Inicio
Últimas normas legales
Interés Nacional Realización vi Reunión Regional DS 048-2018-RE Relaciones Exteriores
11/09/2018
Interés Nacional Realización vi Reunión Regional DS 048-2018-RE Relaciones Exteriores
Poder Ejecutivo, Relaciones Exteriores Declaran de interés nacional la realización de la "VI Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para Latinoamérica y el Caribe" DS 048-2018-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Perú es parte del Programa Global de Control de Contenedores (PCC), una iniciativa de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA), cuyo objetivo
Declaran de interés nacional la realización de la "VI Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para Latinoamérica y el Caribe"
DS 048-2018-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Perú es parte del Programa Global de Control de Contenedores (PCC), una iniciativa de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA), cuyo objetivo es promover la cooperación operacional interinstitucional y multisectorial entre los estamentos de seguridad de los Estados a fin de mejorar la seguridad portuaria y prevenir la utilización de contenedores de carga marítima legítima para actividades ilícitas, en particular el tráfico ilícito de drogas, el contrabando de mercancías, la evasión fiscal, el lavado de activos e incluso, posibles actos terroristas;
Que, la implementación del citado Programa en nuestro país se rige bajo el marco legal del "Memorándum de Entendimiento entre las Naciones Unidas (ONU) y el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), la Policía Nacional del Perú (PNP), la Autoridad Portuaria Nacional (APN), y la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA)", suscrito en Lima, el 28 de noviembre de 2016;
TAMBIEN PUEDES VER: Unidad Funcional Integridad Institucional Forma RM 0435-2018-MINAGRI Agricultura y Riego
Que, el Programa Global de Control de Contenedores (PCC) es importante para la consecución de los objetivos de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas (ENLCD) 2017-2021, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM, con especial énfasis, el Eje Trasversal de Responsabilidad Común y Compartida;
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha aceptado la invitación de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) para que el Perú sea sede de la VI Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para Latinoamérica y el Caribe, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 19 al 22 de noviembre de 2018;
Que, la VI Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para América Latina y el Caribe, tiene el objetivo de intercambiar criterios, experiencias y conocimientos relativos al programa y representa una oportunidad para fortalecer la colaboración entre países miembros del programa para facilitar el comercio y proteger la cadena de suministro, así como discutir temas inherentes al PCC en lo que respecta a los procesos de pre-arribo, arribo y salidas de mercaderías en contenedores por vía marítima o aérea;
MAS NORMAS LEGALES: Presupuesto Analítico Personal Pap Minagri Año RM 0434-2018-MINAGRI Agricultura y Riego
Que, en las actividades que comprenderá la VI
Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para América Latina y el Caribe se contará con la participación de autoridades invitadas, expertos de la UNODC y la OMA, así como representantes de los dieciséis (16) países miembros del citado Programa Global en la región de América Latina y el Caribe:
Argentina, Brasil, Cuba, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana, Honduras, Jamaica, Panamá, Paraguay, Surinam, Bolivia, Colombia y Perú;
por lo que se ha identificado la necesidad de otorgar facilidades aduaneras a los bienes y materiales logísticos y de exhibición que se destinen o ingresen en el marco de la referida Reunión;
Que, la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, tiene por objeto facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional por el Poder Ejecutivo mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, conforme a los términos establecidos en el literal d) del artículo 2 de la referida Ley;
Que, en ese sentido, resulta necesario declarar de interés nacional la realización de la VI Reunión Regional del Programa de Control de Contenedores para Latinoamérica y el Caribe, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 19 al 22 de noviembre de 2018;
Que, el Programa Global de Control de Contenedores (PCC) cubrirá los gastos de la organización, incluyendo las instalaciones y los salones donde se llevará a cabo el evento, refrigerios y servicios de interpretación. Asimismo, la UNODC y la OMA se harán cargo de los gastos de pasajes de avión, hospedaje y alimentación de los países participantes designados, de acuerdo con las reglas de las Naciones Unidas;
Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y en la Ley Nº 29963, Ley de facilitación
aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declarar de interés nacional la realización de la "VI
Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para Latinoamérica y el Caribe", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 19 al 22 de noviembre de 2018.
Artículo 2.- Facilitación aduanera y de ingreso de participantes El Estado facilita los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización del evento declarado de interés nacional, conforme a la Ley Nº 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional.
Artículo 3.- Financiamiento Los gastos que pudieran generarse por la realización de la VI Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para Latinoamérica y el Caribe en el Perú serán financiados con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro del Interior y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
CARLOS MORAN SOTO
Ministro del Interior
NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES
Ministro de Relaciones Exteriores
EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Transportes y Comunicaciones
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 048-2018-RE Declaran de interés nacional la realización de la "VI Reunión Regional del Programa Global de Control de Contenedores para Latinoamérica y el Caribe"
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 048-2018-RE
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-11-09
- Fecha de aplicacion : 2018-11-10
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)