2/27/2019

Transferencia Financiera Otorgamiento Mensual RJ 000078-2019-JN/ONPE Oficina Nacional de Procesos

Organismos Tecnicos Especializados, Oficina Nacional de Procesos Electorales Aprueban transferencia financiera y otorgamiento mensual de subvención de financiamiento público del año a favor de las organizaciones políticas beneficiarias RJ 000078-2019-JN/ONPE Lima, 26 de Febrero del 2019 VISTOS: El Informe Nº 000057-2019-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; el Memorando Nº 000355-2019-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;
Organismos Tecnicos Especializados, Oficina Nacional de Procesos Electorales
Aprueban transferencia financiera y otorgamiento mensual de subvención de financiamiento público del año a favor de las organizaciones políticas beneficiarias
RJ 000078-2019-JN/ONPE
Lima, 26 de Febrero del 2019
VISTOS: El Informe Nº 000057-2019-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; el Memorando Nº 000355-2019-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe Nº 000072-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:



Mediante la Resolución Jefatural Nº 000165-2017-JN/ ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 8 de junio de 2017, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (en adelante, la ONPE) aprobó la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención del financiamiento público directo del año 2017, a favor de las organizaciones políticas beneficiarias, con base en el artículo 29 y la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, la LOP), y a la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

A través de la Resolución Jefatural Nº 000046-2018-JN/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de marzo de 2018, la ONPE aprobó la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención del financiamiento público directo del año 2018, a favor de las organizaciones políticas beneficiarias, con base en el artículo 29 y la Tercera Disposición Transitoria de la LOP y a la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;


Conforme a lo desarrollado en las resoluciones referidas supra, se tiene que:
i. El Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución Nº 0660-2016-JNE, determinó qué organizaciones políticas superaron la barrera electoral y participaron de la distribución de escaños del Congreso de la República del período legislativo 2016-2021; y, por ende, son beneficiaras del financiamiento público directo;

ii. El monto determinado con base en el artículo 29 de la LOP de la subvención quinquenal (2017-2021) asciende a S/ 74´067,492.80 (SETENTA Y CUATRO MILLONES
SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA
Y DOS CON 80/100 SOLES), y el monto anual a S/ 14´813,498.56 (CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS
TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON
56/100 SOLES);
iii. Conforme a los porcentajes de distribución establecidos en el artículo 29 de la LOP, corresponde distribuir el cuarenta por ciento (40%) en forma igualitaria entre todos los partidos políticos y alianzas de partidos políticos beneficiarios, y el sesenta por ciento (60%) en forma proporcional a los votos obtenidos por cada partido político o alianza de partidos políticos en la elección de representantes al Congreso de la República; y, En dicho marco, la ONPE mediante Oficio Nº 000085-2018-JN/ONPE del 14 de septiembre de 2018 presentó el proyecto de Presupuesto Institucional para el año fiscal (Pliego 032: ONPE) que incluyó el pedido de financiamiento público directo del año por la suma de S/ 14´813,549.00 (CATORCE MILLONES
OCHOCIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS CUARENTA
Y NUEVE CON 00/100 SOLES);

Por su parte, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que la transferencia de la totalidad de los fondos a que hace referencia la T ercera Disposición Transitoria de la LOP, se efectúe con cargo al presupuesto institucional de la ONPE, quedando autorizada a otorgar, a partir de enero de 2019, en forma mensual, un doceavo de la totalidad de la subvención que le corresponde a cada partido político y alianza de partidos políticos beneficiarios. Dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular de la ONPE que se publica en el diario oficial El Peruano;

Mediante Resolución Jefatural Nº 000313-2018-JN/ ONPE, emitida el 28 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal del Pliego 032: ONPE por un total de S/ 66'306,841.00 (SESENTA Y SEIS MILLONES
TRESCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
Y UNO CON 00/100 SOLES), habiéndose asignado en el Anexo 2 (Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos) al Programa Presupuestal 0125: Mejora de la Eficiencia de los Procesos Electorales e Incremento de la Participación Política de la Ciudadanía (Producto 300656, Organizaciones Políticas con Apoyo en Procesos Electorales Democráticos, Actividad 5005026, Organizaciones Políticas con Fiscalización Financiera)
el importe de S/ 14´813,499.00 (CATORCE MILLONES
OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES) con cargo a la fuente Recursos Ordinarios, que permitirá cumplir con lo estipulado en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

Por otro lado, la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la referida norma presupuestaria para el año autorizó a la ONPE en el Año Fiscal 2019, a: i) Pagar la totalidad de la subvención que le correspondió en año 2018, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2018, a cada partido político y alianza de partidos políticos beneficiarios, comprendidos en el marco de la LOP , o, ii) De haberse efectuado alguno de los pagos mensuales a los partidos políticos y alianza de partidos políticos beneficiarios, se autoriza a dicha entidad a pagar la diferencia que correspondiera para completar el pago que se debió efectuar en el año fiscal 2018, hasta el 30 de junio de - la referida transferencia no se llevó a cabo por no haber mediado solicitud alguna de las organizaciones políticas beneficiaras -. Estas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular de la ONPE, debiéndose publicar en el diario oficial El Peruano;

