9/05/2014

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 432-2014-DE/MGP

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 432-2014-DE/MGP Lima, 4 de setiembre de 2014 Visto, el Oficio P.200-1782 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 7 de agosto de 2014; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) es una Agencia de la Organización de los Estados Americanos (OEA), establecida en el año 1986 con el propósito de fortalecer las capacidades humanas e Institucionales de sus Estados miembros para combatir la producción, tráfico y uso de drogas ilícitas;

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 432-2014-DE/MGP
Lima, 4 de setiembre de 2014
Visto, el Oficio P.200-1782 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 7 de agosto de 2014;

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD) es una Agencia de la Organización de los Estados Americanos (OEA), establecida en el año 1986 con el propósito de fortalecer las capacidades humanas e Institucionales de sus Estados miembros para combatir la producción, tráfico y uso de drogas ilícitas; así como, ejecutar programas de acción para prevenir y tratar el abuso de drogas y desarrollar estándares mínimos para la legislación sobre el control y tráfico ilícito de drogas;

Que, la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (SE/ CICAD) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), ha cursado invitación a la Marina de Guerra del Perú, para participar en la Reunión de Asunción de la Presidencia del Grupo de Expertos en Narcotráfico Marítimo para el período de 2014/2015, por la Dirección de Operaciones Navales de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 8 al 11 de setiembre de 2014;

Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Almirante y UN (1) Oficial Superior, para que participe en la mencionada reunión;

Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Luis Jesús ALBA Landaveri y del Capitán de Fragata SGC. César Armando LARRIEGA Vigíl, para que participen en la Reunión de Asunción de la Presidencia del Grupo de Expertos en Narcotráfico Marítimo para el período de 2014/2015, por la Dirección de Operaciones Navales de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 8 al 11 de setiembre de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Autoridad Marítima dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal de la Unidad Ejecutora N° 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Luis Jesús ALBA Landaveri, CIP. 04826243, DNI. 43569857 y del Capitán de Fragata SGC. César Armando LARRIEGA Vigíl, CIP. 06835521, DNI. 43521759, para que participen en la Reunión de Asunción de la Presidencia del Grupo de Expertos en Narcotráfico Marítimo para el período de 2014/2015, por la Dirección de Operaciones Navales de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 8 al 11 de setiembre de 2014; así como, autorizar su salida del país el 7 y su retorno el 12 de setiembre de 2014.

Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Cartagena de Indias (República de Colombia) - Lima US$. 1,326.50 x 2 personas US$. 2,653.00
Viáticos:

US$. 370.00 x 2 personas x 4 días US$. 2,960.00
-------------------TOTAL A PAGAR: US$. 5,613.00
Artículo 3°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Artículo 4°.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa

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