1/03/2020
Plan Operativo Institucional (poi) Anual RM 552-2019-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual del Ministerio RM 552-2019-MC Lima, 31 de diciembre de 2019 VISTOS; el Informe Nº D000093-2019-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento; el Memorando Nº D000726-2019-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público,
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual del Ministerio
RM 552-2019-MC
Lima, 31 de diciembre de 2019
VISTOS; el Informe Nº D000093-2019-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento; el Memorando Nº D000726-2019-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene vigencia anual y es aprobado por el Congreso de la República a propuesta del Poder Ejecutivo. Su ejecución comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del SINAPLAN;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 427-2016-MC se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Cultura; posteriormente, con Resolución Ministerial Nº 492-2016-MC se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Ministerio de Cultura; y con Resolución Ministerial Nº 175-2019-MC se aprobó la extensión del horizonte del Plan Estratégico Institucional correspondiente al periodo 2017-2022 del Ministerio de Cultura;
TAMBIEN PUEDES VER: Delegan Diversas Facultades Atribuciones Diversos RM 312-2019-TR Trabajo y Promocion del Empleo
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN-PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", en cuyo artículo 7 establece que los objetivos de los PESEM, los PEM, los planes de desarrollo concertado y los planes institucionales de las entidades se articulan con los objetivos estratégicos del PEDN y se orientan al logro de la visión concertada;
Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD se aprobó la "Guía para el Planeamiento Institucional", modificada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Nº 062-2017-CEPLAN/PCD, Nº 053-2018/CEPLAN/PCD y Nº 016-2019/CEPLAN/PCD; la misma que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del PEI y el POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;
MAS NORMAS LEGALES: Delegan Cámara Comercio Producción Turismo San RM 453-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Que, el inciso 6.2 Elaboración y aprobación del POI de la "Guía para el Planeamiento Institucional", establece que la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad. Para ello, una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tengan consistencia con el PIA
y, de no ser consistente, la entidad ajusta la programación, para finalmente obtener el POI Anual;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 014-2019, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 547-2019-MC se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal del Pliego 003:
Ministerio de Cultura;
Que, corresponde realizar el proceso de consistencia del Plan Operativo Institucional Anual del Pliego 003: Ministerio de Cultura con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2020;
Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que corresponde a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, entre otros, proponer a la Alta Dirección las políticas, planes, programas, proyectos y lineamientos, en las materias de su competencia, así como dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, programas y proyectos de desarrollo sectorial, coordinando con los órganos y organismos involucrados;
Que, A través del Memorando Nº D000726-2019-OGPP/MC de fecha 31 de diciembre de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº D000093-2019-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento, mediante el cual adjunta la la propuesta de Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2019 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el PIA; de igual manera señala que el mismo ha sido elaborado considerando los lineamientos establecidos en la "Guía del Planeamiento Institucional" y en coordinación con los órganos del Ministerio de Cultura y sus unidades ejecutoras;
Que, atendiendo a lo expuesto por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante documento de Visto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el POI Anual del Pliego 003: Ministerio de Cultura consistente con el PIA para el Año Fiscal 2020;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; el Decreto de Urgencia Nº014-2019 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Anual del Pliego 003: Ministerio de Cultura, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura para el Año Fiscal 2020, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que los órganos y las unidades ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura informen a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para fines de la evaluación, sobre la ejecución de las metas contenidas en el Plan Operativo Institucional Anual aprobado por la presente resolución, así como las propuestas de modificación que resulten pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", así como la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SONIA GUILLÉN ONEEGLIO
Ministra de Cultura
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 552-2019-MC Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual del Ministerio
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 552-2019-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-01-03
- Fecha de aplicacion : 2020-01-04
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (30)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)