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos aprobada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF";

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modifíquese el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 361-2013-EF/52, cuyo texto será el siguiente:
"Autorícese el quinto tramo de hasta S/. 17 013 836,88 (DIECISIETE MILLONES TRECE MIL OCHOCIENTOS
Y TREINTA Y SEIS Y 88/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto Supremo N° 224-2013-EF, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a financiar los proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de la Municipalidad Distrital de Llochegua, la Municipalidad Distrital de Los Baños del Inca, la Municipalidad Distrital de Omacha, la Municipalidad Provincial de Nasca, la Municipalidad Provincial de Pisco, la Municipalidad Distrital de Río Tambo, la Municipalidad Distrital de Sinsicap, la Municipalidad Distrital de Punchana, la Municipalidad Provincial de Ucayali, la Municipalidad Distrital de Paucartambo y la Municipalidad Provincial de Tumbes, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de esta Resolución Ministerial, el cual es publicado, en la fecha de publicación de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob.pe/DGETP/financiamiento_
GR_GL.php."
Artículo 2.- Modifíquese el Anexo de la Resolución Ministerial N° 361-2013-EF/52, conforme al nuevo Anexo denominado "Quinto Tramo de la Emisión de Bonos Soberanos – Decreto Supremo N° 224-2013-EF", publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Autorícese el noveno tramo de hasta
S/. 9 693 548,61 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y
OCHO Y 61/100 NUEVOS SOLES), de la emisión interna de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto Supremo N° 224-2013-EF, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a financiar los proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de la Municipalidad Distrital de Cayma, la Municipalidad Distrital de Sachaca, la Municipalidad Distrital de los Baños del Inca, y el Gobierno Regional del Departamento de Cajamarca, que se detallan en el Anexo denominado "Noveno Tramo de la Emisión de Bonos Soberanos – Decreto Supremo N° 224-2013-EF", que forma parte integrante de esta Resolución Ministerial, el cual es publicado, en la fecha de publicación de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas:
http://www.mef.gob.pe/DGETP/financiamiento_GR_
GL.php"
Artículo 4.- Para los fines de la colocación del noveno tramo que se autoriza en el Artículo 3 de esta resolución, se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de Bonos Soberanos y el Reglamento del Programa de Creadores de Mercado, aprobados por el Decreto Supremo N° 096-2013-EF y los bonos soberanos contarán con las siguientes características:

Monto : S/. 9 693 548,61
Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Estructurador : Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público Moneda : Nuevos Soles Negociabilidad de los bonos : Libremente negociables Modalidad de colocación : A través de subastas, en el marco del Programa de Creadores de Mercado o mecanismo que lo sustituya.

Plazo de colocación : En varias fechas hasta el 31 de diciembre de 2014.

Registro : Los bonos serán registrados mediante anotación en cuenta en CAVALI S.A.

ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima Servicio de deuda : El servicio de amortización, intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública.

Artículo 5.- Apruébense los Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y los Gobiernos Locales y el Gobierno Regional señalados en el Artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, mediante los cuales se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de la colocación de bonos soberanos cuya emisión fue autorizada por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF, para financiar los proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de dichos Gobiernos; así como lo referido a su utilización y a la obligación de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son materia de traspaso.

El mecanismo de reembolso a cargo de los aludidos Gobiernos señalados en el Artículo 3 de esta norma legal, a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, será mediante asignaciones financieras a que se refiere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del T exto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF.

Artículo 6.- Autorícese al Director General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera para implementar lo dispuesto en esta Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas

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