7/03/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 265-2016-MEM/DM Amplían período de la Situación de Grave Deficiencia

Amplían período de la Situación de Grave Deficiencia Eléctrica del Sistema Eléctrico Iquitos, hasta la puesta en operación comercial de central térmica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2016-MEM/DM Lima, 30 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2014-EM publicado el 17 de diciembre de 2014 en el diario oficial El Peruano, dispone que el Ministerio de Energía y Minas se encuentra facultado para declarar las situaciones de emergencia eléctrica o de graves deficiencias del servicio
Amplían período de la Situación de Grave Deficiencia Eléctrica del Sistema Eléctrico Iquitos, hasta la puesta en operación comercial de central térmica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2016-MEM/DM
Lima, 30 de junio de 2016
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2014-EM publicado el 17 de diciembre de 2014 en el diario oficial El Peruano, dispone que el Ministerio de Energía y Minas se encuentra facultado para declarar las situaciones de emergencia eléctrica o de graves deficiencias del servicio eléctrico por falta de capacidad de producción y/o transporte y su respectivo plazo, a efectos de garantizar la confiabilidad del abastecimiento oportuno de energía en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), para lo cual establecerá la magnitud de la capacidad adicional de generación necesaria para enfrentar el evento y requerir a la empresa pública para que, al amparo del artículo 3 de la referida norma, efectúe las contrataciones y adquisiciones de obras, bienes y servicios que sean necesarios para asegurar el suministro oportuno de energía eléctrica al SEIN;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 222-2015-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de mayo de 2015, el Ministerio de Energía y Minas declaró en situación de grave deficiencia eléctrica al Sistema Eléctrico de Iquitos por el periodo abril - diciembre de 2015; y asimismo, encargó a la empresa Electro Oriente S.A. efectuar las contrataciones de bienes, servicios u obras, necesarias para el abastecimiento seguro y oportuno de energía eléctrica en la ciudad de Iquitos, hasta por 12 MW;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 283-2015-MEM/DM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de junio de 2015, se amplió el periodo de situación de grave deficiencia eléctrica del Sistema Eléctrico de Iquitos, declarado mediante la Resolución Ministerial citada en el considerando precedente, hasta el mes de julio de 2016, fecha en que se tenía previsto el ingreso de la central térmica del proyecto "Suministro de Energía para Iquitos" (en adelante, Reserva Fría);

Que, mediante Carta G-637-2016 con Registro Nº 2605633 del 18 de mayo de 2016, la empresa Electro Oriente S.A. solicitó al Ministerio de Energía y Minas ampliar la declaratoria de situación de grave deficiencia eléctrica del Sistema Eléctrico de Iquitos desde agosto de 2016 hasta el ingreso de la Reserva Fría, toda vez que, según la declaración de la concesionaria de 591586 NORMAS LEGALES
Domingo 3 de julio de 2016 / El Peruano dicho proyecto, la citada Reserva Fría no ingresaría en operación comercial en la fecha prevista;

Que, mediante Oficio Nº 1044-2016/MEM-DGE, la Dirección General de Electricidad solicitó al OSINERGMIN
un informe sobre la situación actual del Sistema Eléctrico de Iquitos;

Que, mediante Oficio Nº 096-2016-OS-GG, recibido el 17 de junio de 2016, el OSINERGMIN remitió el Informe Técnico Nº DSE-CT-106-2016, elaborado por la División de Supervisión de Electricidad, informando la situación actual del Sistema Eléctrico de Iquitos, teniendo en consideración el estado de las unidades de generación, capacidad de transmisión de las líneas, la demanda, su evolución y posibles riesgos que podrían afectar el suministro eléctrico;

Que, de acuerdo con lo informado por el OSINERGMIN, dentro de los posibles riesgos que afectarían el suministro eléctrico a Iquitos durante el año 2016, se encuentra el déficit máximo de generación que se presentaría en agosto de 2016 y que sería de 14,88 MW; esto sin considerar la Generación Adicional de 12 MW, autorizada mediante la Resolución Ministerial Nº 222-2015-MEM/DM, que tiene como vigencia hasta el mes de julio de 2016;

Que, en ese sentido, el OSINERGMIN concluye que para evitar los posibles riesgos que podrían afectar la continuidad del suministro eléctrico en la ciudad de Iquitos, se debería considerar una generación adicional de 15 MW, como mínimo, desde el mes de agosto de 2016 hasta la solución definitiva del déficit de generación en Iquitos, lo cual ocurrirá con la puesta en operación comercial de la Reserva Fría que actualmente se encuentra en construcción;

Que, por otro lado, mediante carta S/N, ingresada al Ministerio de Energía y Minas con número de registro Nº 2613253 el 7 de junio de 2016, la concesionaria de la Reserva Fría solicitó una ampliación de plazo de 226 días para la puesta en operación comercial de esta instalación, con lo cual su ingreso al sistema se produciría aproximadamente entre abril o mayo del 2017. Cabe señalar que dicha solicitud aún se encuentra en evaluación;

Que, con el fin de garantizar la continuidad de la cadena de suministro de energía eléctrica al Sistema Eléctrico de Iquitos, y minimizar el riesgo de restricciones de energía a los usuarios, el Ministerio de Energía y Minas ha considerado conveniente ampliar el periodo de Situación de Grave Deficiencia Eléctrica al Sistema Eléctrico Iquitos declarada en la Resolución Ministerial Nº 222-2015-MEM/DM, hasta la puesta en operación comercial de la Reserva Fría; y asimismo, ampliar en 3 MW la magnitud de la capacidad de generación adicional, desde el mes de agosto de 2016; conforme a lo sustentado en el Informe Técnico Nº 040-2016/MEM-DGE-DEPE emitido por la Dirección General de Electricidad;

En ejercicio de la facultad contenida en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2014-EM;

Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Vice-Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Ampliar el periodo de la Situación de Grave Deficiencia Eléctrica del Sistema Eléctrico Iquitos, declarada mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 222-2015-MEM/DM, hasta la puesta en operación comercial de la central térmica del proyecto "Suministro de Energía para Iquitos".

Artículo 2.- Ampliar en 3 MW la magnitud de la capacidad de la generación adicional para el abastecimiento seguro y oportuno de energía eléctrica del Sistema Eléctrico Iquitos, establecida en el artículo 2 de la de la Resolución Ministerial Nº 222-2015-MEM/ DM, desde agosto de 2016 hasta la puesta en operación comercial de la central térmica del proyecto "Suministro de Energía para Iquitos".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas

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