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DECRETO SUPREMO N° 044-2018-PCM que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la
4/26/2018
DECRETO SUPREMO N° 044-2018-PCM que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la
Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 DECRETO SUPREMO Nº 044-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, las políticas 24 y 26 del Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio del 2002, establecen como Políticas de Estado la afirmación de un Estado eficiente y transparente, y la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas, respectivamente, correspondiendo al Estado afirmar principios éticos y valores
DECRETO SUPREMO Nº 044-2018-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, las políticas 24 y 26 del Acuerdo Nacional, suscrito el 22 de julio del 2002, establecen como Políticas de Estado la afirmación de un Estado eficiente y transparente, y la promoción de la transparencia y la erradicación de la corrupción en todas sus formas, respectivamente, correspondiendo al Estado afirmar principios éticos y valores sociales así como la vigilancia ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas para garantizar la institucionalidad de nuestro país; asimismo, constituye elemento consustancial a dichas políticas el destierro de la impunidad, del abuso de poder, de la corrupción y del atropello de los derechos;
Que, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), creada por Ley Nº 29976 tiene como objeto articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país; y está conformada por los titulares de las principales entidades públicas, del sector privado y sociedad civil vinculados a la lucha contra la corrupción y el fomento de la integridad;
Que, según el numeral 2 del artículo 3 de su norma de creación y el artículo 3 inciso b) de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 089-2012-PCM, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, tiene entre sus funciones el proponer al Poder Ejecutivo el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción cada cuatro (4) años;
Que, el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establece que la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción desarrolla el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, con una actualización periódica cada cuatro (4) años, para la implementación de los objetivos y lineamientos previstos en la Política Nacional. Asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final de la mencionada norma encarga a la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción la elaboración de una propuesta de Plan para su posterior presentación al Poder Ejecutivo;
Que, el periodo de vigencia del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 - 2016, aprobado por Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM, culminó en el mes de diciembre de 2016, por lo que, la Coordinación General de la CAN como resultado de un proceso participativo -en el que han intervenido representantes de las entidades miembros de la CAN y de diversas entidades públicas, privadas y de la sociedad civil-ha elaborado una propuesta de Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018 - 2021 que no sólo toma como punto de partida las disposiciones contenidas en las Convenciones Internacionales sobre lucha contra la corrupción de las cuales Perú es parte obligada, sino también acoge las recomendaciones formuladas en el Informe de la Comisión Presidencial de Integridad y en el Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú;
Que, mediante acuerdo adoptado en la Trigésima Primera Sesión de la CAN, realizada el 16 de abril de 2018, los miembros plenos y observadores de la CAN
aprobaron por unanimidad la propuesta del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, encargando a la Coordinación General de la CAN realizar las acciones necesarias para la remisión de la propuesta al Poder Ejecutivo y expedición del decreto supremo de aprobación respectivo;
Que, el artículo 26 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece como competencia exclusiva del Gobierno Nacional el diseño de políticas nacionales y sectoriales; en igual sentido, el artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo prevé que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales, las cuales son de obligatorio cumplimiento por todas las Entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;
Que, en este contexto, resulta necesario aprobar el Plan Nacional de integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018 - 2021, a fin de contar con un instrumento que establezca las acciones priorizadas que sobre la materia se aeben emprender para prevenir y combatir la corrupción, e impulsar la integridad pública, en e! marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción;
Que, considerando que la Presidencia de Consejo de Ministros, ha absorbido las funciones de la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción en aras de fortalecer la implementación de la Política de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, corresponde que toda referencia a la Coordinación General en el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 sea atribuida a la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros;
De conformidad con el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; los artículos 4 y 11 inciso 3 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1.-Aprobación Apruébese el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, el mismo que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Ejecución y cumplimiento Las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021
adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento, asegurando que las acciones y los gastos se incluyan en sus Planes Operativos y Presupuestos Institucionales.
Artículo 3.- Financiamiento La implementación y el cumplimiento del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, se financia con cargo al presupuesto institucional de las entidades públicas involucradas y en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto.
Artículo 4.- Seguimiento, monitoreo y evaluación La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción a través de la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros se encarga de realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021.
Las entidades del Estado que se encuentran bajo el ámbito de la presente norma tienen el deber y la obligación de realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de las acciones establecidas que conforme al Plan Nacional se encuentran en el marco de sus competencias.
Artículo 5.- Publicación Publícase el presente Decreto Supremo y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal de la Presidencia del Consejo de Ministros (http://www.pcm.gob.pe/), y en el Portal Institucional de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (http://can.pcm.gob.pe/).
Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única Disposición Complementaria Final En un plazo no mayor de sesenta (60) días, la Secretaría de Integridad Pública en coordinación con el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, propondrá las normas complementarias para ajusfar la Política Nacional de Integridad a lo dispuesto en el Anexo
1 del Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, las cuales se aprobarán mediante Resolución Ministerial. Dichas normas establecerán las vinculaciones entre el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción y el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, conforme el artículo 11 del referido Decreto Supremo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de abril del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
PLAN NACIONAL DE INTEGRIDAD Y
LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
2018-2021
ACRÓNIMOS, SIGLAS Y ABREVIATURAS
CEPLAN: Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CAN ANTICORRUPCIÓN: Comisión de Alto Nivel Anticorrupción CCL: Cámara de Comercio de Lima CGR: Contraloría General de la República CNM: Consejo Nacional de la Magistratura CONFIEP: Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas GIZ: Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit de la Cooperación Alemana.
G20: Grupo de los Veinte INA: Iniciativa Nacional Anticorrupción INEI: Instituto Nacional de Estadística e Informática.
LA/FT: Lavado de activos y/o de financiamiento del terrorismo.
MINAGRI: Ministerio de Agricultura y Riego MINAM: Ministerio del Ambiente MINCETUR: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo CULTURA: Ministerio de Cultura MINDEF: Ministerio de Defensa MIDIS: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social MEF: Ministerio de Economía y Finanzas MINEDU: Ministerio de Educación MINEM: Ministerio de Energía y Minas MININTER: Ministerio del Interior MINJUS: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos MIMP: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables PRODUCE: Ministerio de Producción RREE: Ministerio de Relaciones Exteriores MINSA: Ministerio de Salud MTPE: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo MTC: Ministerio de Transporte y Comunicaciones VIVIENDA: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
MP-FN: Ministerio Público - Fiscalía de la Nación OCDE: Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico ONA: Oficina Nacional Anticorrupción OSCE: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado PCM: Presidencia del Consejo de Ministros PPEDC: Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción PJ: Poder Judicial PNP: Policía Nacional del Perú PROÉTICA: Capítulo peruano de Transparencia Internacional SERVIR: Autoridad Nacional del Servicio Civil SGP: Secretaría de Gestión Pública SNI: Sociedad Nacional de Industrias
TABLA DE CONTENIDO
PRESENTACIÓN
I. INTRODUCCIÓN
II. MARCO METODOLÓGICO DE DESARROLLO
DEL PLAN
2.1. Metodología de elaboración del plan 2.2. Procedimiento de clasificación y priorización de acciones 2.3. Acciones priorizadas en el plan
III. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y ACCIONES DEL
PLAN
3.1. Acciones del Plan 3.2. Acciones, Indicadores, Metas y Responsables
IV. ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACIÓN
4.1. Seguimiento, Monitoreo y Evaluación
REFERENCIAS Y BIBLIOGRAFÍA
ÍNDICE DE TABLAS
Tabla 1: Iniciativas anticorrupción y énfasis conceptual Tabla 2: Documentos anticorrupción considerados para la elaboración del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción Tabla 3: Articulación de enfoques, ejes y objetivos específicos Tabla 4: Etapas, procedimientos y resultados del proceso de elaboración de acciones Tabla 5: Áreas prioritarias, tipos de acciones, importancia, temporalidad
ÍNDICE DE ILUSTRACIONES
Ilustración 1: Organización de la secuencia lógica de elaboración del plan Ilustración 2: Tipos de medición por niveles de articulación en la lucha contra la corrupción
PRESENTACIÓN
Sin necesidad de acudir a estadísticas ni encuestas, todos los ciudadanos peruanos sabemos que la corrupción es uno de los principales problemas en el país si acaso no el principal. Lo vemos y lo vivimos todos los días de una u otra manera a través de los medios de comunicación que dan cuenta de la compra de voluntades políticas, de acuerdos para beneficiar ilegítimamente intereses particulares y de decisiones que no se fundamentan en el interés general sino en el interés de unos pocos. Pero también vivimos la corrupción cuando somos víctimas de un mal servidor público que exige algún pago o beneficio irregular para permitirnos acceder a servicios públicos básicos que por derecho nos corresponden como la salud y la educación.
Todas estas prácticas cuestionables que denominamos gran corrupción, mediana corrupción y pequeña corrupción, si bien tienen manifestaciones y características distintas, así como abordajes distintos, todas ellas son expresión del mismo problema que tiene como raíz la falta de valores, la débil institucionalidad, falta de meritocracia y la injerencia política en la administración pública.
Para entender el problema y plantear alternativas concretas de solución en nuestro país, desde el 2001, se han desarrollado espacios gubernamentales orientados a generar sinergias y definir acciones anticorrupción, los cuales, por diversos motivos, no lograron consolidarse en el tiempo. En la misma línea, en ese mismo período se adoptaron distintas medidas anticorrupción que -siendo necesarias como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, Ley de Gestión de Intereses, Ley de Prohibiciones e Incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Públicos, y Ley de Reforma del Servicio Civil, entre otras- no han tenido el impacto estructural y de largo plazo que esperábamos. Por el contrario, hemos corroborado en estos dos últimos años que la corrupción no sólo se ha mantenido presente, sino que cada vez más presenta evidencias de estar preocupantemente enraizada en los distintos segmentos y niveles de nuestra sociedad.
En este contexto, con no poca frecuencia los peruanos nos sentimos indignados y buscamos alternativas y respuestas inmediatas que nos permitan revertir las consecuencias nefastas que la corrupción genera en términos de institucionalidad, gobernabilidad, crecimiento económico y desarrollo. El problema, sin embargo, es que las respuestas inmediatas y sin planificación apelan erróneamente a la focalización de estrategias de represión, descuidando la prevención. Por esa razón, la lucha contra la corrupción en nuestro país se ha concentrado principalmente en desarrollar medidas que enfatizan el enfoque punitivo buscando la sanción y la reparación del daño con posterioridad a la comisión de un acto de corrupción.
Al respecto, si bien el enfoque punitivo es necesario, este constituye una perspectiva limitada, parcial e insuficiente que parte de la no comprensión de la corrupción como un fenómeno complejo, multicausal y multidimensional que requiere principalmente de medidas estructurales orientadas no sólo a construir una sólida gestión pública basada en valores, transparencia, rendición de cuentas y meritocracia, sino también de reformas institucionales conducentes a revertir los factores de vulnerabilidad socioeconómica y de género en la sociedad.
En línea con esta finalidad, resulta necesario e impostergable reconocer que la corrupción no es un fenómeno neutro y que, por el contrario, impacta de manera diferenciada a los miembros de una sociedad según, precisamente, los factores de vulnerabilidad socioeconómica y de género propiciando la profundización de esquemas de desigualdad y abuso de poder.
De ahí que debe interiorizarse que para el combate de la corrupción no existe una sola fórmula o única respuesta, ni una entidad que pueda afrontar sola este fl agelo. Por el contrario, se requiere de una estrategia que articule al mismo tiempo acciones de prevención, detección, investigación y sanción, diferenciando los distintos niveles de corrupción que existen y la manera diferenciada de su impacto, así como de una estrategia de participación conjunta y articulada de las entidades y la sociedad en su conjunto.
Precisamente, es ese enfoque complementario, integral y articulador el que se plantea en el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, el cual, toma como punto de partida la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción aprobada mediante Decreto Supremo 092-2017-PCM, y se erige sobre las recomendaciones del Informe de la Comisión Presidencial de Integridad, del Informe de la OCDE sobre Integridad en el Perú y sobre el Compromiso de Lima de la Cumbre de las Américas. Este Plan también recoge la voz de ciudadanos, expertos, académicos y servidores públicos comprometidos con un Estado diferente y para cuyo desarrollo, se contó con el apoyo de la Cooperación Alemana implementada por GIZ. En ese sentido, el Plan que se presenta no sólo constituye un documento que tiene consenso y validez, sino, sobre todo, un documento que marca un camino que todos debemos seguir y cuidar.
Como Presidente de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y Presidente del Poder Judicial, me permito instar a todos los peruanos a estar atentos y vigilantes respecto de lo que pasa en nuestro país y de la actuación de nuestros gobernantes y autoridades, y a ejercer nuestro derecho y deber de denuncia frente a irregularidades y al no cumplimiento de las medidas que recoge el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021.
Duberlí Apolinar Rodríguez Tineo Abril 2018
I. INTRODUCCIÓN
La Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, de fecha 14 de septiembre de 2017, establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que "La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, en un plazo máximo de cincuenta (50) días hábiles, en el marco de sus funciones, elaborará una propuesta del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción que presentará al Poder Ejecutivo, que permita la articulación y coordinación entre entidades para la implementación de la política"
1
.
En función a dicho mandato, la Comisión del Alto Nivel Anticorrupción, apoyada en la asesoría técnica de la Cooperación Alemana implementada por GIZ, dio inicio al proceso de elaboración del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, teniendo en perspectiva, principalmente, la necesidad de dar respuesta a los condicionantes y al contexto en el que la falta de integridad y la corrupción viene afectando al país en los últimos años.
En virtud de ello, la CAN Anticorrupción estableció dos líneas de acción prioritarias para el desarrollo de la nueva estrategia de integridad y de lucha contra la corrupción.
La primera de estas se relaciona a la profundización de acciones en el ámbito subnacional en consideración a que en los últimos años se han incrementado los casos de corrupción en Gobiernos Regionales y Locales, los cuales, además, desarrollaron peligrosas acciones delictivas incluso vinculadas al crimen organizado. De esta forma, el Plan Nacional propone acciones dirigidas a propiciar el conocimiento y la comprensión de la realidad local, así como, promueve la articulación de los mecanismos de control y supervisión permanente que se desarrollan al interior del país.
La segunda línea de acción prioritaria es la prevención.
Sin duda, toda política anticorrupción y toda estrategia 1
Se debe señalar que debido a que la Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM señala que la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción debía presentar la propuesta al Poder Ejecutivo para su aprobación, se debía necesariamente contar con un Acuerdo del pleno de la CAN que apruebe dicho documento de trabajo. En tanto ello, por razones ajenas a la Presidencia de la CAN, no se pudo concretar en los meses de noviembre y diciembre una sesión en la que se someta a consideración del Pleno, lo cual ha retrasado considerablemente su aprobación final.
deben tener una mirada complementaria respecto de las acciones de prevención y sanción de la corrupción.
Sin embargo, el enfoque punitivo, si bien corrige una situación irregular, no asegura el establecimiento de condiciones estructurales que a mediano y largo plazo permitan reducir la incidencia de dichas irregularidades.
Resulta por tanto necesario implementar estructuras organizacionales y entornos laborales que permitan desarrollar una institucionalidad sólida que proteja al Estado frente a coyunturas adversas originadas por personas inescrupulosas y carentes de vocación de servicio público que por una u otra razón acceden a una posición pública. En ese sentido, gran importancia cobra el fortalecimiento del servicio civil basado fundamentalmente en la meritocracia, en la igualdad de oportunidades, en el interés general, la transparencia, la probidad y en la rendición de cuentas de la gestión.
Todas ellas constituyen herramientas poderosas para reducir espacios a la corrupción tanto en el sector público como en el privado, así como en la interacción entre ambos. En esa medida, resulta fundamental fortalecer los mecanismos de control interno a efectos de garantizar que las entidades consoliden la adopción de estas herramientas en aras de prevenir la corrupción e instaurar la integridad en la gestión.
Es de precisar que parte también del enfoque preventivo pasa por la incorporación de la ciudadanía en la lógica de acción pública y colectiva, y como actor fundamental del control social. Por ello, se plantea como presupuesto esencial de los mecanismos de prevención involucrar a la ciudadanía como principal interesada en que la gestión pública brinde servicios que satisfagan sus necesidades, para lo cual es indispensable generar desde el Estado las condiciones, espacios y herramientas para recuperar su confianza y convertirla en un aliado para la detección temprana de alertas frente a potenciales prácticas cuestionables.
Ahora bien, en la línea de priorizar acciones, se ha tomado como insumo y punto de partida la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, la cual, sobre la base de lecciones aprendidas recogidas en el Informe de Evaluación Final de la Implementación del Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016, enfatiza en la necesidad de dotar de mayores capacidades al Estado en la lucha contra la corrupción, generar mayores mecanismos de articulación y coordinación, y reforzar la institucionalidad de las principales entidades involucradas en la prevención, detección, investigación y sanción de la corrupción.
En efecto, conforme se detalla en el Capítulo II
"Marco Metodológico de Desarrollo del Plan", el proceso de elaboración del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 considera como principal fuente los objetivos, metas, lineamientos y estándares de cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. De la misma manera, estando a la existencia de documentos que -sobre la base de diagnósticos previos- delinearon recomendaciones puntuales para asegurar una efectiva prevención, detección, investigación y sanción de la corrupción, el proceso participativo e inclusivo de elaboración del presente Plan los ha acogido plenamente. Así, el Plan se erige sobre los siguientes documentos base:
• Informe de la Comisión Presidencial de Integridad.
Detener la corrupción, la gran batalla de este tiempo (diciembre 2016).
• Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú.
Reforzar la integridad del sector público para un crecimiento incluyente (2017).
• 100 acciones propuestas por el Fiscal de la Nación para forjar un país sin corrupción (junio 2017).
• Compromiso de Lima de la Cumbre de las Américas La decisión se basa en dos criterios. El primero radica en la legitimidad que dichos documentos alcanzaron entre expertos, académicos, funcionarios públicos y líderes de opinión, como es el caso de las 100 recomendaciones contenidas en el Informe de la Comisión Presidencial de Integridad y el Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú. En esa línea, a la base del proceso de elaboración del Plan ha estado la convicción de no generar duplicidades y, por el contrario, se ha buscado el establecimiento de sinergias con esfuerzos previos realizados en la misma dirección a la que apunta el Plan.
Un segundo criterio para la adopción de los documentos reseñados como punto de partida del Plan es la necesidad que las legitimidades de dichas acciones sean incorporadas y asumidas por las entidades públicas a través de un marco legal que permita su implementación y presupuestación en sus planes operativos institucionales.
