3/18/2018

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 103-2018-VIVIENDA Aprueban Transferencia Financiera del Programa Nacional

Aprueban Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2018-VIVIENDA Lima, 16 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos
Aprueban Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2018-VIVIENDA
Lima, 16 de marzo de 2018
CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA
se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE
MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y
OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda fuente de financiamiento;

Que, la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693 autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar transferencias financieras a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua, saneamiento y salud", creado mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el cual se denominará "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento", con cargo a su presupuesto institucional, en las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y las empresas prestadoras de servicios de saneamiento;
así como para el financiamiento de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y de rehabilitación, en materia de agua y saneamiento de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento;
dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, con Memorando Nº 622-2018/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 088-2018/VIVIENDA-OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto y emite opinión favorable en materia presupuestaria para aprobar una Transferencia Financiera hasta por la suma de CIENTO SETENTA
MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL
DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 170 249 299,00), a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento" para financiar proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural, requeridos por el Programa Nacional de Saneamiento Rural; precisándose que dichos recursos serán financiados en su totalidad, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4:

Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de CIENTO SETENTA MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y
NUEVE Y 00/100 SOLES (S/ 170 249 299,00) a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento"
para financiar proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural;

De conformidad con lo dispuesto en la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento"
Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de CIENTO
SETENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y
00/100 SOLES (S/ 170 249 299,00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento", para financiar proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural.

Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera aprobada en la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082. Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777. Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4:

Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 3: Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 del presente dispositivo son para el financiamiento de proyectos de inversión en materia de agua y saneamiento rural, y no podrán ser destinados a fines distintos, bajo responsabilidad.

Artículo 4.- Publicación y Difusión Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS BRUCE
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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