1/04/2019

Prepublicación Proyecto agenda Nacional Acción RM 462-2018-MINAM Ambiente

Poder Ejecutivo, Ambiente Disponen la prepublicación del proyecto de "Agenda Nacional de Acción Ambiental al 2021 - Agenda Ambiental al Bicentenario", en el portal institucional del Ministerio RM 462-2018-MINAM Lima, 31 de diciembre de 2018 VISTOS; el Memorando Nº 00823-2018-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 01129-2018-MINAM/VMGA/DGPIGA, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe Nº
Poder Ejecutivo, Ambiente
Disponen la prepublicación del proyecto de "Agenda Nacional de Acción Ambiental al 2021 - Agenda Ambiental al Bicentenario", en el portal institucional del Ministerio
RM 462-2018-MINAM
Lima, 31 de diciembre de 2018
VISTOS; el Memorando Nº 00823-2018-MINAM/ VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 01129-2018-MINAM/VMGA/DGPIGA, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00784-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 67 de la Constitución Política del Perú, dispone que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales;

Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1) del artículo 4 de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, las funciones ambientales a cargo de las entidades públicas, se ejercen en forma coordinada, descentralizada y desconcentrada, con sujeción a la Política Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental y a las normas, instrumentos y mandatos de carácter transectorial, que son de observancia obligatoria en los distintos ámbitos y niveles de gobierno;

Que, el literal a) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, señala que esta entidad tiene entre sus funciones específicas la de formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental;


Que, a través del Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, se aprobó la "Política Nacional del Ambiente" con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona;


Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, se aprobó el "Plan Nacional de Acción Ambiental -
PLANAA Perú: 2011-2021", el cual es un instrumento de planificación ambiental nacional al año 2021 que contiene las metas prioritarias, acciones estratégicas e indicadores para evaluar su ejecución por las entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental de los tres niveles de gobierno;

Que, con Resolución Ministerial Nº 405-2014-MINAM, se aprobó la "Agenda Nacional de Acción Ambiental -
AgendAmbiente 2015-2016", así como las "Disposiciones para su Seguimiento y Evaluación";

Que, el literal b) del artículo 67 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, señala como una de las funciones de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, la de diseñar, formular y realizar el seguimiento de la implementación de la Política Nacional del Ambiente, el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental; y otros en el marco de sus competencias, en coordinación con las entidades competentes;

Que, en ese marco normativo, mediante Informe Nº 01129-2018-MINAM/VMGA/DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental remite el proyecto de "Agenda Nacional de Acción Ambiental al 2021 - Agenda Ambiental al Bicentenario", como instrumento de planificación ambiental de mediano plazo que propone resultados, productos, metas e indicadores que serán implementados por las entidades que conforman el Sistema Nacional de Gestión Ambiental en los tres niveles de gobierno, sustentando que contribuirá al cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente y a complementar el Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA Perú: 2011-2021; asimismo, precisa que el referido proyecto se encuentra organizado en cuatro frentes temáticos: 1) Frente Diversidad Biológica;

2) Frente Cambio Climático; 3) Frente Calidad Ambiental;
y, 4) Frente Gobernanza Ambiental. Además, precisa, entre otros aspectos, que su contenido está alineado a las Recomendaciones de la Evaluación de Desempeño Ambiental realizadas por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE);

Que, el referido informe plantea la necesidad de poner en conocimiento del público el citado proyecto de Agenda a fin de recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, previamente a la aprobación de su versión final;

Que, de acuerdo con el Informe Nº 00784-2018-MINAM/ SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable prepublicar el proyecto de "Agenda Nacional de Acción Ambiental al 2021 - Agenda Ambiental al Bicentenario", de conformidad con el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, y el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Disponer la prepublicación del proyecto de "Agenda Nacional de Acción Ambiental al 2021 - Agenda Ambiental al Bicentenario", el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Dicha prepublicación se realizará en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www. minam.gob.pe/consultaspublicas), a fin de conocer las opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto de Agenda señalado en el artículo precedente deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miró Quesada Nº 425, piso 4, Magdalena del Mar, Lima y/o a la dirección electrónica consultasdgpiga@minam.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FABIOLA MUÑOZ DODERO
Ministra del Ambiente

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 462-2018-MINAM Disponen la prepublicación del proyecto de "Agenda Nacional de Acción Ambiental al 2021 - Agenda Ambiental al Bicentenario", en el portal institucional del Ministerio
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 462-2018-MINAM
  • Emitida por : Ambiente - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-01-04
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-05

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