Al respecto, se debe recordar que, pese a la validez y gran consenso que generaron los documentos base, particularmente, el Informe de la Comisión Presidencial de Integridad, no hubo aprobación formal mediante norma ni mandato expreso que dispusiera la incorporación de sus recomendaciones en los respectivos documentos de planeamiento de las entidades públicas.
De esta manera, partiendo de un conjunto de propuestas y recomendaciones que gozan de validez y legitimidad, el presente Plan adopta una estrategia de priorización y calendarización que permite de manera ordenada su implementación. Ello, en tanto que las recomendaciones y propuestas de acción -siendo todas importantes y necesarias-, por la complejidad que muchas de ellas entrañan, no pueden ser implementadas en un corto plazo ni tampoco ejecutadas por una sola entidad. Es así que en el capítulo IV "Objetivos Estratégicos y Acciones del Plan" se detallan las medidas de corto, mediano y largo plazo de modo tal que se logre un orden en su ejecución y una definición de las entidades responsables y participantes en el proceso de implementación.
Ahora bien, es necesario puntualizar que el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 en su alcance reconoce dos ámbitos. El primero vinculado a la implementación de medidas de alcance nacional orientadas a lograr un nivel de institucionalidad que asegure de modo global en el país prevenir y combatir la corrupción de manera eficiente. En esa medida, supone principalmente la actuación, participación y compromiso de las entidades mandatadas por ley para prevenir, detectar, investigar y sancionar la corrupción, como son, el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, el Consejo Nacional de la Magistratura, la Policía Nacional del Perú y la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción.
El segundo ámbito involucra sin distinción a todas las entidades públicas, privadas, empresas, ciudadanía y colectivos sociales, los cuales deben implementar modelos de prevención, filtros en los procesos propios de la actividad que realizan, políticas orientadas a garantizar la transparencia y rendición de cuentas, así como mecanismos de control y supervisión.
En ese marco, se requiere entonces que las empresas desarrollen buenas prácticas corporativas alineadas al Modelo de Prevención contenido en la Ley Nº 30424
y, su modificatoria, el Decreto Legislativo Nº 1352, o a otros estándares más amplios como la ISO 37001. Bajo esa misma lógica, las entidades públicas también deben implementar herramientas que incorporen la integridad pública en la gestión, a través de la educación y la promoción de valores y el aseguramiento de mecanismos de investigación y sanción de la corrupción a través del establecimiento de modelos de integridad. Para tal efecto, en el Capítulo IV del Plan "Estrategia de Implementación"
se proveen lineamientos para facilitar precisamente al interior de las entidades el desarrollo uniforme de dichos mecanismos de prevención siguiendo la experiencia y desarrollo teórico de la OCDE y del G20.
Finalmente, queda señalar que se presenta al país el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 sabiendo que dicho período, no es suficiente para implementar todos los esfuerzos que deben hacerse en el país para combatir la corrupción. Sin duda, el esfuerzo es mucho más amplio de lo que se plantea además de permanente. No obstante ello, es importante que el país tenga una guía de actuación debidamente pensada, articulada y programada de modo que las estrategias no respondan a una reacción improvisada sino sean fruto del análisis técnico y la viabilidad política requeridas para la priorización de acciones.
De esta manera, se busca que el presente Plan sirva de piedra angular sobre la cual se erijan iniciativas en aras
de consolidar una institucionalidad sólida que no permita lagunas de impunidad.
II. MARCO METODOLÓGICO DE DESARROLLO
DEL PLAN
2.1. Metodología de elaboración del plan La lucha contra la corrupción en el Perú ha generado diversas iniciativas estatales en el siglo XXI, que se han producido con objetivos y concentraciones diferentes entre sí, y que no siempre han utilizado los mismos conceptos y énfasis, conforme al siguiente detalle:
Tabla 1: Iniciativas anticorrupción y énfasis conceptual Iniciativa anticorrupción Creación Objetivo Énfasis conceptual Iniciativa Nacional Anticorrupción Resolución Suprema
Nº 160-2001-JUS (11 abril 2001)
Tuvo vocación temporal Realizar diagnóstico de las causas de corrupción en los 90
Integridad Comisión Nacional de Lucha contra la Corrupción y la Promoción de la Ética y la Transparencia en la Gestión Pública Decreto Supremo
Nº 120-2001-PCM (18 nov. 2001).
Se modificó y se trasladó al Ministerio de Justicia el 17 de enero de 2006
Prevenir y Denunciar casos de corrupción Política anticorrupción Consejo Nacional Anticorrupción Decreto Supremo
Nº 002-2006-JUS (17 enero 2006).
Se desactivó el 19 de octubre de 2007.
Elaboración de Plan Anticorrupción Política anti-corrupción Oficina Nacional Anticorrupción Decreto Supremo
Nº 085-2007-PCM (19 octubre 2007)
Se desactivó el 15 de agosto 2008.
- Prevenir la corrupción - Promover la ética - Investigar y denunciar Integridad y política anticorrupción Comisión de Alto Nivel Anticorrupción - Decreto Supremo Nº 016-2010-PCM (28 enero 2010)
- Ley 29976 (4 enero 2013)
- Proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y sancionar la corrupción.
- Coordinar y articular acciones de prevención y sanción de la corrupción - Promover la Integridad Integridad y política anticorrupción Comisión Presidencial de Integridad Resolución Suprema
Nº 258-2016-PCM (Nov. 2016)
Tuvo vocación temporal.
- Proponer medidas para promover la integridad y el respeto a los principios éticos en la función pública con la finalidad de fomentar la transparencia y prevenir y sancionar la corrupción.
Integridad y política anticorrupción Fuente: Elaboración propia Como es de verse del cuadro precedente, desde el 2001, Perú ha realizado sendos esfuerzos para prevenir y combatir la corrupción y, para ello, ha creado instancias gubernamentales que han tenido no sólo diferente composición, sino, sobre todo, distinta aproximación conceptual respecto del fenómeno de la corrupción. Así, por ejemplo, la Iniciativa Nacional Anticorrupción nació en el marco de la creación de un Programa Nacional Anticorrupción sólo con la finalidad de determinar las causas estructurales y proponer lineamientos de política para elevar los estándares de integridad en el país 2
. A diferencia de dicho objetivo, la Oficina Nacional Anticorrupción (ONA) tuvo un enfoque más punitivo y se le asignó como función la investigación y denuncia, lo cual generó desde el inicio colisión con las funciones que le corresponden a la Contraloría General de la República y al Ministerio Público.
Estas distintas aproximaciones y falta de delimitación conceptual han llevado a que las entidades involucradas en la lucha contra la corrupción utilicen de manera indistinta los conceptos de integridad y anticorrupción, pese a que ambos entrañan significaciones y aproximaciones metodológicas distintas. En efecto, si bien los conceptos "anticorrupción" e "integridad" dialogan, estos no son equivalentes. De hecho, el concepto y la "operacionalización" del enfoque de integridad (OCDE, 2017) implica la idea de la anticorrupción, pero esta no abarca todos los componentes del concepto integridad.
En Perú, la respuesta gubernamental frente a la corrupción ha ido evolucionando. En efecto, se ha pasado de un enfoque reactivo -en donde la persecución del delito era lo central- hacia un enfoque más amplio en el que emerge la integridad como concepto que desarrolla aspectos vinculados a la prevención, la identificación y gestión de riesgos, complementando los esfuerzos iniciados a partir de la creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.
Precisamente, en ese marco, se formula y aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual busca insertar en el ámbito nacional el enfoque de integridad (OCDE, 2017) entendiendo que este concepto (integridad), al ser un concepto lato y mucho más amplio, es el marco de enfoque de la lucha contra la corrupción.
Ahora bien, es necesario señalar que previo al proceso de elaboración del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, desde distintas instancias, se habían elaborado documentos importantes que contemplaban acciones y recomendaciones orientadas a prevenir y combatir la corrupción en el país, las cuales, por lo demás, tuvieron una importante acogida, aceptación y validación en la comunidad académica, en la opinión pública y de parte de expertos en la materia. Por tanto, resulta pertinente para el proceso de elaboración del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción considerar las recomendaciones contenidas en los siguientes documentos:
Tabla 2: Documentos anticorrupción considerados para la elaboración del Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 3
Documento Fecha Entidad Acciones Plan de Gobierno Julio 2016
Poder Ejecutivo 10
Informe de la Evaluación Final de la Implementación del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012 - 2016
Noviembre 2016 Comisión de Alto Nivel Anticorrupción 34
Informe de la Comisión Presidencial de Integridad.
Detener la corrupción, la gran batalla de este tiempo Diciembre 2016 Comisión Presidencial de Integridad 100
Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú.
Reforzar la integridad del sector público para un crecimiento incluyente Enero 2017 OCDE
81
100 Acciones propuestas por el Fiscal de la Nación para forjar un país sin corrupción Junio 2017 Ministerio Público 100
Fuente: Elaboración propia 2
Iniciativas Anticorrupción en el Estado Peruano 2001-2010. Defensoría del Pueblo. Serie de Documentos Defensoriales. Documento Nº 14. Lima, 2011.
3
Además de los documentos contenidos en la Tabla 2, también se tomaron como insumo las acciones contenidas en el Compromiso de Lima suscrito por Perú y los países del americanos el 14 de abril del 2018 en el marco de la Cumbre de las Américas.
A partir de estas fuentes, se identificaron 325
recomendaciones y orientaciones, las que han sido clasificadas y organizadas en función de Enfoques, Ejes y Objetivos Específicos, cual es el marco metodológico definido en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
Considerando la premisa respecto de la naturaleza y alcances conceptuales distintos de los instrumentos previos, para la elaboración del Plan se ha construido una secuencia lógica que organiza las diversas perspectivas y establece un marco analítico mínimo que articula aquellas aproximaciones considerando las limitaciones operativas existentes y la diversidad conceptual de los instrumentos precedentes.
Así, por ejemplo, como parte del proceso de análisis de las recomendaciones se identificaron las siguientes limitaciones vinculadas al complejo fenómeno de la corrupción:
a) Tiene muchas definiciones operativas (con enfoques económicos, de institucionalidad, de derechos, etc.), b) Cuenta con varios niveles (gran corrupción, pequeña corrupción, etc.), c) Concentra diversos actores (agentes de gobierno, funcionarios, empresas privadas, etc.), d) Presenta manifestaciones diferentes (soborno, cohecho, colusión, tráfico de infl uencias, etc.), e) Expresa distinta intensidad de acuerdo al nivel del fenómeno y el tipo de institución en el que aparece.
Estando a que los documentos analizados confl uyen en cuatro temas recurrentes como espacios altamente vulnerables a la corrupción, los cuales, coinciden con la Estrategia de Integridad Pública que plantea la OCDE, el Plan ha definido como áreas prioritarias de intervención las siguientes:
i) Obras de infraestructura, ii) Procesos de contrataciones y adquisiciones, iii) Captura de la política pública por parte de intereses particulares, y iv) Provisión de servicios públicos (pequeña corrupción).
Ahora bien, respecto a la estructura del Plan, se ha planteado el desarrollo de un método inductivo y emergente, en donde se construye un orden desde la reunión de partes diversas que se organizan en torno a tres clasificadores: i) enfoques teóricos, ii) ejes y iii) objetivos desarrollados en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción. Estos clasificadores tienen una doble función. Por un lado, permiten establecer una secuencia lógica entre los diversos enfoques diseñados por el Estado peruano en este siglo, en torno a la lucha contra la corrupción y la instauración de la integridad, por otro lado, funcionan como bolsas de clasificación de recomendaciones, iniciativas y acciones planteadas en los diversos instrumentos producidos.
Así, los dos enfoques (prevención y combate de la corrupción) provienen de la amplia literatura especializada sobre medidas de lucha contra la corrupción y que fueron introducidos por primera vez en el Perú a través del Plan Nacional de Lucha contra la corrupción 2012-2016 (CAN, 2012).
En base a esta experiencia y como parte del aprendizaje adquirido del desarrollo de estos enfoques clásicos, así como de la incorporación del enfoque de integridad, la actual Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción (aprobada por el D.S. 092-2017-PCM) puso especial énfasis en la necesidad de dotar a la acción gubernamental de las condiciones necesarias para lograr mayor capacidad a la hora de emprender estrategias equilibradas para gestionar y enfrentar la corrupción, siendo este uno de los problemas públicos más complejos y diversos.
Este viraje tiene como principal finalidad acentuar la necesidad de que las medidas emprendidas resulten eficaces, legítimas y además se encuentren respaldadas en un amplio consenso social, pasando de la sola expresión de la voluntad al establecer el qué hacer hacia refl exiones más profundas mediante la determinación del cómo hacer y precisamente su debida implementación que conlleve a los resultados esperados que puedan ser comunicados y pasibles de procesos de rendición de cuentas.
Es por ello que la política enfatiza en fortalecer la capacidad del Estado para la toma de decisiones, implementación de medidas y logro de metas que conlleven a resultados esperados. De esta manera se plantean tres ejes de intervención, los dos primeros ejes propios del enfoque clásico de prevención, el cual se bifurca por un lado en el Eje 1. Fortalecer la capacidad de prevención del Estado frente a los actos de corrupción y el eje 2. Identificación y Gestión de Riesgos; y el último eje relacionado al enfoque de sanción el cual se desarrolla como Eje 3. Capacidad sancionadora del Estado frente a los actos de corrupción.
A cada eje le corresponden objetivos específicos que provienen del mismo documento, conforme se detalla a continuación.
Tabla 3: Articulación de enfoques, ejes y objetivos específicos Enfoques (CAN, 2012)
Ejes (PCM, 2017)
Objetivos específicos (PCM, 2017)
Prevención de la corrupción 1. Fortalecer la capacidad de prevención del Estado frente a los actos de corrupción.
1.1. Garantizar la transparencia y el acceso a la información pública en las entidades del Estado.
1.2. Consolidar una gestión de información integrada para la prevención de la corrupción en la administración pública.
1.3. Impulsar y consolidar la reforma del sistema electoral en el Perú y de las organizaciones políticas 1.4. Promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública, en los (las)
servidores(as) civiles y en la ciudadanía.
1.5. Instalar y consolidar la gestión de confl ictos de intereses y la gestión de intereses en la Administración pública.
2. Identificación y Gestión de Riesgos 2.1. Fortalecer el mecanismo para la gestión de denuncias por presuntos actos de corrupción 2.2. Impulsar una carrera pública meritocrática 2.3. Garantizar la Integridad en las Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios 2.4. Fortalecer la Gestión de Riesgo al Interior de cada Entidad Pública Combate de la corrupción 3. Capacidad sancionadora del Estado frente a los actos de corrupción 3.1. Reforzar el Sistema de Justicia Penal 3.2. Reforzar el Sistema Disciplinario 3.3. Reforzar el Sistema Nacional de Control 3.4. Fortalecer los mecanismos para recuperación de activos y pérdida de dominio ante delitos agravados contra la administración pública.
Fuente: Elaboración propia En el primero se propugna el desarrollo de una estructura organizacional basada en el compromiso de sus altas autoridades, en la definición clara de competencias y responsabilidades y en la existencia de reglas y valores que todo el personal e interlocutores conocen. Este Sistema de Integridad va de la mano con la generación de la Cultura de Integridad que tiene como sustento estrategias alineadas al liderazgo, la meritocracia, la transparencia y la capacitación constante. Ambos ejes del modelo que plantea la OCDE están presentes en los dos componentes del Plan que se articulan al enfoque de Prevención, en tanto, el eje de Rendición de Cuentas de la OCDE se articula al componente de sanción del Plan.
Además, es preciso tener en cuenta que estos tres ejes son desarrollados en nuestro país, a través de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y su herramienta de implementación que es el Plan Nacional 2018-2021.
Figura 1: Organización de la secuencia lógica de elaboración del plan. Fuente: elaboración propia 2.2. Procedimiento de clasificación y priorización de acciones Las 325 orientaciones y recomendaciones provenientes de las fuentes indicadas se analizaron a través de tres etapas. La primera etapa, consistió en la sistematización y clasificación de las unidades de análisis (recomendaciones y orientaciones). Estas se tomaron literalmente de cada uno de los documentos y se sistematizaron con un identificador de fuente de origen en una tabla excel y se organizaron creando columnas de clasificación y filtro según el enfoque, eje y objetivo específico al que correspondían. La segunda etapa estuvo destinada a la depuración de las unidades de análisis con tres criterios: se eliminaron las unidades que repetían contenido o se unificaron las unidades que tenían contenido similar; se eliminaron las unidades que no eran específicas, concretas o que tenían solo un contenido declarativo; y, se crearon grupos temáticos dentro de cada objetivo específico para organizar la secuencia de las unidades de análisis.
La tercera etapa implicó un proceso de priorización de las unidades de análisis clasificadas. Para ello se realizó un proceso participativo de estudio de cada unidad. En este se llevaron a cabo dos reuniones con los funcionarios designados como coordinadores de enlace de cada institución miembro de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y entidades claves. La primera tuvo como objetivo estudiar las unidades clasificadas en la segunda etapa del proceso para determinar cuáles requerían ser priorizadas (por importancia en relación al impacto que deberían tener para la lucha contra la corrupción, y por el orden temporal en función de si podían ser ejecutadas en corto, mediano o largo plazo). La segunda reunión propuso una lista acotada de las unidades de análisis, sobre la cual se trabajó en una redacción participativa de cada una de estas, para ser ordenadas en el formato de acciones que integrarían el plan.
De manera complementaria a la realización de los talleres de trabajo con los funcionarios de las entidades miembros de la CAN Anticorrupción, se realizaron dos reuniones de trabajo con líderes de opinión y con voceros políticos representantes de las bancadas del Congreso de la República, así como con los titulares de entidades claves, como son, la Contraloría General de la República, SERVIR y el OSCE (Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado).
Finalmente, la cuarta etapa consistió en la integración de los aportes recibidos por las entidades miembros de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, incluido el Ministerio de Educación.
Tabla 4: Etapas, procedimientos y resultados del proceso de elaboración de acciones Etapa Procedimiento Resultado Etapa 1.
Sistematización y clasificación - Sistematización (lista literal de las fuentes organizadas en un tablero Excel).
- Clasificación (creación de casillas de clasificación por enfoque, eje, objetivo, fuente y código).
Tabla de contingencia con 325
unidades de análisis.
Etapa 2.
Análisis de contenido y creación de grupos temáticos - Depuración (de unidades repetidas y de carácter declarativo).
- Unificación (de unidades similares).
- Creación de grupos temáticos dentro de cada objetivo específico.
Tabla de contingencia con 280
unidades ordenadas en 28 grupos temáticos.
