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RESOLUCIÓN N° 1835-2014-R Promulgan el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
10/23/2014
RESOLUCIÓN N° 1835-2014-R Promulgan el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo
Promulgan el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO RESOLUCIÓN N° 1835-2014-R Lambayeque, 9 de octubre de 2014 VISTO: El Expediente N° 6844-2014-SG-UNPRG, el mismo que contiene el Oficio N° 005-2014-AE-UNPRG y el Acta N° 05 de Asamblea Estatutaria de fecha 09 de octubre del presente, presentado por el Presidente de la Asamblea Estatutaria, que aprueba el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N°005-2014-AE-.UNPRG,
RESOLUCIÓN N° 1835-2014-R
Lambayeque, 9 de octubre de 2014
VISTO:
El Expediente N° 6844-2014-SG-UNPRG, el mismo que contiene el Oficio N° 005-2014-AE-UNPRG y el Acta N° 05 de Asamblea Estatutaria de fecha 09 de octubre del presente, presentado por el Presidente de la Asamblea Estatutaria, que aprueba el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N°005-2014-AE-.UNPRG, el Presidente de la Asamblea Estatutaria, con fecha 09 de octubre del presente eleva Acta de Asamblea Estatutaria, la misma que aprueba por unanimidad el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, con fecha 09 de octubre de 2014, el mismo que consta de trescientos veintinueve (329) artículos y doce (12) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales.
Que, de acuerdo a la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Universitaria N° 30220, en su párrafo octavo prescribe: "(…) La asamblea estatutaria redacta y aprueba el Estatuto de la universidad, en un plazo de cincuenta y cinco (55) días calendario";
así como en su párrafo noveno establece: "A la fecha de aprobación de los nuevos estatutos, la asamblea estatutaria establece el cronograma de elección de las nuevas autoridades y el plazo para su designación en reemplazo de las autoridades vigentes. El referido cronograma debe incluir las fechas de la convocatoria a nuevas elecciones, de realización del proceso electoral, y de designación de las nuevas autoridades.";
Que, de conformidad al artículo 62° de la Ley Universitaria N° 30220, se establece que son atribuciones del Rector las siguientes: "62.1. Presidir el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria, así como hacer cumplir sus acuerdos. (…)";
Que, vista y analizada el Acta de la Asamblea Estatutaria, de fecha 09 de octubre de 2014, se ha aprobado por unanimidad, el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, hallándose de acuerdo a ley, por cuanto se ha realizado en estricto cumplimiento de un deber legal de la Asamblea Estutaria establecido en la Ley Universitaria N° 30220; asimismo, ha establecido el cronograma de elección de nuevas autoridades y el plazo para su designación en reemplazo de las autoridades vigentes, también aprobado por unanimidad; y además, la Asamblea Estatutaria ha acordado por unanimidad en la misma acta elevar el Estatuto aprobado de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo a fin de que el Rector de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo proceda a su promulgación;
En uso de las atribuciones que confieren al Rector, la Ley Universitaria 30220 y el Estatuto de la Universidad;
SE RESUELVE:
1° Promulgar el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, aprobado por unanimidad por la Asamblea Estatutaria, el mismo que consta de trescientos veintinueve (329) artículos y doce (12) Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales.
2° Disponer la publicación del Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Universidad.
3° Dar a conocer la presente resolución al Vicerrectorado Académico y Administrativo, Dirección General de Administración, Oficina Central de Asesoría Jurídica, Oficina Central de Imagen Institucional, al Órgano de Control Institucional, a las respectivas Facultades e instancias correspondientes.
Regístrese, comuníquese y archívese.
MARIANO AGUSTÍN RAMOS GARCÍA
Rector
LILIA CONSUELO RAMOS CULQUI
Secretaria General (e)
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