A través del Decreto Supremo Nº 024-2019-EF, publicado en el diario oficial El Peruano el 29 de enero de 2019, se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año hasta por la suma de S/ 5´707,520.00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SIETE
MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 SOLES) a favor del Pliego 032: ONPE, en el marco de lo dispuesto en la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; aprobándose, a través de la Resolución Jefatural Nº 000054-2019-JN/ONPE, emitida el 01 de febrero de 2019, la desagregación de los referidos recursos;

En virtud de lo expuesto, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, a través del documento de vistos remite dos cuadros: i) El primero, que consolida el monto del financiamiento público directo del año a otorgarse mensualmente a las organizaciones políticas beneficiarias - el mismo que como ANEXO 1 forma parte integrante de la presente resolución -; y, ii) El segundo, que consolida la totalidad de la subvención que correspondió otorgar en el año 2018 y que no fue entregado en el referido ejercicio fiscal, a cada partido político y alianza de partidos políticos beneficiarios del financiamiento público directo - el mismo que como ANEXO 2 también forma parte integrante de la presente resolución -;

En ese contexto, a partir del día siguiente hábil de publicada la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, se procederá a efectuar: i) Las transferencias interbancarias de las subvenciones del financiamiento público directo correspondientes a los meses de enero y febrero del año 2019, en las cuentas del Banco de la Nación de las organizaciones políticas beneficiaras que hayan cumplido con los requisitos señalados en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000025-2018-JN/ONPE (en adelante, el RFSFP); y a partir del mes de marzo de 2019, las transferencias se realizaran dentro del tercer día hábil de cada mes; y, ii) Las transferencias interbancarias y el pago de la totalidad de las subvenciones del financiamiento público directo correspondiente al año 2018, hasta el 30 de junio de 2019, a las organizaciones políticas beneficiarias indicadas en el ANEXO 2, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el RFSFP;

Finalmente, mediante Memorando Nº 000355-2019-GPP/ONPE del 18 de febrero de 2019, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ha señalado que en el presente año 2019, se cuenta con recursos presupuestales por los importes de S/ 14´813,499.00 y S/ 5´707,520.00 para: i) El otorgamiento de la subvención en el año a favor de las organizaciones políticas beneficiarias comprendidas en el marco de la LOP; y, ii)
La distribución a las organizaciones políticas del saldo del financiamiento público directo correspondiente al año 2018, en aplicación de lo dispuesto en la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Asimismo, se señala que los recursos presupuestales están registrados en la Meta 0058 a cargo de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios-Especifica del Gasto 2.5.2.1.1.99 A Otras Organizaciones;

De conformidad con la facultad expresamente concedida por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final y por la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; por el artículo 29 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, y las atribuciones contenidas en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE y en el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modificatorias; así como, en el artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Con el visado de la Secretaría General y de las Gerencias de Supervisión de Fondos Partidarios, Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Aprobar la transferencia financiera y el otorgamiento mensual de la subvención
del financiamiento público directo del año a favor de las organizaciones políticas beneficiarias, conforme al ANEXO 1 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar la transferencia financiera y el pago de la totalidad de la subvención que le correspondió el año 2018 a las organizaciones políticas beneficiarias, conforme al ANEXO 2 que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administración, a partir del día siguiente hábil de publicada la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, efectúe las transferencias interbancarias de las subvenciones del financiamiento público directo correspondiente a los meses de Enero a Febrero del año en las cuentas del Banco de la Nación de las organizaciones políticas beneficiarias indicadas en el ANEXO 1, que hayan cumplido con los requisitos señalados en el RFSFP; y a partir del mes marzo de 2019, se realicen las transferencias dentro del tercer día hábil de cada mes.

Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Administración, a partir del día siguiente hábil de publicada la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y solo hasta el el 30 de junio de 2019, efectúe las transferencias interbancarias y el pago de la totalidad de las subvenciones del financiamiento público directo correspondiente al año 2018, en las cuentas del Banco de la Nación de las organizaciones políticas beneficiarias indicadas en el ANEXO 2, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el RFSFP.

Artículo Quinto.- Disponer que la Secretaría General notifique la presente resolución a los representantes legales y tesoreros de las organizaciones políticas beneficiarias del financiamiento público directo.

Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL FRANCISCO COX GANOZA
Jefe (i)
Oficina Nacional de Procesos Electorales
COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000078-2019-JN/ONPE Aprueban transferencia financiera y otorgamiento mensual de subvención de financiamiento público del año a favor de las organizaciones políticas beneficiarias
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000078-2019-JN/ONPE
  • Emitida por : Oficina Nacional de Procesos Electorales - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-02-27
  • Fecha de aplicacion : 2019-02-28

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