Etapa 3. Priorización y elaboración de acciones - -Proceso participativo para analizar las unidades clasificadas y priorizarlas (según relevancia y periodo de ejecución).
- -Análisis de resultados de la priorización y organización de acciones Tabla de contingencia con 69
acciones ordenadas en 24 grupos temáticos.
Etapa 4 - Priorización e integración de acciones según criterios de importancia y temporalidad.
Matriz con 69
acciones.
Fuente: elaboración propia El resultado de las tres etapas produjo un marco de 69 acciones que se organizan en función de 12 objetivos
específicos, los tres ejes de trabajo de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción y los enfoques que integran la lucha contra la corrupción, así como la perspectiva de integridad institucional.
Las 69 acciones seleccionadas fueron sometidas a dos procesos de análisis complementario: un análisis de la potencial eficacia de la acción en función de la reducción de riesgos de corrupción, y un análisis de priorización para determinar su relevancia. La metodología para el estudio de eficacia potencial se basó en un procedimiento simple de estudio de cada acción, contrastándolas con la literatura precedente, para conocer cuáles son las que han tenido experiencias exitosas o con impactos positivos, o son elementos necesarios en la construcción secuencial de procesos; y qué tipo de iniciativas reportan resultados negativos, no reportan impactos o son solamente declarativas.
Esto permitió reconstruir algunas de las acciones para organizarlas en la forma que pueda establecerse en un marco de medición de indicadores (y eliminar aquellas que tienen formas no mensurables o que no demostraban eficacia potencial o no demuestran ser parte de un proceso). Esto permite evitar acciones populistas o que responden a medidas reactivas coyunturales, que no necesariamente contribuyen a crear procesos de largo aliento. A su vez, las acciones se priorizan en función de su importancia, temporalidad y el tipo de indicador al que se les asocia. Se entiende la importancia de una acción en tanto esta es una herramienta, una estrategia o un resultado esperado, y se entiende la temporalidad en función del tiempo máximo de vigencia del plan (el año 2021). Así, hay acciones que pueden ser muy importantes, porque son un resultado central para la reducción de riesgos de corrupción, pero requiere plazos amplios para ser implementados y logrados y, por lo tanto, se asocian a herramientas que son menos relevantes pero realizables en un periodo más corto.
Aquello permite que la trama secuencial de acciones se pueda ordenar y sistematizar para generar un sistema de monitoreo; así, la mayor parte de acciones están construidas en función de procesos, cuyo impacto en la reducción de riesgos de corrupción requiere medidas sostenibles.
Tabla 5: Áreas prioritarias, tipos de acciones, importancia, temporalidad Áreas priori-tarias (OCDE, 2017)
Tipos de acciones Importancia Temporalidad Secuencia Indica-dores -Infraestructura -Contrataciones -Captura política de las institu-ciones -Microcorrupción -Acciones de re-forma normativa o institucional -Acciones de fortalecimiento institucional -Acciones de creación o fortalecimiento de instrumentos operativos y de información -Muy impor-tante (es la base de una reforma o iniciativa, o es la con-secuencia final de una reforma)
-Importante (es una estrategia para una reforma)
-Media-namente importante (es una herramienta para una reforma -Corto plazo (1 año)
-Mediano plazo (2 años)
-Largo plazo (4
años)
-Es una herramienta -Es una estrategia -Es un resultado -De proceso -De producto -De resul-tado Fuente: elaboración propia 2.3. Acciones priorizadas en el plan Se han organizado las 69 acciones seleccionadas en un inventario en la que se componen 29 acciones para fortalecer la capacidad de prevención de la corrupción, 21
acciones asociadas a la identificación y gestión de riesgos, y 18 acciones asociadas al fortalecimiento de la capacidad sancionadora del Estado respecto a los casos de corrupción y otros fenómenos asociados. El plan desarrolla acciones de los 13 objetivos de la Política Nacional. Asimismo, si bien el eje de identificación y gestión de riesgos está asociado al enfoque de prevención de la corrupción, se ha mantenido como un eje propio debido a que se encuentra identificado así en la Política. Las acciones pueden reclasificarse en varios ejes, y hay algunas que pueden ser consideradas en más de uno, de manera que la estructura se organiza en función del énfasis de la acción y no es excluyente de acciones complementarias.
Si bien el proceso ha implicado reconstruir algunas de las acciones propuestas, estas mantienen el contenido principal desde donde fueron producidas, sin embargo, se integran para establecer una lógica secuencial.
III. OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y ACCIONES DEL PLAN
3.1. Acciones del Plan EJE 1. Capacidad preventiva del Estado frente a los actos de corrupción
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
Nº ACCIONES
1.1. Garantizar la transparencia y el acceso a la información pública en las entidades del Estado 1. Fortalecer la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública con el fin de garantizar su autonomía y eficacia.
2.
Mejorar el nivel de cumplimiento en la difusión de información a través de los Portales de Transparencia Estándar (PTE) de las entidades del Estado para garantizar la transparencia y facilitar el acceso a la información pública.
3.
Implementar los Portales de Transparencia Estándar (PTE) en las entidades del Estado que, al año de la línea de base, no los hayan puesto en funcionamiento 4.
Asegurar la publicación de las sanciones penales vinculadas a hechos de corrupción impuesta por los órganos de control superior, así como sanciones impuestas por vulneraciones a la ética en el Congreso de la República.
5.
Promover instrumentos jurídicos que regulen la obligatoriedad de las audiencias de rendición de cuentas y promuevan la capacitación de la sociedad civil interesada en participar en las mismas.
6.
Optimizar el proceso de rendición de cuentas de titulares de entidades contenido en la Directiva Nº 015-2016-CG/GPROD y fortalecer el ejercicio de control social, a través del mismo 7.
Establecer el uso transversal de tecnologías digitales en las entidades de la administración pública en favor de la transparencia y rendición de cuenta, así como fortalecer la política de datos abiertos.
8.
Promover el enfoque de Gobierno Abierto dentro de la administración pública a través del seguimiento al cumplimento del Plan de Acción de Gobierno Abierto y la implementación del Modelo y Estrategia de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú que coadyuve a la toma de decisiones y la rendición de cuentas.
1.2. Consolidar una gestión de información integrada para la prevención de la corrupción en la administración pública.
9.
Fortalecer la CAN mediante i) asignación de recursos humanos y presupuesto suficiente para el cumplimiento de las funciones de su Coordinación General, ii) articulación de las Comisiones Regionales Anticorrupción, y iii) asignación del mismo derecho de voz y voto a todos los miembros de la CAN.
OBJETIVOS
ESPECÍFICOS
Nº ACCIONES
1.2. Consolidar una gestión de información integrada para la prevención de la corrupción en la administración pública.
10.
Empoderar a las Oficinas de Integridad Institucional existentes en las entidades del Estado e impulsar la creación de oficinas de integridad en entidades que así lo requieran 11.
Impulsar la creación del sistema funcional de integridad y Lucha contra la corrupción conformado por las Oficinas de Integridad Institucional o los funcionarios responsables de la integridad gubernamental de las entidades públicas bajo la rectoría de la CAN. El sistema tendría como funciones centrales:
- Promover la ética en la función pública - Diseñar mapas de riesgos de corrupción y proponer herramientas para enfrentarlos en los distintos ámbitos de actuación - Generar y administrar información cuantitativa y cualitativa en materia de integridad y lucha contra la corrupción, a fin de desarrollar indicadores que permitan el monitoreo y la adopción de políticas públicas.
- Apoyar la promoción de una cultura de la integridad en la sociedad a través de los organismos del sector público, sector privado, universidades, medios de comunicación y sociedad civil.
12.
Contar con mecanismos adecuados de monitoreo y seguimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y de los respectivos planes derivados (Plan Nacional, planes sectoriales e institucionales de integridad y Lucha contra la Corrupción)
incorporados en los instrumentos de planificación estratégica; asimismo realizar evaluación de impacto que permitan determinar la efectividad de dichos planes.
13.
Implementar una política de digitalización de los archivos de las entidades públicas del país, con el fin de cautelar la información y documentación que pueda ser materia de investigación de presuntos casos de corrupción.
14.
Generar un espacio de trabajo virtual que permita la interconexión entre la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y los funcionarios/as responsables de entregar información y los responsables del PTE, a nivel nacional 15. Implementar una plataforma de casos emblemáticos de corrupción 16.
Implementar mecanismos de seguimiento y monitoreo de la implementación de las convenciones internacionales anticorrupción, así como de otros compromisos internacionales sobre la materia.
1.3. Impulsar y consolidar la Reforma del Sistema Electoral en el Perú y de las Organizaciones Políticas 17. Promover el marco normativo que garantice el financiamiento público de las campañas de las agrupaciones política 18.
Impulsar la aprobación de norma que establezca que los candidatos declaren en sus respectivas hojas de vida los procesos judiciales por delitos de corrupción en los que se encuentren comprendidos al momento de la postulación.
19. Asegurar periodicidad de los reportes financieros o económicos de las campañas por parte de las agrupaciones políticas.
20. Promover la penalización del financiamiento ilegal de las agrupaciones políticas en campañas electorales 21.
Impulsar que, en el periodo de elecciones, los medios de comunicación transparenten información sobre contratos de publicidad con candidatos u organizaciones políticas a la ONPE.
22.
Establecer régimen de sanciones administrativas, pecuniarias y políticas, además de penales, por la entrega de información falsa o incompleta a las autoridades del sistema electoral, aplicable a los candidatos, representantes o personeros de las organizaciones políticas.
1.4. Promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública, en los (las)
servidores(as) civiles y en la ciudadanía 23. Aprobar un currículo de educación básica que incorpore valores y principios éticos para propiciar y una cultura de integridad a través de enfoques trasversales y áreas curriculares (Desarrollo personal, ciudadanía y cívica)
24.
Promover contenidos orientados a la promoción de principios éticos y valores ciudadanos en todos los centros de educación técnico productivo, institutos y escuelas de educación superior y universidades, tanto públicos como privado para la formación integral de sus estudiantes.
25.
Implementar campañas de concientización, coordinadas desde la CAN, sobre valores, ética pública, transparencia y acceso a la información pública y promoción de la denuncia.
1.5. Instalar y consolidar la gestión de confl ictos de intereses y la gestión de intereses en la Administración pública.
26.
Clarificar las funciones y responsabilidades de los organismos que participan en la gestión de la ética pública y las políticas de confl ictos de intereses.
27.
Elaborar guías de orientación y promover la refl exión a través de diversos medios, basados en casos, para la identificación y tratamiento de dilemas éticos que enfrentan los servidores civiles.
28.
Garantizar la transparencia y el fácil acceso a los Registros de Visitas de entidades y Agendas Oficiales de los principales funcionarios, en los que debe consignarse los visitantes, incluidos los gestores de intereses, de acuerdo al Decreto Legislativo 1353.
29.
Adecuar el marco normativo en materia de integridad pública de acuerdo a los estándares de la OCDE, a través del i) mejora del marco normativo sobre declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas; así como, fortalecimiento de la fiscalización patrimonial de los funcionarios y servidores públicos obligados a presentar la Declaración Jurada; ii) establecimiento de la obligatoriedad de la declaración jurada de intereses, y iii) establecimiento de un nuevo modelo de regulación de la gestión de intereses.
EJE 2. Identificación y Gestión De Riesgos Objetivos específicos Nº Acciones 2.1. Fortalecer el mecanismo para la gestión de denuncias por presuntos actos de corrupción 30.
Implementar un mecanismo integrado de denuncias en la administración pública, asegurando la protección de los denunciantes de presuntos actos de corrupción.
31. Generar un mecanismo de reporte que facilite la puesta en conocimiento de irregularidades en el sector privado 32. Fortalecer los incentivos monetarios a quienes denuncien actos de corrupción en el sector público.
2.2. Impulsar una carrera pública meritocrática 33.
Implementar de manera obligatoria mecanismos de inducción con contenidos homogéneos en ética pública e integridad para el desarrollo adecuado de las competencias laborales y profesionales de los servidores civiles, independientemente de su régimen laboral o contractual.
34.
Delegar en SERVIR la regulación e implementación de los procesos de selección en los puestos directivos clave en el sistema de contrataciones, en entidades con presupuestos y proyectos de gran envergadura, y programas sociales.
35. Promover activamente que los gerentes públicos ingresen al régimen del servicio civil en la categoría de directivos públicos.
36.
Mejorar los procesos de selección y ascenso para promover el ingreso y permanencia de los mejores efectivos dentro de la Policía Nacional del Perú, así como los mejores profesionales dentro del Ministerio Público y el Poder Judicial.
37.
Fortalecer la implementación de la gestión del rendimiento de los servidores civiles, así como capacitarlos para establecer y cumplir las metas institucionales orientadas principalmente al ciudadano
Objetivos específicos Nº Acciones 2.3. Garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios 38.
Fortalecer el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado a fin de promover y garantizar la supervisión estratégica basada en la gestión de riesgos, la optimización del proceso de contratación pública y la transformación digital de la institución.
39.
Modernizar las plataformas tecnológicas del OSCE garantizando información desagregada de las contrataciones de bienes, servicios y obras que los proveedores hayan realizado con el Estado 40.
Establecer a nivel de las entidades públicas mecanismos de identificación y gestión de riesgos en los procesos de contratación pública, examinando información consignada por las personas naturales y jurídicas que contratan con la entidad. Esta supervisión deberá contar con el asesoramiento técnico del Organismo de Supervisión de las Contrataciones del Estado (OSCE), entidad que deberá registrar las incidencias detectadas en los procesos de identificación de riesgos.
41.
Fortalecer la Central de Compras Públicas (Perú Compras), para asegurar su autonomía y especialización suficiente de manera tal que cumpla con su función de estandarización de bienes y servicios de consumo regular a nivel de las entidades públicas que conlleve al proceso de centralización gradual de las compras corporativas.
42.
Implementar en las entidades públicas programas permanentes de desarrollo de capacidades vinculadas a los procesos de contrataciones públicas para fortalecer la gestión del conocimiento, con el asesoramiento de OSCE
43.
Fomentar la implementación de programas de prevención o compliance contra la corrupción y otras prácticas cuestionables en el sector empresarial independientemente del tamaño de la empresa y el rubro de negocio, asegurando la reglamentación de la Ley 30424 y su modificatoria.
44.
Desarrollar y aprobar una política y plan nacional de infraestructura que garantice transparencia y predictibilidad en las decisiones públicas y privadas respecto al desarrollo de las obras emblemáticas a ser desarrolladas en el corto, mediano y largo plazo.
45.
Fortalecer los procesos de planificación, programación y priorización de las carteras de proyectos de infraestructura económica (transporte, infraestructura de riego, energía, vivienda y saneamiento) para maximizar los impactos y la rentabilidad social, así como reducir los riesgos de la corrupción 46.
Revisar la normativa de las asociaciones público-privadas a efectos de garantizar competencia, prohibir las excepciones en grandes obras y garantizar los estudios de ingeniería en detalle.
47. Establecer un marco normativo para el desarrollo de la vigilancia ciudadana de la gestión pública 2.4. Fortalecer la gestión de riesgos al interior de cada entidad pública 48.
Desarrollar una metodología específica de identificación y gestión del riesgo de corrupción, que incluya actividades de mapeo y evaluación adaptadas para apoyar a las entidades gubernamentales en sus esfuerzos por implementar controles para prevenir, detectar y responder eficazmente a la corrupción.
49.
Sistematizar y analizar la información de los procedimientos administrativos disciplinarios vinculados a hechos de corrupción a través de la plataforma del REPRAC (Registro de Procedimientos Administrativos Disciplinarios Vinculados a Actos de Corrupción) para producir recomendaciones de mitigación de riesgos.
50.
Fortalecer la simplificación administrativa en la administración pública a través del diseño e implementación del Análisis de Impacto Regulatorio (RIA) y la consolidación del Análisis de Calidad Regulatoria de los trámites y los procedimientos administrativos estandarizados EJE 3. Capacidad Sancionadora del Estado Frente a los Actos de Corrupción Objetivos específicos Nº Acciones 3.1. Reforzar el sistema de justicia penal.
51.
Consolidar el marco normativo penal a efectos de evitar toda laguna de impunidad a través de: i) ampliación de los supuestos de separación de la función pública de condenados por delitos de tráfico ilícito de drogas y lavado de activos; ii) tipificación del delito de corrupción privada; y, iii) simplificación del procedimiento de extradición.
52. Consolidar el registro nacional de sanciones contra servidores civiles, incluyendo a las fuerzas armadas y policiales.
53. Reglamentar la Ley 30424 y su modificatoria sobre la responsabilidad de personas jurídicas.
54.
Fortalecer el sistema de justicia penal anticorrupción a través de i) la implementación de órganos especializados en todos los distritos judiciales y fiscales, ii) asignación de recursos necesarios, iii) reducción del porcentaje de provisionalidad de jueces y fiscales vinculados a la lucha contra la corrupción; iv) implementación de mecanismos para garantizar la integridad en el sistema de justicia penal anticorrupción; y v) impulso de condiciones institucionales necesarias (operativas, normativas y financieras) para la Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción a nivel nacional.
55. Implementar el Expediente Judicial Electrónico en el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
56.
Implementar una unidad de gestión de información en la CAN Anticorrupción que centralice data estadística de procesos penales por delitos de corrupción.
57.
Fortalecer e incrementar el uso de herramientas procesales especiales para la investigación de casos de corrupción cómo "agente encubierto", "escuchas telefónicas", "colaboración eficaz", "levantamiento del secreto bancario" y otros, en el marco del debido proceso.
58.
Establecer espacios de articulación y protocolos de coordinación operativa en los procesos de investigación penal por delitos de corrupción.
59.
Reformar la institucionalidad del Consejo Nacional de la Magistratura para fortalecer su autonomía y la selección de sus integrantes, así como para asegurar que los procesos de selección y ratificación garanticen la idoneidad e integridad de los jueces y fiscales que coadyuven al fortalecimiento del sistema de administración de justicia.
60.
Fortalecer a la Procuraduría Especializada de Delitos de Corrupción a través de la adecuada asignación de recursos que aseguren su pleno funcionamiento e independencia a nivel nacional.
61. Fortalecer la participación de la Procuraduría en el Proceso de Colaboración Eficaz 3.2. Reforzar el sistema disciplinario 62.
Promover un trabajo articulado con miras a delimitar las jurisdicciones y responsabilidades institucionales, y establecer un único inventario de infracciones y sanciones.
63.
Fortalecer la capacidad operativa de sanción disciplinaria en las entidades mediante mecanismos que garanticen la eficiencia, celeridad e inmediatez en la respuesta administrativa para sancionar faltas a la ética pública y casos de corrupción.
