12/03/2015

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 148-2015-SINEACE/CDAH-P 567716 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de

567716 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2015 / El Peruano 567717 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2015 El Peruano / Precisan que acreditación otorgada al Centro de Educación Técnico Productiva "Marinero Pedro Pablo Unanue Carrillo" está referida a la "Opción Ocupacional de Tripulación de Pesca" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 148-2015-SINEACE/CDAH-P Lima, 1 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 139-2015-SINEACE/CDAH-P , de fecha
567716 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2015 / El Peruano 567717 NORMAS LEGALES Jueves 3 de diciembre de 2015 El Peruano / Precisan que acreditación otorgada al Centro de Educación Técnico Productiva "Marinero Pedro Pablo Unanue Carrillo" está referida a la "Opción Ocupacional de Tripulación de Pesca"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 148-2015-SINEACE/CDAH-P
Lima, 1 de diciembre de 2015
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 139-2015-SINEACE/CDAH-P , de fecha 18 de noviembre 2015, se oficializó el Acuerdo Nº 160-2015-CDAH mediante el cual se otorgó la acreditación al Centro de Educación Técnico Productiva "Marinero Pedro Pablo Unanue Carrillo", por el periodo de cinco años;

Que, mediante Informe Nº 055-2015/SINEACE/ST-DEA-EBTP, de fecha 01 de diciembre 2015, la Directora de Evaluación y Acreditación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE, hace de conocimiento que la acreditación indicada precedentemente, está referida a la "Opción Ocupacional de Tripulación de Pesca", precisión que no se ha efectuado en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 139-2015-SINEACE/ CDAH-P, correspondiendo en tal sentido, emitir el acto resolutivo para la respectiva aclaración;

Contando con el visto bueno de la Secretaría Técnica y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con la Ley Nº 28740 - Ley del SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Precisar que la acreditación otorgada al Centro de Educación Técnico Productiva "Marinero Pedro Pablo Unanue Carrillo" mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 139-2015-SINEACE/CDAH-P , de fecha 18 de noviembre 2015, está referida a la "Opción Ocupacional de Tripulación de Pesca".

Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE

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