3.3. Reforzar el Sistema Nacional de Control 64.
Fortalecer de manera progresiva y sujeto a un plan de implementación, la autonomía y descentralización de los OCI, a través de: i)
Incorporar a los OCI de las entidades del nivel nacional, gobiernos regionales y locales a la Estructura administrativa de la CGR; y, ii)
Ejecutar servicios de control a los gobiernos locales de manera descentralizada, mediante OCI itinerantes.
65. Intensificar las tecnologías de la información para optimizar el control gubernamental.
Objetivos específicos Nº Acciones 3.4. Fortalecer los mecanismos para recuperación de activos y perdida de dominio ante delitos agravados contra la Administración Pública 66. Implementar protocolos de actuación que aseguren los procesos de asistencia judicial mutua y recuperación de activos 67. Fortalecer la autonomía del proceso judicial de pérdida de dominio y su capacidad operativa 68. Articular acciones para evitar la prescripción y caducidad en el cobro de la reparación civil a los condenados por delitos de corrupción.
69.
Implementar el registro de beneficiarios finales en consonancia con las recomendaciones del GAFI para efectos de contar con una estrategia efectiva para evitar el ocultamiento de fondos ilícitos.
3.2. Acciones, Indicadores, Metas y Responsables
EJE 1. FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD PREVENTIVA DEL ESTADO FRENTE A LOS ACTOS DE CORRUPCIÓN
Nº Acciones Estado actual Indicador Línea de base Metas en el periodo (Año) Responsable OE 1.1. Garantizar la transparencia y el acceso a la información pública en las entidades del estado.
1.
Fortalecer la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, creada mediante Decreto Legislativo Nº 1353, con el fin de garantizar su autonomía y eficacia.
La Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, es el órgano de línea encargado de ejercer la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Entró en funciones el 14 de septiembre de 2017. Con el fin de que cumpla un rol central en la lucha contra la corrupción, requiere fortalecer su autonomía y ampliar sus funciones para fiscalizar y sancionar.
I1. Propuesta legislativa presentada al Congreso de la República.
Sin línea de base 2018: Propuesta legislativa presentada ante el Congreso de la República • Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2.
Mejorar el nivel de cumplimiento en la difusión de información a través de los Portales de Transparencia Estándar (PTE) de las entidades del Estado para garantizar la transparencia y facilitar el acceso a la información pública.
Los portales web de las entidades de las entidades del gobierno central cuentan con un enlace de fácil acceso a los Portales de Transparencia Estándar.
No ocurre lo mismo con los gobiernos subnacionales, los cuales no cuentan con portales web y/o PTE, debido a limitaciones presupuestarias y/o falta de capacitación.
I2. Porcentaje de entidades de la administración pública que han mejorado su nivel de cumplimiento en la difusión de información a través del PTE.
Sin línea de base 2018: Determinación de la línea de base 2019: 100% de las entidades públicas de los Poderes del Estado han mejorado su nivel de cumplimiento en la difusión de información a través del
PTE.
2019: 100% de los Organismos Constitucionales Autónomos han mejorado su nivel de cumplimiento en la difusión de información a través del PTE.
2020: 100% de los Gobiernos Regionales han mejorado su nivel de cumplimiento en la difusión de información a través del PTE.
2021: 100% de las Municipalidades capitales de departamento han mejorado su nivel de cumplimiento en la difusión de información a través del PTE.
Asistencia, seguimiento y Supervisión:
• Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Datos Personales Implementación:
• Entidades de la Administración pública 3.
Implementar los Portales de Transparencia Estándar (PTE) en las entidades del Estado que, al año de la línea de base, no los hayan puesto en funcionamiento No todas las entidades del Estado han implementado su PTE
I3. Porcentaje de entidades de la Administración Pública que implementan su PTE.
Sin línea de base 2018; Determinación de la línea de base 2019: 30% de las entidades de la Administración Pública implementan PTE
2020: 50% de las entidades de la Administración Pública implementan PTE
2021: En 100% de las entidades de la Administración Pública implementan PTE
Asistencia, seguimiento y Supervisión:
• Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Datos Personales • Presidencia del Consejo de Ministros - Secretaría de Gobierno Digital.
Implementación:
• Entidades de la Administración Pública
4.
Asegurar la publicación de las sanciones penales vinculadas a hechos de corrupción impuesta por los órganos de control superior, así como sanciones impuestas por vulneraciones a la ética en el Congreso de la República.
I4. Porcentaje de entidades que cumplen con la publicación periódica de información Sin línea de base 2019: 100% de las entidades cumplen con la publicación periódica Asistencia, seguimiento y Supervisión, según corresponda:
Poder Judicial, Ministerio Público, Congreso de la República.
Implementación:
Entidades de la Administración pública 5.
Promover instrumentos jurídicos que regulen la obligatoriedad de las audiencias de rendición de cuentas y promuevan la capacitación de la sociedad civil interesada en participar en las mismas La rendición de cuentas está establecida en diferentes instrumentos legales, pero no existe normativa que regule la obligatoriedad de las audiencias de rendición de cuentas.
Hay gobiernos municipales que tienen sus propios reglamentos de audiencias. No se ha elaborado una propuesta normativa que regule las audiencias de rendición de cuentas.
I5. Porcentaje de Gobiernos Regionales y Locales que desarrollan audiencias de rendición de cuentas Sin línea de base 2018: Instrumentos jurídicos aprobados 2019: 100% de los Gobiernos Regionales desarrollan Audiencias de rendición de cuentas 2020: 100% de las Municipalidades capitales de departamento desarrollan Audiencias - Presidencia del Consejo de Ministros -
Viceministerio de Gobernanza Territorial - Gobiernos Regionales - Gobiernos Locales 6
Optimizar el proceso de rendición de cuentas de titulares de entidades contenido en la Directiva
Nº 015-2016-CG/GPROD
y fortalecer el ejercicio de control social, a través del mismo.
I6. Porcentaje de instrumentos aprobados Sin línea de base 2018: 100% de los instrumentos son aprobados.
2020: 100% de los instrumentos son implementados - Contraloría General de la República 7
Establecer el uso transversal de tecnologías digitales en las entidades de la administración pública en favor de la transparencia y rendición de cuenta, así como fortalecer la política de datos abiertos.
Como parte de la modernización de la Administración Pública y para mejorar los servicios e información ofrecida a la ciudadanía, es imprescindible establecer el uso transversal de las tecnologías digitales en las entidades de la administración pública, permitiendo de esta manera, incrementar el procesamiento de información y desarrollar una cultura organizacional orientada a la transparencia y rendición de cuentas.
I7. Porcentaje de entidades que implementan el uso transversal de tecnologías digitales para el incremento de la transparencia y rendición de cuentas Sin línea de base 2018: Determinación de la línea de base 2019: 60% de las entidades públicas del Poder Ejecutivo implementan el uso transversal de tecnologías digitales.
2021: 50% de los Gobiernos Regionales implementan el uso transversal de tecnologías digitales - Presidencia del Consejo de Ministros 8.
Promover el enfoque de Gobierno Abierto dentro de la administración pública a través del seguimiento al cumplimento del Plan de Acción de Gobierno Abierto y la implementación del Modelo y Estrategia de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú que coadyuve a la toma de decisiones y la rendición de cuentas.
I8(1). Porcentaje de Entidades que cumplen con los compromisos asumidos en el PAGA
2017-2019.
Se desarrollará en el mes de setiembre, mediante una evaluación de cumplimiento.
2018: Compromisos del PAGA
2017-2019 completados al 30%
2019: 100% de cumplimiento de los compromisos del PAGA
2017-2019
- Presidencia del Consejo de Ministros -
Secretaría de Gestión Pública - Ministerio de Educación - Ministerio de Salud - Ministerio de Ambiente - Ministerio de Energía y Minas - Ministerio del Interior - Ministerio de Transportes y Comunicaciones I8(2). Porcentaje de entidades del Poder Ejecutivo que implementan el Modelo y Estrategia de DAG
8 ministerios 2018: Desarrollo de Guía rápida para la apertura de datos abiertos 2019: 100% de Ministerios implementan el Modelo de
DAG
- Presidencia del Consejo de Ministros -
Secretaría de Gobierno Digital con apoyo de la Secretaría de Gestión Pública
OE 1.2. Consolidar una gestión de información integrada para la prevención de la corrupción en la administración pública.
9.
Fortalecer la CAN
mediante i) asignación de recursos humanos y presupuesto suficiente para el cumplimiento de las funciones de su Coordinación General, ii) articulación de las Comisiones Regionales Anticorrupción, y iii)
asignación del mismo derecho de voz y voto a todos los miembros de la CAN.
La CAN Anticorrupción debe ser fortalecida en virtud de las funciones que están establecidas en la Ley 29976. Una de estas funciones, la más importante, es la vinculada a la implementación de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como de su seguimiento, monitoreo y evaluación.
I9. Porcentaje de mecanismos implementados de fortalecimiento Sin línea de base 2018: 100% de los mecanismos de fortalecimiento son implementados - Presidencia del Consejo de Ministros 10.
Empoderar a las Oficinas de Integridad Institucional existentes en las entidades del Estado e impulsar la creación de oficinas de integridad en entidades que así lo requieran El Reglamento de DL 1327, aprobado el 12 de abril de 2017, crea las Oficinas de Integridad Institucional. Muy pocas entidades han implementado estas oficinas. No hay uniformidad de criterios.
I10. Porcentaje de mecanismos de empoderamiento de las Oficinas de Integridad implementados Sin línea de base 2019: 100% de mecanismos implementados - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - CAN
11.
Impulsar la creación del Sistema Funcional de Integridad y Lucha contra la Corrupción conformado por las Oficinas de Integridad Institucional o los funcionarios responsables de la integridad gubernamental de las entidades públicas.
El sistema tendría como funciones centrales:
- Promover la ética en la función pública - Diseñar mapas de riesgos de corrupción y proponer herramientas para enfrentarlos en los distintos ámbitos de actuación - Generar y administrar información cuantitativa y cualitativa en materia de integridad y lucha contra la corrupción, a fin de desarrollar indicadores que permitan el monitoreo y la adopción de políticas públicas.
- Apoyar la promoción de una cultura de la integridad en la sociedad a través de los organismos del sector público, sector privado, universidades, medios de comunicación y sociedad civil.
La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo indica que las Políticas Nacionales son implementadas a través de Sistemas Funcionales. La Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción no cuenta con un Sistema Funcional. Muy pocas entidades han creado Oficinas de Integridad que puedan integrar un Sistema Funcional de Integridad.
I11. Propuesta Legislativa presentada al Congreso Sin línea de base 2019: Propuesta legislativa presentada al Congreso - CAN
12.
Contar con mecanismos adecuados de monitoreo y seguimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y de los respectivos planes derivados (Plan Nacional, planes sectoriales e institucionales de integridad y Lucha contra la Corrupción) incorporados en los instrumentos de planificación estratégica;
asimismo realizar evaluación de impacto que permitan determinar la efectividad de dichos planes.
Los ministerios y los organismos públicos cuentan con Planes Anticorrupción. En el caso de los ministerios, el seguimiento y evaluación está a cargo de las Oficinas de Integridad Institucional o, en su defecto, en las Oficinas General de Planeamiento y Presupuesto.
No hay una estandarización de los Planes y los informes de seguimiento y monitoreo son escasos. Hay planes institucionales que no especifican responsables del seguimiento.
I12. Sistema de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación de las Acciones Anticorrupción implementado Sin línea de base 2019: Sistema de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación de las Acciones Anticorrupción implementado - CAN
13.
Aprobación de una política de digitalización de los archivos de las entidades públicas del país, con el fin de cautelar la información y documentación que pueda ser materia de investigación de presuntos casos de corrupción.
Las entidades públicas digitalizan los archivos, pero no existe una política nacional de digitalización.
Hay avances en la inclusión digital impulsada desde ONGEI. Con respecto a la información digitalizada que pueda servir en la lucha contra la corrupción, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos y el Poder Judicial han implementado el expediente digital.
I13. Aprobación de una Política de digitalización de archivos Sin línea de base 2020: Política Aprobada - Presidencia del Consejo de Ministros 14.
Generar un espacio de trabajo virtual que permita la interconexión entre la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y los funcionarios/ as responsables de entregar información y los responsables del PTE, a nivel nacional Mediante Decreto Legislativo Nº 1353, publicado el 7 de enero de 2017, se creó la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, encargándole entre una de sus funciones, supervisar el cumplimiento de las normas en materia de transparencia y acceso a la información pública I14: Espacio virtual implementado y en funcionamiento Sin línea de base 2021: Espacio de trabajo virtual implementado y en funcionamiento - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -
Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Datos Personales 15.
Implementar una plataforma de casos emblemáticos de corrupción I15: Implementación de la Plataforma de casos emblemáticos Sin línea de base 2019: Plataforma de casos emblemáticos implementada y publicada - Comisión de Alto Nivel Anticorrupción 16.
Implementar mecanismos de seguimiento y monitoreo de la implementación de las convenciones internacionales anticorrupción, así como de otros compromisos internacionales sobre la materia.
Nuestro país participa activamente en diferentes espacios internacionales anticorrupción, en los cuales ha logrado consolidarse y posicionarse.
Estos espacios establecen diferentes obligaciones, consideraciones y recomendaciones que los Estado parte deben incorporar. En ese sentido, es necesario contar con mecanismos de seguimiento y monitoreo para la implementación de las Convenciones Anticorrupción, así como de los compromisos asumidos en otros espacios internacionales I16: Implementación de mecanismos de seguimiento y monitoreo.
Sin línea de base Implementación de mecanismos de seguimiento y monitoreo.
- Comisión de Alto Nivel Anticorrupción OE 1.3. Impulsar y consolidar la Reforma del Sistema Electoral en el Perú y de las Organizaciones Políticas.
17.
Promover el financiamiento público de los partidos políticos en campaña y no a capacitación Según el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, los gastos de funcionamiento ordinario no podrán exceder el 30% del monto del financiamiento público directo que le corresponde a un partido político o alianza electoral.
El 70 % restante es destinado para los gastos de formación, capacitación e investigación.
I17: Propuesta Legislativa presentada ante el congreso Sin línea de base 2018: Propuesta normativa presentada ante el congreso - CAN, Entidades del Sistema Electoral 18.
Impulsar la aprobación de norma que establezca que los candidatos declaren en sus respectivas hojas de vida los procesos judiciales por delitos de corrupción en los que se encuentren comprendidos al momento de la postulación.
La declaración en la Hoja de Vida está establecida en la Ley de Organizaciones Políticas, pero no contempla los procesos judiciales.
Esto debería modificarse en el nuevo código electoral, puesto que integra las diferentes normas electorales, incluida la Ley de Organizaciones Políticas.
I18. Modificación de la Declaración Jurada de Candidatos aprobada Sin línea de base 2018: Modificación de la Declaración Jurada de Candidatos aprobada - CAN, Entidades del Sistema Electoral 19.
Asegurar periodicidad de los reportes financieros o económicos de las campañas por parte de las agrupaciones políticas.
I19: Propuesta normativa desarrollada Sin línea de base 2018: Propuesta normativa desarrollada - CAN, Entidades del Sistema Electoral 20.
Promover la penalización del financiamiento ilegal a los partidos políticos en las campañas electorales Las sanciones impuestas por aportes ilegales a agrupaciones políticos en contienda electoral son de carácter principalmente pecuniario, sin embargo, este tipo de sanciones, a la luz de lo que viene ocurriendo en nuestro país, no han logrado el resultado esperado, por tanto, se propone penalizar estas prácticas para evitar la captura de la política.
I20: Propuesta legislativa presenta ante el Congreso Sin línea de base 2018: Propuesta legislativa presenta ante el Congreso - CAN, Entidades del Sistema Electoral
21.
Impulsar que, en el periodo de elecciones, los medios de comunicación transparenten información sobre contratos de publicidad con candidatos u organizaciones políticas a la ONPE.
Para fortalecer la fiscalización de los aportes en campañas electorales, resulta importante que los medios de comunicación aporten información sobre los contratos de publicidad en tiempo de elecciones.
I21. Propuesta Legislativa presentada ante el Congreso Sin línea de base 2019: Propuesta Legislativa presentada ante el Congreso - CAN, Entidades del Sistema Electoral 22.
Establecer régimen de sanciones administrativas, pecuniarias y políticas, además de penales, por la entrega de información falsa o incompleta a las autoridades del sistema electoral, aplicable a los candidatos, representantes o personeros de las organizaciones políticas.
I22. Propuesta legislativa presentada ante el congreso 2019: Propuesta legislativa presentada ante el congreso - CAN, Entidades del Sistema Electoral OE 1.4. Promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública en los/las servidores/as civiles y en la ciudadanía 23.
Aprobar un currículo de educación básica que incorpore valores y principios éticos para propiciar y una cultura de integridad a través de enfoques trasversales y áreas curriculares (Desarrollo personal, ciudadanía y cívica)
Las Herramientas Curriculares son el segundo nivel de concreción del currículo, que brinda a los actores educativos (DRE/UGEL, directores, docentes) las pautas, guías y orientaciones para las adaptaciones curriculares y el desarrollo de las acciones educativas en la escuela y el aula.
Asimismo, podrán colaborar otras entidades de la Administración Pública que desarrollen acciones de promoción de valores éticos y cívicos a nivel educativo, como, por ejemplo, la Contraloría General de la República con su Programa de Auditores Juveniles I23: Porcentaje de colegios que implementan las herramientas curriculares Sin línea de base 2018: Elaboración y publicación de Herramientas Curriculares para Inicial.
Primaria y Secundaria.
2018: Elaboración de lineamientos, guías y pautas para la gestión descentralizada del currículo en las regiones que incorporan los valores y principios éticos.
2019: 100% de las Instituciones educativas de Lima Metropolitana usan las herramientas curriculares 2020: 100% de las entidades educativas a nivel nacional hacen uso de las herramientas curriculares Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- Ministerio de Educación - DRE / UGEL
Implementación:
- Gobiernos Regionales - Instituciones Educativas Órganos de colaboración:
- Contraloría General de la República 24.
Promover contenidos orientados a la promoción de principios éticos y valores ciudadanos en todos los centros de educación técnico productivo, institutos y escuelas de educación superior y universidades, tanto públicos como privado para la formación integral de sus estudiantes.
Se ha considerado necesario promover el desarrollo de contenidos orientados a la promoción de principios éticos y valores ciudadanos, en todos los centros de educación técnico productivo, institutos y escuelas de educación superior y universidades, tanto públicos como privados, esto con el objetivo de incentivar la formación integral de sus estudiantes I24. Porcentaje de Centros Educativos Superiores y Universitarios que han incorporado mecanismos de promoción de principios éticos y valores ciudadanos Sin línea de base 2019: 100% de los Centros de Educación Técnico productivo, institutos y escuelas de educación superior de Lima Metropolitana implementan mecanismos de promoción de principios éticos y valores ciudadanos 2019: 100% de las Universidades de Lima Metropolitana implementan mecanismos de promoción de principios éticos y valores ciudadanos 2021: 100% de los Centros de Educación Técnico productivo, institutos y escuelas de educación superior a nivel nacional implementan mecanismos de promoción de principios éticos y valores ciudadanos 2021: 100% de las Universidades a nivel nacional implementan mecanismos de promoción de principios éticos y valores ciudadanos Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- Ministerio de Educación - Asociación de Universidades del Perú Implementación:
- Centros de Educación Técnico productivo, institutos y escuelas de educación superior a nivel nacional y Universidades 25.
Desarrollar iniciativas y mecanismos para la sensibilización sobre valores, ética pública, transparencia y acceso a la información pública y promoción de la denuncia, coordinados desde la CAN
La CAN desarrolla campañas de información y concientización, pero falta coordinación con medios de comunicación públicos y privados para campañas masivas.
I25. Porcentaje de Regiones en los que se haya desarrollado campañas de concientización sobre valores, ética pública y promoción de la denuncia.
Sin línea de base 2020: 100% de las Regiones han desarrollado campañas de concientización sobre valores, ética pública y promoción de la denuncia.
- CAN
Apoyo:
- Comisiones Regionales Anticorrupción
OE 1.5. Promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública, en los (las) servidores(as) civiles y en la ciudadanía 26.
Clarificar las funciones y responsabilidades de los organismos que participan en la gestión de la ética pública y las políticas de confl ictos de intereses.
Falta de claridad sobre funciones y responsabilidades de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, SERVIR y la CAN, pues puede haber vacíos y duplicidades.
I26. Propuesta Legislativa presentada ante el Congreso de la República Sin línea de base 2019: Propuesta Legislativa presentada ante el Congreso de la República - SERVIR
- Contraloría General de la República - CAN
- MINJUS -
Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información 27.
Elaborar guía de orientación y promover la refl exión a través de diversos medios, basados en casos, para la identificación y tratamiento de dilemas éticos que enfrentan los servidores civiles.
SERVIR desarrolla en los cursos de dilema ético casos que potencialmente pueden enfrentar los servidores civiles.
Sobre la base de lo desarrollado se deben elaborar más casos, elaborar una guía de orientación y promover de manera constante la refl exión.
I27. Guía de orientación para el tratamiento de dilemas éticos elaborada y aprobada Sin línea de base 2019: Guía de orientación para el tratamiento de dilemas éticos elaborada y aprobada - SERVIR
28.
Garantizar la transparencia y el fácil acceso a los Registros de Visitas de Funcionarios de las entidades y Agendas Oficiales de los principales funcionarios, en los que debe consignarse los visitantes, incluidos los gestores de intereses, de acuerdo al Decreto Legislativo 1353.
Los Portales Web de las entidades del Poder Ejecutivo publican los Registros de Visitas a Funcionarios.
Las agendas oficiales de los principales funcionarios no están disponibles en todos los portales.
Muchos gobiernos sub-nacionales no cuentan con portales Web ni portal de Transparencia.
I28. Porcentaje de entidades públicas que mantienen sus Registro de Visitas en Línea actualizados y transparentan las Agendas Oficiales de los Principales Funcionarios Sin línea de base 2018: Determinación de la línea de base 2019: 100% de las entidades públicas de los Poderes del Estado mantienen sus Registro de Visitas a Funcionarios en Línea actualizados y transparentan las Agendas Oficiales de los Principales Funcionarios 2019: 100% de los Organismos Constitucionales Autónomos mantienen sus Registro de Visitas en Línea actualizados y transparentan las Agendas Oficiales de los Principales 2020: 100% de los Gobiernos Regionales mantienen sus Registro de Visitas en Línea actualizados y transparentan las Agendas Oficiales de los Principales 2020: 100% de las Municipalidades capitales de departamento mantienen sus Registro de Visitas en Línea actualizados y transparentan las Agendas Oficiales de los Principales Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -
Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública Implementación:
- Todas las entidades del Poder Ejecutivo 29.
Adecuar el marco normativo en materia de integridad pública de acuerdo a los estándares de la OCDE, a través del i) fortalecimiento del marco normativo sobre declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas, ii) establecimiento de la obligatoriedad de la declaración jurada de intereses, y iii) establecimiento de un nuevo modelo de regulación de la gestión de intereses.
El Perú se ha adherido a las recomendaciones del Consejo de Principios de Transparencia e Integridad en la Gestión de Intereses de la OCDE. Asimismo, se encuentra vigente la Ley Nº 28024, Ley que regula la gestión de intereses en la administración pública, modificada por el Decreto Legislativo 1353. Sin embargo, no existe una Ley específica sobre gestión de intereses adecuada a los estándares internacionales.
I29. Porcentaje de mecanismos normativos desarrollados Sin línea de base 2019: 100% de los mecanismos normativos desarrollados - CAN
EJE 2. IDENTIFICACIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS
Nº Acciones Estado actual Indicador Línea de base Metas en el periodo (Año) Responsable OE 2.1. Fortalecer el mecanismo para la gestión de denuncias por presuntos actos de corrupción 30.
Implementar un mecanismo integrado de denuncias en la administración pública, asegurando la protección de los denunciantes de presuntos actos de corrupción.
No existen en la administración pública procedimientos estandarizados para la atención de las denuncias.
I30: Mecanismo integrado de denuncias aprobado e implementado Sin línea de base 2018: Mecanismo integrado de denuncias aprobado 2019: 100% de las entidades del Poder Ejecutivo implementan el mecanismo.
Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Implementación:
- Todas las entidades del Poder Ejecutivo
31.
Generar un mecanismo de reporte que facilite la puesta en conocimiento de irregularidades en el sector privado Con el apoyo de la OCDE y el Basel Institute se implementará el Mecanismo de Reportes de Alto Nivel en los procesos de contratación pública a fin de asegurar un canal de reporte al más alto nivel, que propicie la gestión de quejas, reclamos y denuncias de presuntos actos de corrupción en los principales procesos de contratación pública, asegurando la eficiente respuesta del gobierno, evitando el escalamiento de los riesgos detectados, a través de un proceso de análisis rápido y respuesta que involucre al sector empresarial y a la sociedad en general.
I31: Mecanismo de reporte implementado Sin línea de base Mecanismo de reporte implementado - Comisión de Alto Nivel Anticorrupción 32.
Fortalecer los incentivos monetarios a quienes denuncien actos de corrupción en el sector público.
I32: Estrategia de fortalecimiento del Sistema de incentivos monetarios a denunciantes de actos de corrupción Sin línea de base 2019: 100% de la estrategia de fortalecimiento es implementada - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos OE 2.2. Impulsar una carrera pública meritocrática 33.
Implementar de manera obligatoria mecanismos de inducción con contenidos homogéneos en ética pública e integridad para el desarrollo adecuado de las competencias laborales y profesionales de los servidores civiles, independientemente de su régimen laboral o contractual.
Difícilmente se desarrollan programas de inducción para los servidores civiles relacionados al cumplimiento de sus funciones, sobre todo al ingreso de la carrera pública. La ausencia de una orientación o instrucción inicial e incluso permanente genera una serie de distorsiones que dan lugar al ejercicio indebido de funciones, que puede traducirse en la generación de espacios para la corrupción.
Por tanto, las entidades públicas deben aprobar directivas internas que desarrollen e implementen los alcances de la "Guía para la Gestión del Proceso de Inducción", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva 265-2017-SERVIR-PE.
I33. Porcentaje de Entidades Públicas que implementan mecanismos de inducción al personal Sin línea de base 2018: Determinación de la línea de base 2019: 100% de las entidades públicas de los Poderes del Estado implementan mecanismos de inducción 2019: 100% de los Organismos Constitucionales Autónomos implementan mecanismos de inducción 2020: 100% de los Gobiernos Regionales implementan mecanismos de inducción 2021: 100% de las Municipalidades capitales de departamento implementan mecanismos de inducción Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- SERVIR
Implementación:
- Oficinas de Recursos Humanos de todas las Entidades de la Administración pública 34.
Delegar a SERVIR la regulación e implementación de los procesos de selección en los puestos directivos clave en el sistema de contrataciones, en entidades con presupuestos y proyectos de gran envergadura, y programas sociales.
SERVIR tiene la función de dictar políticas sobre recursos humanos en el Estado. De acuerdo a la legislación vigente, a los cargos directivos se ingresa por concurso de méritos y capacidades, pero hay un porcentaje de libre nombramiento y remoción por el titular de la entidad.
Esto comprende ciertos riesgos con respecto a la idoneidad del servidor público.
I34: Porcentaje de procesos de selección de puestos directivos claves implementados por SERVIR
Sin línea de base 2020: 100% de los procesos de selección de puestos directivos claves implementados por SERVIR
- SERVIR
- MIDIS
- Entidades de la Administración Pública 35.
Promover activamente que los gerentes públicos ingresen al régimen del servicio civil en la categoría de directivos públicos.
Mediante el Decreto Legislativo 1024 se creó el Cuerpo de Gerentes Públicos, con el objetivo de proveer funcionarios calificados a las entidades públicas. Actualmente hay 153 gerentes públicos en funciones (SERVIR 2017). La Ley del Servicio Civil y su reglamento, establecen procedimientos para que el gerente público seleccionado y asignado por SERVIR, pueda ser incorporado como directivo público bajo el régimen del servicio civil sin necesidad de concurso. Hay un bajo nivel de implementación de esta disposición.
I35. Porcentaje de gerentes públicos que ingresan a la categoría de directivos públicos Sin línea de base 2020: 100% de los gerentes públicos que ingresan a la categoría de directivos públicos - SERVIR
36.
Mejorar los procesos de selección y ascenso para promover el ingreso y permanencia de los mejores efectivos dentro de la Policía Nacional del Perú, así como los mejores profesionales dentro del Ministerio Público y el Poder Judicial Los procesos de selección y ascenso en la Policía Nacional del Perú han sido modificados recientemente por el Poder Ejecutivo. En 2004se modificaron los procesos de ascenso en el Poder Judicial y el Ministerio público, mediante la Ley 28367.
I36. Estrategia de mejora de los procesos de selección y ascenso implementada Sin línea de base 2020: 100% de la estrategia de mejora de los procesos de selección y ascenso es implementada - Poder Judicial - Ministerio Público - Ministerio del Interior - Policía Nacional del Perú
37.
Fortalecer la implementación de la gestión del rendimiento de los servidores civiles, así como capacitarlos para establecer y cumplir las metas institucionales orientadas principalmente al ciudadano SERVIR ha establecido un modelo de gestión del rendimiento (evaluación del desempeño) que ha venido aplicando a determinadas entidades, con buenos resultados. El proceso de capacitación y la propia gestión del rendimiento deben tener una cobertura mayor I37. Porcentaje de entidades de la Administración Pública que implementan la gestión del rendimiento de los servidores civiles Sin línea de base 2018: Determinación de la línea de base 2019: 100% de las entidades públicas de los Poderes del Estado implementan la gestión del rendimiento de los servidores civiles 2019: 100% de los Organismos Constitucionales Autónomos implementan la gestión del rendimiento de los servidores civiles 2020: 100% de los Gobiernos Regionales implementan la gestión del rendimiento de los servidores civiles 2021: 100% de las Municipalidades capitales de departamento implementan la gestión del rendimiento de los servidores civiles Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- SERVIR
Implementación:
- Entidades de la Administración pública OE 2.3. Garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios 38.
Fortalecer el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado a fin de promover y garantizar la supervisión estratégica basada en la gestión de riesgos, la optimización del proceso de contratación pública y la transformación digital de la institución.
El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado debe fortalecerse a efectos de poder implementar acciones que permitan la supervisión estratégica durante el proceso de contratación pública a fin de identificar y tratar los riesgos que se generan; asimismo, es necesaria la optimización de procesos orientada al logro de resultados y la transformación digital como herramienta clave de modernización tecnológica vinculada al logro de los objetivos estratégicos y misionales.
I36. Porcentaje de la Estrategia de fortalecimiento del OSCE implementada Sin línea de base 2019: 100% de implementación de la Estrategia de fortalecimiento del OSCE
- OSCE
39.
Modernizar las plataformas tecnológicas del OSCE
garantizando información desagregada de las contrataciones de bienes, servicios y obras que los proveedores hayan realizado con el Estado Resulta necesaria la modernización del Sistema Electrónico de Contrataciones de Estado -
SEACE, y el Registro Nacional de Proveedores (RNP) a fin de dotar al Estado Peruano de una única plataforma electrónica que garantice la integridad de la información de todo el proceso de contratación pública, así como su fácil acceso para todos los operadores que participan I39: Plataformas tecnológicas modernizadas Sin línea de base 2018: Sistema Electrónico de Contrataciones de Estado (SEACE) modernizado 2019: Registro Nacional de Proveedores (RNP)
modernizado - OSCE
40.
Establecer a nivel de las entidades públicas mecanismos de identificación y gestión de riesgos en los procesos de contratación pública, examinando información consignada por las personas naturales y jurídicas que contratan con la entidad.
Esta supervisión deberá contar con el asesoramiento técnico del Organismo de Supervisión de las Contrataciones del Estado (OSCE), entidad que deberá registrar las incidencias detectadas en los procesos de identificación de riesgos.
I40: Porcentaje de entidades de la Administración Pública que implementan mecanismos de identificación y gestión de riesgos en contrataciones públicas Sin línea de base 2018: Determinación de la línea de base 2019: 100% de las entidades públicas de los Poderes del Estado implementan mecanismos de identificación y gestión de riesgos en contrataciones públicas 2019: 100% de los Organismos Constitucionales Autónomos implementan mecanismos de identificación y gestión de riesgos en contrataciones públicas 2020: 100% de los Gobiernos Regionales implementan mecanismos de identificación y gestión de riesgos en contrataciones públicas 2021: 100% de las Municipalidades capitales de departamento implementan mecanismos de identificación y gestión de riesgos en contrataciones públicas Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- OSCE
Implementación:
- Entidades de la Administración pública
41.
Fortalecer la Central de Compras Públicas (Perú Compras), para asegurar su autonomía y especialización suficiente de manera tal que cumpla con su función de estandarización de bienes y servicios de consumo regular a nivel de las entidades públicas que conlleve al proceso de centralización gradual de las compras corporativas.
La Central de Compras Públicas -
PERU COMPRAS es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con autonomía técnica, funcional y administrativa, que ejerce sus funciones a partir del 18 de marzo del 2016. Se encuentra en implementación inicial.
I41: Porcentaje de la Estrategia de fortalecimiento de la Central de Compras Públicas (Perú Compras)
implementada Sin línea de base 2019: 100% de implementación de la Estrategia de fortalecimiento del OSCE
- Perú Compras 42.
Implementar en las entidades públicas programas permanentes de desarrollo de capacidades vinculadas a los procesos de contrataciones públicas para fortalecer la gestión del conocimiento, con el asesoramiento de OSCE
Se ha implementado en diferentes entidades públicas programas de desarrollo de capacidades. El OSCE
cuenta con una subdirección de desarrollo de capacidades.
I42: Porcentaje de entidades públicas que implementan programas permanentes de desarrollo de capacidades en Contrataciones Públicas Sin línea de base 2019: 100% de las entidades públicas de los Poderes del Estado implementan programas permanentes de desarrollo de capacidades 2019: 100% de los Organismos Constitucionales Autónomos implementan programas permanentes de desarrollo de capacidades 2020: 100% de los Gobiernos Regionales implementan programas permanentes de desarrollo de capacidades 2021: 100% de las Municipalidades capitales de departamento implementan programas permanentes de desarrollo de capacidades Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- OSCE
Implementación:
- Entidades de la Administración pública 43.
Fomentar la implementación de programas de prevención o compliance contra la corrupción y otras prácticas cuestionables en el sector empresarial independientemente del tamaño de la empresa y el rubro de negocio.
I43: Porcentaje de cumplimiento de la Estrategia de difusión de la importancia de los programas de prevención o compliance Sin línea de base 2018: 100% de implementación de la Estrategia de difusión de la importancia de los programas de prevención o compliance aprobada 2019: 100% de la Estrategia de difusión de la importancia de los programas de prevención o compliance implementada - CAN
- CONFIEP, SNI,
CCL
44.
Desarrollar y aprobar una política nacional de infraestructura que garantice transparencia y predictibilidad en las decisiones públicas y privadas respecto al desarrollo de las obras emblemáticas a ser desarrolladas en el corto, mediano y largo plazo.
No existe un Plan Nacional de infraestructura solo se cuenta con avances en la Agenda de Competitividad 2014-2018 y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Actualizado - Perú hacia el 2021.
Asimismo, la necesidad de un Plan se enmarca en la política de Estado 21 del Acuerdo Nacional.
I44: Aprobación de la política nacional de Infraestructura Sin línea de base 2018: Política Nacional de Infraestructura aprobada - Ministerio de Economía y Finanzas 45
Fortalecer los procesos de planificación, programación y priorización de las carteras de proyectos de infraestructura económica (transporte, infraestructura de riego, energía, vivienda y saneamiento) para maximizar los impactos y la rentabilidad social, así como reducir los riesgos de la corrupción Es necesario ampliar los criterios de planificación programación y priorización considerando el impacto esperado y rentabilidad social de los proyectos de infraestructura económica.
Mientras más sólida la planificación, programación y priorización de los proyectos de infraestructura económica, menos riesgos de corrupción.
I45. Procesos de planificación, programación y priorización de proyectos de infraestructura económica fortalecidos a través de la gestión de riesgos identificados.
Sin línea de base 2018: Identificación de riesgos en los procesos de planificación, programación y priorización de proyectos de infraestructura económica 2019: 100 % de los riesgos detectados han sido debidamente gestionados 2020: Procesos de Planificación, programación y priorización fortalecidos - Ministerio de Transportes - Ministerio de Agricultura y Riego - Ministerio de Energía y Minas - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento 46.
Revisar la normativa de las asociaciones público-privadas a efectos de garantizar competencia, prohibir las excepciones en grandes obras y garantizar los estudios de ingeniería en detalle.
La normativa de las asociaciones público-privadas ha tenido constantes modificaciones en los últimos años. Uno de los motivos, ha sido los riesgos de corrupción.
Por ello, se ha buscado clarificar responsabilidades, regular las adendas y renegociaciones, mejorar los mecanismos de competencia, etc. Sin embargo, existe una tensión entre un mayor control y facilitar las inversiones.
I46: Propuesta legislativa presentada al Congreso Sin línea de base 2019: Propuesta legislativa presentada al Congreso - Presidencia del Consejo de Ministros
47.
Establecer un marco normativo para el desarrollo de la vigilancia ciudadana de la gestión pública con especial énfasis en el nivel subnacional.
La vigilancia ciudadana se constituye como uno de los principales elementos de fomento de la participación ciudadana, logrando disminuir la distancia entre la toma de decisiones y los problemas sociales más acuciantes. Su fomento tiene por finalidad la consolidación de la gobernabilidad, la interiorización de la integridad y la gestación de liderazgos locales para el escrutinio de las decisiones y el uso de recursos públicos I47: Porcentaje de regiones en las que se desarrollan actividades de vigilancia ciudadana Sin línea de base 2019: Marco normativo aprobado 2020: 100% de las regiones desarrollan actividades de vigilancia ciudadana Asistencia, seguimiento y Supervisión:
- OSCE
Promoción:
- Comisiones Regionales Anticorrupción OE 2.4. Fortalecer la gestión de riesgos al interior de cada entidad pública 48.
Desarrollar una metodología específica de identificación y gestión del riesgo de corrupción, que incluya actividades de mapeo y evaluación adaptadas para apoyar a las entidades gubernamentales en sus esfuerzos por implementar controles para prevenir, detectar y responder eficazmente a la corrupción.
No existe una metodología específica de identificación y gestión del riesgo de corrupción. Existen iniciativas en curso de implementar, con la Cooperación internacional, un mapa de riesgos y un observatorio de la corrupción. Desde la CAN se ha iniciado un proceso al respecto.
Así, por ejemplo, los entes rectores de los sistemas administrativos podrían establecer matrices de identificación y gestión de riesgos en sus respectivos sistemas de los procesos de soporte.
I48: Porcentaje de entidades públicas que implementan la Metodología de Identificación y Gestión de Riesgos para prevenir, detectar y responder eficazmente a la corrupción Sin línea de base 2018: Aprobación de la metodología 2019: 100% de las entidades públicas de los Poderes del Estado implementan la Metodología de Identificación y Gestión de Riesgos para prevenir, detectar y responder eficazmente a la corrupción 2019: 100% de los Organismos Constitucionales Autónomos implementan la Metodología de Identificación y Gestión de Riesgos para prevenir, detectar y responder eficazmente a la corrupción 2020: 100% de los Gobiernos Regionales implementan la Metodología de Identificación y Gestión de Riesgos para prevenir, detectar y responder eficazmente a la corrupción 2021: 100% de las Municipalidades capitales de departamento implementan la Metodología de Identificación y Gestión de Riesgos para prevenir, detectar y responder eficazmente a la corrupción - Presidencia del Consejo de Ministros - CAN
49.
Sistematizar y analizar la información de los procedimientos administrativos disciplinarios vinculados a hechos de corrupción a través de la plataforma del REPRAC (Registro de Procedimientos Administrativos Disciplinarios Vinculados a Actos de Corrupción) para producir recomendaciones de mitigación de riesgos.
No existe una entidad pública que asuma formalmente la tarea de sistematizar y analizar la información proveniente de denuncias de corrupción.
Esto limita la capacidad del Estado de identificar riesgos y tomar medidas preventivas.
I.49. Porcentaje riesgos gestionados en las entidades públicas.
Sin línea de base.
2019: 100% de entidades han gestionado debidamente los riesgos detectados 2020: 100% de entidades han gestionado debidamente los riesgos detectados 2021: 100% de entidades han gestionado debidamente los riesgos detectados - Asistencia, seguimiento y supervisión: CAN
- Implementación:
todas las entidades del Poder Ejecutivo 50.
Fortalecer la simplificación administrativa en la administración pública a través del diseño e implementación del Análisis de Impacto Regulatorio (RIA), la consolidación del Análisis de Calidad Regulatoria de los trámites y los procedimientos administrativos estandarizados I50. Porcentaje de entidades públicas que implementan el Análisis de Impacto Regulatorio (RIA) y el Análisis de Calidad Regulatoria de los trámites.
Sin línea de base 2021: 25% de entidades del Poder Ejecutivo aplican el Análisis de Impacto Regulatorio (RIA)
2019: Se ha reducido en 10% las cargas administrativas de los 100 principales trámites del Poder Ejecutivo en el marco al Análisis de Calidad Regulatoria 2020: se han estandarizado 100 procedimientos administrativos para su aplicación por los Gobiernos Locales y Regionales Asistencia técnica:
- Presidencia del Consejo de Ministros -
Secretaría de Gestión Pública Implementación:
- Entidades de la Administración Pública
EJE 3. CAPACIDAD SANCIONADORA DEL ESTADO FRENTE A LOS ACTOS DE CORRUPCIÓN
Nº Acciones Estado actual Indicador Línea de base Metas en el periodo (Año) Responsable OE 3.1. Reforzar el sistema de justicia penal 51.
Consolidar el marco normativo penal a efectos de evitar impunidad a través de i)
ampliación de los supuestos de separación de la función pública de condenados por delitos de tráfico ilícito de drogas y lavado de activos;
ii) tipificación del delito de corrupción privada;
y, iii) simplificación del procedimiento de extradición
I51: Porcentaje de mecanismos implementados Sin línea de base 2020: 100% de los mecanismos han sido implementados - CAN
- Poder Judicial - SERVIR
52.
Consolidar el registro nacional de sanciones contra servidores civiles, incluyendo a las fuerzas armadas y policiales.
El Decreto Legislativo 1295 y su reglamento, establecieron la integración progresiva y de acuerdo a los procedimientos determinados por SERVIR, del Registro Nacional de Sanciones con el Registro Único de Condenados Inhabilitados, el Registro Nacional de Sanciones Disciplinarias de la Policía Nacional del Perú, así como otros similares.
Su implementación inició en junio de 2017. Se encuentra en una fase inicial.
I52: Registro nacional de sanciones contra servidores civiles incorpora información de las fuerzas armadas y policiales Sin línea de base 2018: Registro nacional de sanciones contra servidores civiles incorpora información de las fuerzas armadas y policiales - SERVIR
53.
Reglamentar la Ley 30424
y su modificatoria sobre la responsabilidad de personas jurídicas El 8 de junio de 2016 se instaló un grupo de trabajo que fue promovida desde la CAN para elaborar el reglamento de la Ley 30424. El 7 de enero de 2017, la mencionada Ley fue modificada por el Decreto Legislativo Nº 1352 que amplía el alcance de las personas jurídicas. A la fecha no se aprobado el reglamento correspondiente, teniéndose como base el proyecto elaborado por el indicado grupo de trabajo, al cual habría que incorporar o tener en cuenta las modificaciones del D. Leg. 1352. La elaboración del reglamento se encuentra actualmente a cargo de PRODUCE. Asimismo, el 27 de febrero, mediante RM
0061-2018-JUS, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos pre publicó la propuesta de Reglamento, estando en etapa de recopilación de opiniones.
I53: Reglamento aprobado Sin línea de base 2018: Reglamento aprobado - Ministerio de la Producción 54.
Fortalecer el sistema de justicia penal anticorrupción a través de i) la implementación de órganos especializados en todos los distritos judiciales y fiscales, ii) asignación de recursos necesarios, iii)
reducción del porcentaje de provisionalidad de jueces y fiscales vinculados a la lucha contra la corrupción;
iv) implementación de mecanismos para garantizar la integridad en el sistema de justicia penal anticorrupción.
I54: Porcentaje de mecanismos implementados 2021: 100% de mecanismos implementados - CAN
- Poder Judicial - Ministerio Público 55.
Implementar el Expediente Judicial Electrónico en el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
I55: Expediente Judicial Electrónico implementado en el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
Sin línea de base 2021: Expediente Judicial Electrónico implementado en el 100% del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios.
- Poder Judicial - Ministerio Público - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -
Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción
56.
Implementar una unidad de gestión de información en la CAN Anticorrupción que centralice data estadística de procesos penales por delitos de corrupción.
El Estudio de la OCDE sobre Integridad en el Perú recomienda que la CAN cuenta con una Unidad de Gestión de Información que recopile y analice información estadística sobre el fenómeno de la corrupción, especialmente sobre los procesos penales.
I56: Unidad de Gestión de Información implementada Sin línea de base 2019: : Unidad de Gestión de Información implementada - PCM
57.
Fortalecer e incrementar el uso de herramientas procesales especiales para la investigación de casos de corrupción cómo "agente encubierto", "escuchas telefónicas", "colaboración eficaz", "levantamiento del secreto bancario" y otros, en el marco del debido proceso.
Actualmente la Fiscalía de la Nación utiliza las herramientas procesales especiales. Algunas de estas se han fortalecido a partir del nuevo Código Procesal Penal, que prevé estas técnicas para investigador delitos de delincuencia organizada. Desde junio de 2006, el Ministerio Público cuenta en el Reglamento de Circulación y Entrega Vigilada de Bienes Delictivos y Agente Encubierto. El caso Odebrecht ha evidenciado dificultades para concretar las colaboraciones eficaces y una falta de unificación de criterios dentro del Ministerio Público.
I57: Porcentaje de jueces especializados en delitos de corrupción que participan en actividades de desarrollo de capacidades orientadas al uso de herramientas procesales especiales para la investigación de casos de corrupción Sin línea de base 2019: Programa de desarrollo de capacidades aprobado 2021: 100% de los jueces especializados en delitos de corrupción participaron en actividades de desarrollo de capacidades - Poder Judicial - Ministerio Público - Policía Nacional del Perú 58.
Establecer espacios de articulación y protocolos de coordinación operativa en los procesos de investigación penal por delitos de corrupción.
Existen espacios y grupos de trabajo de coordinación interinstitucional, a partir del Convenio Marco Tripartito de Cooperación Interinstitucional y el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional para la interoperabilidad en el Sistema de Administración de Justicia (SAJ). Sin embargo, no existen protocolos de articulación permanente.
I58: Unidad de Coordinación operativa implementada, conformada por los principales órganos participantes en los procesos de investigación penal por delitos de corrupción Sin línea de base 2019: Unidad de Coordinación operativa implementada - Poder Judicial - Ministerio Público - Contraloría General de la República - UIF
- SUNAT
- Procuraduría - Policía Nacional del Perú 59.
Reformar la institucionalidad del Consejo Nacional de la Magistratura para fortalecer su autonomía y la selección de sus integrantes, así como para asegurar que los procesos de selección y ratificación garanticen la idoneidad e integridad de los jueces y fiscales que coadyuven al fortalecimiento del sistema de administración de justicia.
El responsable de la titulación, nombramiento, ratificación y destitución de jueces y fiscales es el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), y la función de control disciplinario corresponde a la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA). Se pueden mejorar estos procedimientos incorporando criterios éticos y de integridad. Hay proyectos de ley presentados al Congreso de la República que pueden generar un retroceso. No se ha presentado una propuesta normativa orientada a mejorar los criterios de selección y ratificación I59: Propuesta Legislativa presenta ante el Congreso de la República Sin línea de base 2019: Propuesta Legislativa presenta ante el Congreso de la República - CNM
60
Fortalecer a la Procuraduría Especializada de Delitos de Corrupción para asegurar su pleno funcionamiento, independencia y autonomía a nivel nacional.
I60. Estrategia de fortalecimiento de la Procuraduría Especializada de Delitos de Corrupción implementada Sin línea de base 2018: Diagnóstico acerca del Estado de la Procuraduría Especializada de Delitos de Corrupción a nivel Nacional 2019: Estrategia de fortalecimiento de la Procuraduría Especializada de Delitos de Corrupción aprobada 2021: Estrategia de fortalecimiento de la Procuraduría Especializada de Delitos de Corrupción implementada - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 61.
Fortalecer la participación de la Procuraduría en el Proceso de Colaboración Eficaz I61. Proyecto de Ley presentada al Congreso de la república Sin línea de base 2019: Proyecto de Ley presentada al Congreso de la república - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos OE 3.2. Reforzar el sistema disciplinario 62.
Promover un trabajo articulado con miras a delimitar las jurisdicciones y responsabilidades institucionales, y establecer un único inventario de infracciones y sanciones.
I62: Conformación de un grupo de trabajo especializado a nivel de la CAN
Sin línea de base 2018: Grupo de Trabajo especializado a nivel de la CAN creado y en funcionamiento - CAN
- SERVIR
- Contraloría General de la República
63.
Fortalecer la capacidad operativa de sanción disciplinaria de las entidades mediante mecanismos que garanticen la eficiencia, celeridad e inmediatez en la respuesta administrativa para sancionar faltas a la ética y casos de corrupción.
I63: Porcentaje de implementación de la Estrategia de Fortalecimiento de sanción administrativa Sin línea de base 2019: Estrategia de fortalecimiento de la capacidad de sanción administrativa aprobada 2020: 100% de implementación de la Estrategia de Fortalecimiento de sanción administrativa - Asistencia y Acompañamiento:
SERVIR
- Implementación:
Entidades de la Administración Pública OE 3.3. Reforzar el Sistema Nacional de Control.
64.
Fortalecer de manera progresiva y sujeto a un plan de implementación, la autonomía y descentralización de los OCI, a través de: i)
Incorporar a los OCI de las entidades del nivel nacional, gobiernos regionales y locales a la Estructura administrativa de la CGR; y, ii) Ejecutar servicios de control a los gobiernos locales de manera descentralizada, mediante OCI itinerantes.
La Contraloría General de la República estima (a febrero de 2018), que 2664 (74%) de entidades públicas no cuentan con Órganos de Control Institucional. Asimismo, si bien 325 (9%) entidades cuentan con Órganos de Control Institucional, éstas dependen de las entidades bajo control, es decir su personal es contratado directamente por la entidad a la que fiscalizan. Solo 427 (12%) de los Órganos de Control Institucional sin jefe designado.
I64: Porcentaje de cumplimiento de Estrategia de Fortalecimiento de la Autonomía y descentralización de las OCI
Sin línea de base 2018: Estrategia de Fortalecimiento de la Autonomía y descentralización de las OCI aprobado 2021: 100% de implementación de la Estrategia de Fortalecimiento de la Autonomía y descentralización de las
OCI
- Contraloría General de la República 65.
Intensificar las tecnologías de la información para optimizar el control gubernamental.
Uno de los principios del control gubernamental, conforme a la modificatoria del artículo 9º. Inciso m) de la Ley Nº 27785, establecida por la Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control-Nº 30742, es el acceso a la información, referido a la potestad de los órganos de control de tener acceso directo, masivo, permanente, en línea, irrestricto y gratuito a las bases de datos, sistemas informáticos y cualquier mecanismo para el procesamiento o almacenamiento de información, que administran las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, sin otras limitaciones que los casos previstos en dicha norma.
I65: Porcentaje de implementación de una Estrategia de intensificación del uso de las tecnologías en el Control Gubernamental Sin línea de base 2018: Estrategia de Fortalecimiento de intensificación del uso de las tecnologías en el Control Gubernamental aprobado 2021: 100% de implementación de la Estrategia de intensificación del uso de las tecnologías en el Control Gubernamental - Contraloría General de la República OE 3.4. Fortalecer los mecanismos para recuperación de activos y perdida de dominio ante delitos agravados contra la Administración Pública.
66.
Implementar un Protocolo de actuación que asegure los procesos de asistencia judicial mutua y recuperación de activos I66: Protocolo de actuación que asegure los procesos de asistencia judicial mutua y recuperación de activos aprobado Sin línea de base 201: Protocolo de actuación que asegure los procesos de asistencia judicial mutua y recuperación de activos aprobado - CAN
67.
Simplificar el procedimiento de extradición.
Para fortalecer los mecanismos de investigación y sanción de la corrupción es necesario adoptar acciones orientadas a garantizar una cooperación y asistencia judicial mutua cada vez más eficaz y eficiente. Por tanto, es importante desarrollar una propuesta de simplificación del procedimiento de extradición con la finalidad de que se convierta en un esfuerzo regional para evitar la impunidad de este tipo de delitos.
I67: Propuesta de Simplificación del procedimiento de extradición desarrollado Sin línea de base 2018: Propuesta de Simplificación del procedimiento de extradición desarrollado - Ministerio de Justicia - Poder Judicial - Ministerio Público 68.
Articular acciones para evitar la prescripción y caducidad en el cobro de la reparación civil a los condenados por delitos de corrupción.
I68: Implementación de un mecanismo de articulación para evitar la prescripción y caducidad en el cobro de la reparación civil a los condenados por delitos de corrupción Sin línea de base 2018: mecanismo de articulación para evitar la prescripción y caducidad en el cobro de la reparación civil a los condenados por delitos de corrupción implementado - CAN
- Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios - Poder Judicial - Ministerio Público 69.
Implementar el registro de beneficiarios finales en consonancia con las recomendaciones del GAFI
para efectos de contar con una estrategia efectiva para evitar el ocultamiento de fondos ilícitos.
El registro de beneficiarios finales contiene información de personas naturales y jurídicas que efectivamente poseen, controlan o se benefician económicamente de sociedades mercantiles, fideicomisos y fundaciones.
I69: Implementación de registro de beneficiarios finales.
Sin línea de base 2020: registro de beneficiarios finales implementado - UIF
- SBS
- SUNAT
- MEF
- SMV
- CAN
IV. ESTRATEGIA DE IMPLEMENTACIÓN
El marco conceptual del Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 plantea y enfatiza que al ser la corrupción un fenómeno complejo, multicausal y multidimensional no puede ser abordado desde un sólo enfoque, así como tampoco desde una sola entidad.
En esa línea, para garantizar una respuesta efectiva y oportuna en la lucha contra la corrupción se requiere consolidar un nivel eficaz de articulación y coordinación entre las entidades que conforman la cadena de valor de la administración de justicia penal contra la corrupción, las cuales, conforme al numeral 9 del Artículo III de la Convención Interamericana Contra la Corrupción son también denominadas como Órganos de Control Superior 4
.
Ahora bien, esta cadena de valor la conforman no sólo los actores que tienen un mandato directo y que cumplen un rol indispensable en el proceso penal como son la Policía Nacional, el Ministerio Público (rol de investigación del delito) y el Poder Judicial (rol de sanción), sino también, la conforman las entidades que tienen a su cargo tareas específicas en la prevención y detección de la corrupción (como la Contraloría General de la República), así como aquellas entidades que sin tener una actuación directa en el proceso penal, su labor resulta indispensable para garantizar el éxito o fracaso de la tarea de investigación y sanción de la corrupción.
Así, por ejemplo, el rol que desempeña el Consejo Nacional de la Magistratura en la lucha contra la corrupción resulta crucial toda vez que de su eficacia en los procesos de selección, ratificación y sanción de jueces y fiscales depende un proceso penal basado en criterios objetivos, justos y oportunos que finalmente coadyuven a erradicar la sensación de impunidad que existe hoy en la sociedad. En esa misma línea, para garantizar la existencia de procesos penales que garanticen eficacia y desincentiven la comisión de futuros hechos de corrupción por parte de otros actores, resulta indispensable contar con un marco normativo expedido por el Congreso de la República que elimine cualquier laguna de impunidad.
Dicho esto, conforme a lo definido en la Tabla Nº 3, el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 parte no sólo de diferenciar distintos actores en la lucha contra la corrupción, sino de consolidar un concepto basado en la existencia de una cadena de valor conformada por estas entidades y la cual debe consolidarse a efectos de tener una institucionalidad sólida que permita a nivel país enfrentar la corrupción sea cual fuere la manifestación o dimensión que ella tenga.
Para ello, es necesario dos presupuestos básicos: 1) fortalecer a cada una de estas entidades a efectos de que la actuación de una constituya en sí misma un valor que facilite a las demás entidades a generar la respuesta oportuna y rigurosa que la sociedad espera, y 2) generar sinergias inteligentes entre todas ellas de manera que funcionen bajo un esquema sistémico.
En esa línea, en la matriz de Objetivos Estratégicos y Acciones del Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021 se precisan dos tipos de acciones: las específicas y las transversales. Las primeras están dirigidas a aquellas entidades que por el rol específico que cumplen y desarrollan según su Ley de creación, tienen una tarea puntual en la lucha contra la corrupción y que por lo tanto nadie más que ellas pueden implementarlas (ej: Poder Judicial, Congreso de la República, Ministerio Público, Contraloría General de la República, Procuraduría Especializada en Delitos de Corrupción, Policía Nacional, Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, SERVIR, Presidencia de Consejo de Ministros, entre otros).
En tanto, las segundas, son acciones que deben ser implementadas de manera transversal por todas las entidades sin excepción (incluidas aquellas que ya tienen asignadas acciones específicas en la lucha contra la corrupción) a efectos de garantizar una estrategia interna de integridad y de prevención de la corrupción en cada una de ellas. Dicha estrategia debe partir de la estructura lógica y de los enfoques conceptuales complementarios de prevención y de punición de la corrupción en que se sostienen los Objetivos Estratégicos y Acciones del Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021.
Al respecto, si bien las acciones transversales están desarrolladas de modo claro en la matriz del Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021, para efectos de facilitar a las entidades públicas la implementación de una estructura de prevención de la corrupción, se plantea un modelo de integridad cuyo desarrollo corresponde a estándares internacionales y buenas prácticas planteadas desde la cooperación internacional con la finalidad de mejorar la organización de la administración pública para promover la integridad y luchar contra la corrupción 5
. Particularmente, se ha tomado como insumo los siguientes documentos:
- Recomendaciones del Consejo de la OCDE sobre integridad pública.
- High Level Principles on Organizing Against Corruption del G-20 LEADERS DECLARATION.
- NTP 37001. Sistemas de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso. INACAL.
Tabla Nº 11. Modelo de Integridad para las entidades del sector público Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 1. Compromiso de la Alta Dirección Toda estrategia de integridad y de lucha contra la corrupción debe partir de la manifiesta y real voluntad política de parte de la más alta autoridad de la entidad.
Para ello, el titular de la institución debe tener claramente establecido no sólo la importancia de implementar una estrategia de integridad y lucha contra la corrupción, sino, sobre todo, la necesidad de su priorización y empoderamiento a los funcionarios e instancias que desarrollan esta función.
El compromiso de la alta dirección es el punto de partida para establecer una verdadera cultura de integridad.
4
En el marco del numeral 9 del Artículo III de la Convención Interamericana Contra la Corrupción, se define como Órganos de Control Superior a aquellos que tienen una función de prevención, detección, sanción y erradicación de prácticas corruptas.
5
Ver bibliografía citada en el presente documento, relativa al "Estudio sobre Compliance desde la perspectiva del sector público: propuesta de modulo para la asesoría desde la Cooperación Alemana implementada por GIZ".
Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 1.1. Acta de compromiso de conducción de control interno.
- Es obligación del titular u órgano de dirección, así como de los órganos gerenciales, firmar un Acta de Compromiso manifestando y explicitando el compromiso de asumir directamente el proceso de implementación del control interno.
- Actividad 1 del artículo 7.11.. de la Guía para la Implementación y Fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las Entidades Públicas.
Resolución CG 004-2017-CG
- Ítem 5.1.1. del Código Marco de Control Interno de Empresas - Norma Técnica Peruana ISO 37001. Ítem 5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN
- Firmar el Acta de compromiso de implementación y cumplimiento de las normas de control interno, conforme señala el ítem 5.1.1. del Código Marco de Control Interno de Empresas y numeral 7.11 de la Guía para la Implementación y Fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las Entidades Públicas.
- Visibilizar el compromiso de la alta dirección en la página web.
- Actualizar de manera periódica el Acta, asegurando que sea firmado por los nuevos altos funcionarios en caso de cambios.
1.2. Declaración de cumplimiento de normas de gobierno corporativo y gestión de riesgos por parte del Directorio (sólo para empresas públicas)
- Es obligación del directorio suscribir anualmente una declaración de cumplimiento de las normas de gobierno corporativo y gestión de riesgos - Art. 9º de la Resolución 37-2008-SBS
- Art. 8º de Resolución 272-2017-SBS
- Norma Técnica Peruana ISO 37001. Ítem 5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Firmar la Declaración de Cumplimiento de normas de gobierno corporativo y gestión de riesgos al que se refiere el artículo 8º de la Resolución 272-2017-SBS.
- Visibilizar el compromiso de la alta dirección en la página web.
- Actualizar anualmente la suscripción conforme dispone el artículo mencionado.
1.3. Creación de una oficina de integridad y establecimiento de un modelo de integridad El modelo de integridad es el conjunto de procesos y políticas orientadas a prevenir la corrupción y otras prácticas cuestionables en una entidad.
Su implementación se materializa a través de la creación de una oficina de integridad con i) función general de articulación y monitoreo respecto de todos los elementos del modelo, y ii) función específica respecto de la promoción de la ética e integridad, gestión de riesgos, supervisión, monitoreo del control interno.
- Decreto Legislativo 1327 (entidades públicas)
- Norma Técnica Peruana ISO 37001. Ítem 5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Artículo 17º de la Ley Nº 30424, modificado por D.
Leg. Nº 1352. (empresas públicas)
- Modificar el ROF de la entidad - De ser empresa pública, aprobar mediante Acuerdo de Directorio la creación de la oficina de integridad y el modelo de integridad (con sus componentes).
- Disponer acciones de difusión interna respecto de la creación del modelo de integridad y de las funciones de la Oficina de Integridad, incidiendo en la importancia de consolidar una cultura organizacional orientada a la ética en los negocios - Disponer acciones de difusión externa orientada a los distintos stakeholders o contrapartes de la entidad utilizando medios de comunicación escrita (boletines, comunicados, cartas), instándolos, además a orientar en el mismo sentido su política de negocios.
- Comunicar a la comunidad en general la nueva política adoptada a través de entrevistas periodísticas en medios de comunicación escrita, radial y televisiva.
1.4. Visibilización de la integridad como objetivo institucional de la entidad - La visibilización de la integridad supone hacer explícita la prioridad que brinda la entidad a la ética.
- La integridad debe ser visibilizada como una condición inherente al servicio público.
- Norma Técnica Peruana ISO 37001. Ítem 5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Guía de Buenas Prácticas sobre controles internos, ética y cumplimiento OCDE (en adelante, Guía OCDE)
- Modificar el ROF de la entidad incorporando la integridad y la ética como objetivos institucionales.
- Incorporar la integridad y la ética en todos los documentos de gestión que la entidad elabore hacia el futuro.
- Incorporar en la filosofía de dirección de la entidad, una clara política pública orientada a la ética de la gestión.
- Manifestar y hacer explícita dicha política en todos los espacios y eventos institucionales (privados y públicos), apariciones mediáticas u otros.
- Cuidar el cumplimiento de dicha política no solo en el ámbito institucional, sino también en el privado.
2. Gestión de Riesgos La gestión de riesgos supone identificar los procesos más vulnerables a los delitos contra la administración pública, pero también a otras prácticas cuestionables contrarias a la ética, y a partir de ahí plantear acciones (controles) para su mitigación 2.1. Identificación, evaluación y mitigación de procesos o actividades que generen riesgos frente a la corrupción y otras prácticas cuestionables.
La identificación de riesgos exige establecer los procesos más vulnerables de la entidad y más críticos, y sobre ellos trabajar acciones para controlarlos y mitigarlos.
La planificación a partir de la identificación de riesgos permite conocer mejor a la entidad, involucrar activamente al personal en los objetivos de la entidad, organizarse mejor según objetivos priorizados y optimizar la gestión.
- Actividad 5 del artículo 7.1.2. de la Guía para la Implementación y Fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las Entidades Públicas.
- Norma Técnica Peruana ISO
37001. Ítem 4.5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Ítem 5 del Código de Buen Gobierno Corporativo de
FONAFE
- Artículo 17.2º de la Ley Nº 30424, modificado por D.
Leg. Nº 1352 (para empresas públicas)
- Resolución 272-2017-SBS (para empresas públicas)
- Realizar una evaluación e identificación de riesgos previo a la definición de la política y plan institucional de integridad y lucha contra la corrupción.
- Considerar para el proceso de identificación de riesgos las disposiciones y metodología establecida en las normas de Control Interno.
- Actualizar anualmente el análisis de riesgos y de procesos de mitigación de riesgos, según metodología utilizada.
Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 2.2. Mapa de riesgos y controles Documento básico para la gestión de riesgos. Permite identificar los procesos existentes, los riesgos y los tipos de riesgos en cada uno de ellos (operacional, financiero, reputacional, etc.), así como los controles que la entidad aplica a cada uno de ellos.
- Actividad 5 del artículo 7.1.2. de la Guía para la Implementación y Fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las Entidades Públicas.
- Código marco de Sistema de Control Interno de las empresas del Estado - Código de Buen Gobierno
FONAFE
- Resolución 272-2017-SBS (Art. 3, inc. h)
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Continuar identificando anualmente los riesgos operacionales, financieros y comerciales, incluyendo en dicha evaluación los riesgos reputacionales asociados a la posible comisión de prácticas cuestionables.
- Identificar y tener mapeado los controles existentes para cada riesgo.
- Actualizar periódicamente (anualmente) el mapa de riesgos y controles.
3. Políticas de Integridad Las Políticas de Integridad de cada entidad debe tener como marco la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
La política no es un plan ni una estrategia, es más bien una posición de la entidad frente a temas sensibles que en un segundo momento debe materializarse en un plan de acción.
3.1. Código de Ética Documento que identifica las prácticas de corrupción y faltas a principios éticos y de integridad (art. 198º y 199º del CP) que no deben cometerse y señala las acciones que deben realizarse para prevenirlas, detectarlas, investigarlas y sancionarlas.
Este puede ser un documento integrador mayor en donde se incorporen las demás políticas que se detallan en este rubro.
- Código de Ética de la Función Pública - Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción - Norma Técnica Peruana ISO
37001. Ítem 4.5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Ítem 5 del Código de Buen Gobierno FONAFE
- Integrar al Código de Ética las políticas de regalos, de confl icto de intereses, de eventuales contribuciones políticas, contribuciones filantrópicas, viajes y rendiciones de cuenta, entre otros.
- Incorporar en el Código de Ética ejemplos para su mejor entendimiento y aplicación.
- Articular el Código al Reglamento Interno de Trabajo a efectos de definir las conductas que constituyen infracciones, y sus mecanismos de investigación y sanción.
- Definir claramente las responsabilidades según niveles de función y de intervención en cada proceso.
3.2. Política de Confl icto de Intereses Identificación de potenciales situaciones de colisión entre el interés público y el interés personal, comercial, político o familiar de un determinado funcionario o servidor.
Supone también identificar el nivel de tolerancia de la entidad frente a los confl ictos de interés potencial y aparente.
- Código de Ética de la Función Pública.
- Ley de Procedimiento Administrativo General.
- Resolución 272-2017-SBS
- Norma Técnica Peruana ISO 37001. Ítem 5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Ítem 5 del Código de Buen Gobierno FONAFE
- Exigir a los altos funcionarios de la entidad y a aquellos que se encuentran en una posición sensible, declarar sus intereses.
- Establecer lineamientos para identificar los potenciales confl ictos de interés en la entidad. Esto depende mucho de la actividad que realice la entidad, el contexto, el personal, la zona geográfica, los stakeholders, - Establecer reglas claras de abstención de funciones del personal ante supuestos de confl ictos de interés. Se debe definir mínimamente:
Grado de consanguinidad y afinidad límite, según las funciones y el tipo de relación con los stakeholders.
Años de relación personal, comercial y política límite, según las funciones y el tipo de relación con los stakeholders.
Responsabilidad en caso de incumplimiento.
- Considerar dentro de los supuestos a evitar los confl ictos de interés potencial y aparente.
- Tener una base de datos interna de las relaciones comerciales, familiares y políticas del personal que permita hacer un análisis de vínculos del personal.
3.3. Política de regalos, cortesías, atenciones y otros.
Reglas de la identidad que fijan límites de actuación de personal frente a la entrega y/o recepción de regalos, donaciones, contribuciones políticas, invitaciones y homenajes. El trasfondo de un documento de esta naturaleza es evitar futuros confl ictos de interés real, potencial y aparente.
- Código de Ética de la Función Pública.
- Norma Técnica Peruana ISO 37001. Ítem 5, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Ítem 5.2 del Código de Buen Gobierno FONAFE
- Elaborar una política específica que visibilice lo siguiente:
Regalos que se pueden recibir según monto y circunstancia, Gastos de hospitalidad permitidos según monto y circunstancia, Modos de viaje o tipo de entretenimiento que son o no permitidos, De ser el caso, límites del valor monetario de regalos, gastos de hospitalidad, características de la contraparte de la cual se podría recibir regalos de menor costo y de las cuales no, así como las circunstancias u ocasión.
Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 3.4. Política de Diligencia Debida según cada stakeholder Exigencia a los actores con los que la entidad se relaciona (proveedores, contrapartes en convenios, usuarios, otras entidades públicas, etc.) de determinados requisitos.
Dicha exigencia debe ser parte de una política en la cual se definan de manera diferenciada los filtros y controles en su relación con cada uno de ellos.
- Ley de Contrataciones - Ley SERVIR
- Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley de Prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios del Estado - Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Código de Buen Gobierno
FONAFE
- Identificar las relaciones que se tiene con los distintos stakeholders (usuarios, proveedores y contrapartes)
con los que se relaciona:
Empresas y personas naturales proveedoras de bienes y servicios.
- Definir filtros y controles para cada uno de los tipos de relación comercial dependiendo del riesgo existente.
- Establecer exigencias e incentivo a las contrapartes para la adopción de los mismos estándares de integridad que asume la entidad.
- Adoptar como buena práctica la firma de compromisos de integridad previo a la contratación con proveedores especificando canales de reporte y denuncias de irregularidades de las que tengan conocimiento.
- Asegurar la inclusión de Cláusulas anticorrupción en los contratos.
- Implementar sistema de análisis de datos y relacionamiento de información de las entidades, empresas y personas con las que se relaciona.
3.5. Política de incentivos y reconocimiento al personal Establecimiento de criterios para reconocer públicamente al personal por los valores de honestidad, honradez, puntualidad, solidaridad, etc.
- Código de Ética de la Función Pública - Ley SERVIR
- Establecer categorías de reconocimientos y/o premios por el cumplimiento de valores.
- Establecer fechas periódicas de realización de concursos y premiación.
- Reconocer públicamente el comportamiento sobresaliente del personal en hechos noticiosos.
3.6. Política de contratación de personal Definición de los procedimientos, filtros y controles en la contratación de personal. Asimismo, define los mayores controles dependiendo del nivel de mayor o menor vulnerabilidad.
- Código de Ética de la Función Pública - Ley SERVIR
- Identificar las posiciones sensibles a la seguridad y a la integridad.
- Establecer mayores filtros en los procedimientos de contratación de personal en posiciones sensibles.
- Evaluar la posibilidad de utilizar filtros más rigurosos como el uso de polígrafo en posiciones sensibles.
3.7. Plan de Integridad y Lucha Contra la Corrupción institucional.
Al ser la política una posición, requiere materializarse a través de un plan que fije las acciones necesarias para garantizar su cumplimiento.
- Política de Integridad y Lucha Contra la Corrupción.
- Desarrollar el Plan institucional teniendo como referente la Política de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, y el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021.
- Trabajar un plan de acción debidamente calendarizado con metas e indicadores. El período del plan debe ser 2 años como mínimo.
- Establecer un mecanismo de monitoreo del mismo.
- Garantizar la difusión del mismo.
- Asegurar su incorporación en los documentos de gestión de la entidad (PESEM, PEI y POI) para efectos de garantizar el presupuesto para su implementación.
4. Transparencia, datos abiertos y rendición de cuentas La transparencia es una herramienta de gestión pública y el mecanismo de prevención de la corrupción más importante.
4.1. Transparencia activa La Transparencia activa es toda aquella información que la entidad pública y difunde a través del internet (página web), de medios escritos, radiales o televisivos.
Hay información que, de acuerdo al TUO de Ley de Transparencia y Acceso a la Información, se debe tener en la página web.
- D. Leg. 1353
- TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la información - Estrategia de Datos Abiertos (D.S. 016-2017-PCM)
- Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales - Código de Ética de la Función Pública - Ítem 5 del Código de Buen Gobierno - Asegurar el pleno cumplimiento del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
Subir a la página web información completa de las recomendaciones del OCI
Subir a la página web información completa de las remuneraciones y beneficios del personal Implementar el Registro de Visitas en Línea Asegurar información de INFOBRAS
Actualizar de manera permanente información de declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas Mantener actualizadas y difundir declaraciones juradas de intereses Asegurar información completa en la página web de control interno Incluir en la página web información de las acciones anticorrupción como parte de la implementación del modelo de integridad.
4.2. Transparencia pasiva La transparencia pasiva es la información que posee la entidad y que, no siendo reservada, ni secreta ni confidencial, debe ser entregada por la entidad al público que la solicita.
- Implementar sistema en línea de solicitudes de acceso a la información para facilitar requerimiento de información y seguimiento.
4.3. Clasificación de información.
Dentro de las excepciones de transparencia, está la información secreta, confidencial y reservada, que la entidad debe clasificar de manera previa. Para tal efecto es necesario asignar de modo explícito dicha función a un servidor.
- Mantener actualizados los criterios de clasificación (y la clasificación misma) de la información que existe en la entidad.
- Dependiendo de si existe o no información reservada y secreta, la entidad debe tener un registro de información previamente clasificada.
Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 5. Controles interno, externo y auditoría 5.1. Implementación del Sistema de Control Interno El control interno se refiere a las acciones de cautela previa, simultánea y de verificación posterior que realiza la propia entidad. Su objetivo es asegurar la correcta gestión de los recursos, bienes y operaciones.
- Ley 28716, Ley de Control Interno de entidades del Estado.
- Resolución CGR 004-2017-CG: Guía para la Implementación y Fortalecimiento del Sistema de Control Interno en las Entidades Públicas.
- Código marco de Sistema de Control Interno de las empresas del Estado - Código de Buen Gobierno
FONAFE
- Resolución 272-2017-SBS (Art. 3, inc. h)
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Garantizar el cumplimiento efectivo de las normas de Control Interno, a través del empoderamiento debido al Comité respectivo.
- Encargar a la oficina de integridad de la entidad, la función de monitoreo, a efectos de que coadyuve en su implementación.
- Implementar una sección en la página web de la entidad donde se brinde información sobre los avances de la implementación del control interno.
5.2. Control Gubernamental - OCI El control gubernamental externo lo realiza la Contraloría General de la República o a través del OCI. Dicho control es por naturaleza externa y posterior, y tiene por finalidad asegurar el adecuado uso de los recursos públicos.
- Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control de la Contraloría General de la República - Código de Buen Gobierno
FONAFE
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Brindar el soporte logístico adecuado al OCI a efectos de que realice su labor con eficiencia, eficacia y celeridad.
- Cumplir oportunamente las recomendaciones que formule el OCI
- Garantizar la autonomía e independencia del personal del OCI.
5.3. Control externo a cargo de las SOAs El control externo es parte del control gubernamental que se realiza periódicamente para realizar auditorías financieras.
Está a cargo de las Sociedades de Auditoría Externa, las cuales, al ser terceras empresas certificadas y especializadas, garantizan la objetividad e imparcialidad en la evaluación.
- Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Código de Buen Gobierno
FONAFE
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Brindar el soporte logístico adecuado a las Sociedades de Auditoría.
- Cumplir las recomendaciones que formule.
- Garantizar la autonomía e independencia de la empresa auditora.
5.4 Auditoría interna (para empresas públicas)
La auditoría interna es la labor de control y seguimiento del cumplimiento de los objetivos institucionales a través de un enfoque sistemático e integral para la mejora de la efectividad de los procesos de gestión de riesgos, control y gobierno corporativo de la entidad.
- Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Código de Buen Gobierno
FONAFE
- Resolución 272-2017-SBS (Art. 3, inc. h)
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Brindar el soporte logístico adecuado para las funciones de la Oficina de Auditoría Interna establecidas en el ROF.
- Cumplir las recomendaciones que formule.
- Garantizar la autonomía e independencia del auditor, así como su nivel de formación y profesional.
Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 6. Comunicación y capacitación 6.1. Inducción en integridad a personal entrante La inducción supone la entrega al personal entrante en la entidad de información referida no solo sobre el funcionamiento, misión y visión de la organización, sino, también, de información sobre los principios éticos y de integridad, así como las sanciones a aplicar.
- Ley Nº 30424, modificado por D. Leg. Nº 1352
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Ley Nº 30424, modificado por D. Leg. Nº 1352
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Elaborar e implementar módulos o actividades de sensibilización sobre la política de integridad para el personal que se incorpora a la entidad.
- Elaborar manual de inducción.
6.2. Capacitación permanente en políticas de integridad Los conceptos de integridad y los mecanismos de prevención, investigación y sanción de prácticas cuestionables deben ser permanentemente difundidos y abordados en la entidad.
Al ser la falta de integridad un tema recurrente en la sociedad, en general, es indispensable reiterar los conceptos y enfatizar la necesidad de ser rigurosos al máximo a efectos de inclusive evitar la apariencia de actos irregulares.
- Elaborar un programa de capacitación anual que tenga por finalidad instruir al personal sobre las normas vigentes, políticas y procedimientos establecidos para la prevención la corrupción; así como en materia de ética e integridad; las mismas que deberán ser adecuadas al nivel de responsabilidad del personal al que van dirigidas.
- Este programa se debe traducir en un Plan de Comunicaciones.
6.3. Comunicación de política de integridad a stakeholders n La política de integridad debe ser comunicada no solo al interior de la entidad, sino también a los proveedores, contrapartes de convenios, otras entidades, al público en general. Ello forma parte también de la diligencia debida, toda vez que se requiere dar a conocer la voluntad real de la entidad de actuar bajo el principio de la integridad para, a partir de ahí, invitar a los stakeholders a asumir los mismos parámetros.
- Incorporar en las comunicaciones regulares con stakeholders referencia a la política de integridad de la entidad.
6.4. Evaluación del clima laboral A efectos de exigir al personal el mayor estándar de cumplimiento de integridad, se requiere contar con personal satisfecho con su trabajo, reconocido en la labor que realiza, motivado y suficientemente incentivado.
Por ello, para superar cualquier requerimiento, necesidad, inquietud, insatisfacción laboral, resulta necesaria su identificación a través de evaluaciones del clima laboral.
- Realizar encuestas de evaluación del ambiente laboral, de la relación y comunicación existente.
- Realizar talleres de retroalimentación con el personal para evaluar resultados.
6.5. Evaluación del nivel de satisfacción de stakeholders La evaluación del nivel de satisfacción de stakeholders es un proceso de mejora continua que permite a la entidad identificar problemas internos a efectos de su superación.
- Realizar periódicamente encuestas de satisfacción de servicio y atención según grupos de stakeholders.
7. Canal de denuncias 7.1. Implementación de canal de denuncias.
El canal de denuncias supone la existencia de un mecanismo claro, sencillo y visible que permita y facilite a cualquier persona (sea trabajador o usuario) a reportar la denuncia de una práctica cuestionable en la que pudiera haber incurrido un colaborador. de la entidad - D. Leg. 1327, protección del denunciante.
- Ley 30057, Ley SERVIR
- Ley 29542, Ley de protección al denunciante y colaboración en el ámbito penal.
- Código de Buen Gobierno
FONAFE
- Norma Técnica Peruana
ISO 37001.
- Desarrollar e Implementar un procedimiento de denuncias, investigación y sanción de actos de corrupción y otras prácticas cuestionables.
- Implementar mecanismos de recepción de denuncias por mesa de partes, página web, correo electrónico, línea telefónica y presencial.
Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 7.2. Denuncias anónimas La denuncia anónima permite al denunciante presentar una comunicación o reporte de irregularidad sin exigencia de identificación.
- D. Leg. 1327, protección del denunciante.
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- De no tenerlo, establecer de modo expreso la posibilidad de recibir y atender denuncias anónimas, siempre que tengan sustento y motivación para dar inicio a una investigación.
7.3. Mecanismos de protección al denunciante Los mecanismos de protección son procesos que salvaguardan a un denunciante respecto de una represalia (sea esta una agresión física, hostigamiento laboral o despido).
- D. Leg. 1327, protección del denunciante.
- Ley 29542, Ley de protección al denunciante y colaboración en el ámbito penal - Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Establecer medidas de protección al personal denunciante. Como mínimo, se sugiere considerar:
- Reserva de identidad - Protección laboral frente al despido u hostigamiento 7.4. Mecanismos de detección de irregularidades Son herramientas a través de las cuales proactivamente la entidad identifica irregularidades en su personal.
El objetivo es identificar pequeñas irregularidades en el personal que más adelante podrían convertirse en problemas mayores. Ej:
pruebas de integridad, usuario oculto.
- Adoptar mecanismos proactivos para detectar de manera temprana falta de idoneidad en el personal.
- Evaluar la implementación de mecanismo de "usuario oculto" y de pruebas de integridad orientadas a "testear" al personal con situaciones límites con la ética. No constituye mecanismo de imputación penal, pero sí administrativa.
7.5. Mecanismos de investigación Mecanismos de respuesta inmediata frente a la comisión de un presunto acto de corrupción o práctica cuestionable. Dichos mecanismos deben ser independientes, céleres y efectivos a efectos de erradicar cualquier atisbo de percepción de impunidad.
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Establecer un canal de procesamiento e investigación de fraude, corrupción y otras prácticas cuestionables.
- Establecer claramente los niveles de responsabilidad y competencia para la fase de instrucción y la fase de decisión (sanción).
- Garantizar la existencia de una Procuraduría o, de ser el caso, la existencia de funciones de actuación en la administración de justicia, con la finalidad de canalizar y hacer seguimiento de las denuncias que sea necesario remitir al Ministerio Público.
7.6. Marco normativo interno de infracciones y medidas disciplinarias Infracciones debidamente especificadas, claras, en lenguaje sencillo, que cubran todos los posibles supuestos de prácticas cuestionables.
- Código de Ética de la Función Pública - Ley SERVIR
- PAS de la CGR
- Resolución 272-2017-SBS
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Tener y mantener actualizado el Reglamento Interno de Trabajo de la entidad.
- Adecuar el Reglamento a las políticas y el Código de Ética.
7.7. Órganos Disciplinarios Instancias dentro de la entidad encargadas de instruir, investigar y sancionar.
- Ley SERVIR
- Ley PAS de la CGR.
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Fortalecer la Secretaría Técnica de PAD con personal y recursos logísticos a efectos de garantizar celeridad en su actuación.
- Garantizar independencia y autonomía en las decisiones del personal a cargo de la facultad sancionadora en la entidad.
8. Supervisión y Monitoreo del modelo de integridad 8.1. Evaluación de efectividad de los componentes del modelo de integridad Supone la revisión de la aplicación de la efectividad de la estrategia para prevenir prácticas cuestionables.
T ambién supone la adecuación a nuevos procesos, nuevas situaciones, nuevos riesgos y nuevos stakeholders.
- Art. 17 de la Ley 30424, modificada por el D. Leg.
1352 (empresas públicas)
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Evaluar anualmente la eficacia, eficiencia y sostenibilidad de cada uno de los componentes y sub componentes que conforman el modelo de integridad de la entidad.
- Desarrollar indicadores de medición - Analizar comparativa y temporalmente la información relacionada al cumplimiento de los componentes y subcomponentes, en cuanto fuere aplicable.
- Desarrollar talleres participativos de evaluación.
- Aplicar encuestas internas al personal para la evaluación del modelo.
8.2. Evaluación de la operatividad del área encargada de la aplicación del modelo de integridad (Oficina de Integridad Institucional)
Supone la revisión respecto de si la solidez de la estructura organizacional resulta adecuada o no para asegurar el cumplimiento del Modelo.
- D. Leg. 1327
- Art. 17 de la Ley 30424, modificada por el D. Leg.
1352 (empresas públicas)
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Evaluar la relación existente entre la eficacia, eficiencia y sostenibilidad del Modelo y el soporte que tiene el profesional o área encargada de la aplicación del modelo.
Componente Sub Componente Alcance conceptual Referencia normativa Acciones sugeridas 9. Encargado del Modelo de Integridad 9.1. Creación e implementación de la Oficina de Integridad Institucional - El encargado del modelo de integridad asume el rol de articulación y monitoreo de los componentes que lo conforman.
- Dependiendo de la dimensión de la entidad y de las vulnerabilidades a las que está expuesta, la tarea de implementación del modelo de integridad se realiza a través de la Oficina de Integridad Institucional o de un funcionario que cumpla dichas funciones. En casos en que la institución cuente con una defensoría u oficina de transparencia o anticorrupción, ésta puede asumir, asimismo, las funciones del Encargado de la Oficina de Integridad Institucional.
- El encargado requiere tener un alto nivel jerárquico dentro de la estructura organizacional de la entidad.
- El empoderamiento deriva del alto nivel jerárquico.
Supone el respaldo público de la alta dirección a la función de seguimiento de la política de integridad.
- Las funciones del encargado deben estar ajenas a cualquier carga o interés particular. Por ello, se debe garantizar la plena independencia del encargado para efectos de la actuación y formulación de recomendaciones que considere pertinente.
- Para el desarrollo óptimo de su labor, se requiere contar con los recursos necesarios.
- D. Leg. 1327
- Ley Nº 30424, modificado por D. Leg. Nº 1352
- Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
Modificar el ROF de la entidad e implementar la oficina de Integridad, la cual debe tener las siguientes características:
1. Encargada del monitoreo y supervisión del cumplimiento del modelo de integridad.
2. La oficina debe depender directamente de la alta dirección para efectos de garantizar el alto nivel jerárquico y el adecuado empoderamiento para las funciones de seguimiento que debe realizar.
3. La persona designada debe ser solvente e independiente para garantizar autonomía en la toma de sus decisiones y evaluaciones.
4. La oficina de integridad debe constituirse en el órgano de consulta permanente para la mejor comprensión y aplicación de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción y el Plan Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2018-2021.
5. La Oficina o persona encargada no es dueño o ejecutor de los procesos que monitorea y que forman parte del modelo de integridad. No obstante, puede asumir la responsabilidad directa en la gestión y desarrollo de algunos de los componentes (Ej.
Recepción de denuncias, transparencia).
6. Es importante que la voluntad política y compromiso al más alto nivel del titular tenga un correlato en la asignación de los recursos adecuados y suficientes para que la Oficina de Integridad desarrolle una labor óptima.
9.2. Función de acompañamiento - El encargado de la oficina de Integridad Institucional o el funcionario al que se le asigne dicha tarea, debe tener, principalmente, una tarea orientadora y de acompañamiento, antes que una tarea de fiscalización.
- Código de ética de la Función Pública - Norma Técnica Peruana ISO 37001, aprobado por Resolución Directoral Nº 012-2017-INACAL/DN.
- Acompañar y orientar a las distintas áreas en el cumplimiento de las responsabilidades que les corresponde en el ámbito del modelo de integridad.
- Absolver consultas respecto a la pertinencia o no de adoptar una determinada acción a la luz de los principios éticos que informan este Modelo.
4.1. Seguimiento, Monitoreo y Evaluación El seguimiento, monitoreo y evaluación es el proceso sistemático mediante el cual se recopila, se ordena, se sistematiza y se analiza información para establecer el grado de cumplimiento de los objetivos, permitiendo además conducir adecuadamente las intervenciones para conseguir los mayores resultados posibles.
De esta manera, los procesos de seguimiento, monitoreo y evaluación deben permitir obtener información basada en evidencias que sea creíble, fidedigna y útil, sobre todo para la adopción de decisiones futuras.
Los procesos de seguimiento, monitoreo y evaluación hacen uso de indicadores, instrumentos que permiten evaluar de forma cuantitativa o cualitativa aspectos claves, identificados para poner en evidencia los productos y resultados alcanzados.
Responsables del Seguimiento, Monitoreo y Evaluación El Decreto Supremo 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establece en su artículo 5 que la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción a través de su Coordinación General se encargará de realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación, tanto de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción;
así como, del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021.
Para esta importante función la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción tendrá el apoyo de las entidades públicas, señaladas en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, como responsables de cada objetivo, sumándose también las identificadas en cada una de las acciones del Plan Nacional. Asimismo, en el ámbito subnacional, brindarán apoyo las Comisiones Regionales Anticorrupción.
Por tanto, para efectos de coordinar y articular los esfuerzos de seguimiento, monitoreo y evaluación, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción establecerá lineamientos, pautas y herramientas que faciliten y precisen los roles vinculados a medir el avance de las acciones anticorrupción establecidas en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, así como de los objetivos de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
De igual manera, a nivel subnacional, las Comisiones Regionales Anticorrupción colaboraran y apoyaran a la Coordinación General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción en la labor de seguimiento, monitoreo y evaluación.
Medición resultados finales e impacto - Indicadores de resultado final Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción
Medición de productos y resultados - Indicadores de resultado intermedio Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción Ilustración Nº 2: Tipos de medición por niveles de articulación en la lucha contra la corrupción La Comisión de Alto Nivel Anticorrupción desarrollará anualmente un informe de seguimiento, monitoreo y evaluación de las acciones desarrolladas.
REFERENCIAS Y BIBLIOGRAFÍA
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CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA
CORRUPCIÓN. Organización de Estados Americanos.
1997.
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DE SERVIDORES PÚBLICOS EN TRANSACCIONES
COMERCIINTERNACIONALES. Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico. 1997.
CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
CONTRA LA CORRUPCIÓN. Naciones Unidas. 2004.
Leyes, Reglamentos, Directivas Constitución Política del Perú.
Decreto Legislativo Nº 635, que aprueba el Código Penal.
Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL).
Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior Decreto Legislativo Nº 1327, que establece medidas de protección para los denunciantes de actos de corrupción y sanciona denuncias de mala fe, y su Reglamento.
Decreto Legislativo Nº 1341, Ley que modifica la Ley de Contrataciones del Estado.
Decreto Legislativo Nº 1352, que Amplía la Responsabilidad Administrativa de las Personas Jurídicas.
Decreto Legislativo Nº 1353, Ley que crea la Autoridad de Transparencia y modifica la Ley de Gestión de Intereses Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, que aprueba el reglamento de la Ley Marco de Modernización del Estado.
Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
Decreto Supremo Nº 016-2010-PCM, crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.
Decreto Supremo Nº 119-2012-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción 2012-2016.
Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprueba la Política de Modernización de la Gestión Pública.
Decreto Supremo Nº 350-2015-MEF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción.
Decreto Supremo Nº 056-2017-MEF, modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones.
Ley Nº 26702, Ley Marco de Modernización de la gestión del Estado.
Ley Nº 27588, Ley que establece Prohibiciones e Incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Públicos.
Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la Repúliba.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.
Ley Nº 27815, Ley de Código de Ética de la Función Pública Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.
Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento.
Ley Nº 29743, Ley que modifica la Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.
Ley Nº 29976, Ley que eleva a rango de Ley la norma de creación de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción.
Ley Nº 30424 que Regula la Responsabilidad Administrativa de las Personas Jurídicas por el Delito de Cohecho Activo Transnacional.
Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.
Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado Documentos de Trabajo AGNIC, Tamara y Susana Sierra. Corrupción a la Carta. Ediciones Chile. 2017.
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CIES.
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Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
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